Guía de procedimientos y servicios

MT982C

Autorización de utilización de códigos 99 para residuos a eliminar en vertedero.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
El objeto de esta orden es el establecimiento de una normativa técnica adecuada para las actividades de eliminación de residuos a través de los depósitos en vertederos, desarrollando lo dispuesto en el Real Decreto 1481/2001, del 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos a través de los depósitos en vertederos.

Los vertederos se clasificarán en alguna de las categorías siguientes:

a) Vertedero para residuos inertes.

b) Vertedero para residuos no peligrosos: se incluyen dentro de esta categoría los vertederos de residuos municipales y los de construcción y demolición.

c) Vertedero para residuos peligrosos.

En este procedimiento se regulan los criterios de aplicación de la codificación de la Orden MAM/304/2002 para residuos destinados a vertedero.

Como regla general se utilizarán únicamente los códigos 19 para los residuos destinados a vertedero. A los residuos valorizables procedentes de las salidas de las plantas de valorización se les asignará el código determinado por la fuente que produjo el residuo original tratado, codificándose únicamente con el código 19 los residuos del proceso no recuperables.

La utilización de códigos 99 para los residuos destinados al vertido, tendrá carácter excepcional para los siguientes supuestos:

-Residuos mezclados procedentes de proceso y que no tengan previsto un código para la mezcla en la Orden MAM/304/2002.

-Residuos sin código asignado en la citada orden.

-Residuos, procedentes del productor, que contengan elementos que los hagan no valorizables.

En la resolución de la autorización se determinará:

-El productor y el proceso productivo que origina el residuo.

-Código LER y descripción del residuo.

-El tiempo máximo de la autorización. Para determinar este plazo se tendrá en cuenta lo solicitado por el interesado en ningún caso el plazo otorgado superará los 12 meses.

Teniendo en cuenta el carácter excepcional de la concesión, no se incluirán en la inscripción que la empresa gestora posee en el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia, sin prejuicio de establecer un sistema de control que permita reforzar información de las circunstancias de esta autorización.

En todo caso, la denegación será motivada y comunicada al interesado.

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Dirección Xeral de Calidade Ambiental e Sostibilidade

San Lázaro, s/n

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981541703

Fax: 981957375

Dirección Xeral de Calidade Ambiental e Sostibilidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 5 de Julio de 2016.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Copia del DNI, NIE, NIF de la persona solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta.

  • Memoria justificativa con el contenido del artículo 15 de la Orden de 20 de julio de 2009, por la que se regula la construcción y la gestión de los vertederos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

  • Acreditación de la representación con copia de la escritura notarial de la representación debidamente inscrita en el registro mercantil (sólo personas jurídicas).

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

    • Orden del 20 de julio de 2009 por la que se regula la construcción y la gestión de los vertederos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 168 del 27 de agosto de 2009).

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