Guía de procedimientos y servicios

MT804A

Inclusión en el catálogo de árboles singulares.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Aprobar el Catálogo Gallego de Árboles Singulares, regular el procedimiento para la inclusión de estos árboles y formaciones singulares en dicho catálogo, así como establecer el régimen jurídico básico para los árboles y las formaciones que se incluyen en él.

Tendrán la consideración de singulares los árboles y las formaciones de cualquier especie, tanto autóctona cómo foránea, situadas en terrenos de propiedad pública o personal, que sean merecedoras de medidas específicas de protección en atención a las excepcionales características de su porte, dendrometría, edad, rareza, significación histórica o cultural, interés científico, educativo, estético, paisajístico o cualquier otra circunstancia que las haga merecedoras de una especial protección.

El procedimiento de catalogación o descatalogación podrá iniciarse de oficio por la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza o a solicitud de la persona interesada.

La iniciación del procedimiento de catalogación de un ejemplar o formación singular sólo conllevará la aplicación inmediata y provisional de las medidas de protección establecidas en este decreto cuando así se acuerde por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza a propuesta de la jefatura territorial correspondiente mediante resolución motivada, previa ponderación de los valores ambientales a proteger del árbol o de la formación objeto de la solicitud.

En el supuesto de procedimientos iniciados de oficio, la dirección general de conservación de la Naturaleza adoptará mediante resolución motivada y con carácter inmediato las medidas de protección que fuesen necesarias».

Podrán instar el inicio del correspondiente procedimiento las personas propietarias de los árboles o formaciones, otras administraciones públicas, centros de investigación o asociaciones y entidades privadas o públicas que tengan entre sus fines estatutarios la protección de la naturaleza, mediante la presentación del modelo de solicitud de inclusión que figura en el anexo I.

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña

Servizo de Patrimonio Natural da Coruña

R/ Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184539

Fax: 881881320

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Lugo

Servizo de Patrimonio Natural de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294393

Fax: 982294539

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Ourense

Servizo de Patrimonio Natural de Ourense

R/ Paseo, 18 - 5º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386569

Fax: 988386420

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Pontevedra

Servizo de Patrimonio Natural de Pontevedra

R/ Fernández Ladreda, 43-2º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805097/ 986805469

Fax: 986805436

Subdirección Xeral de Espazos Naturais
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 5 de Julio de 2016.

  • Solicitude según el Anexo I.

  • Memoria justificativa de la condición de árbol o formación singular.

  • Cuando no se entreguen los documentos originales, deberán aportarse copias compulsadas, excepto que figure otra indicación.

COMPROBACIÓN DE DATOS

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las Administraciones públicas. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar una copia de los documentos.

  • DNI o NIE de la persona solicitante

  • DNI o NIE de la persona representante

CONSENTIMIENTO PARA LA COMPROBACIÓN DE DATOS

La persona interesada autoriza la consulta a otras administraciones públicas de los seguintes datos. De no autorizar la consulta, deberá aportar el documento correspondente.

  • NIF de la entidad solicitante

  • NIF de la entidad representante

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

    • Decreto 67/2007, del 22 de marzo, por el que se regula el Catálogo Gallego de Árboles Singulares (DOG nº 74 del 17 de abril de 2007).

    • Decreto 10/2015, de 22 de enero, por el que se modifica el Decreto 67/2007, de 22 de marzo, por el que se regula el Catálogo gallego de árboles singulares (DOG núm. 25 del 6 de febrero de 2015).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

AU113C

Actuaciones menores en el dominio público hidráulico y zona de policía

Tramitar en línea

Abierto todo el año

MR701H

Actuaciones de los GDR Programa LEADER PEPAC 2023-2027.

Tramitar en línea

Plazo abierto: 31/10/2024 00:00 - 05/11/2027 23:59

MR701I

Actuaciones de animación, formación y cooperación (ICE).

Tramitar en línea

Plazo abierto: 31/10/2024 00:00 - 05/11/2027 23:59

MT806A

Licencia recreativa de pesca continental

Tramitar en línea

Abierto todo el año