Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
MR604I
Autorización para aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales de gestión privada.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería del Medio Rural
Para realizar este trámite presencialmente debes imprimir el siguiente modelo y presentarlo en una oficina.
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Puedes cubrir el formulario en linea e imprimirlo una vez cubierto. Podrás guardar los avances y continuar en otro momento utilizando las opciones "Guardar" y "Recuperar".
El 20 de mayo se publicó el Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. Esta norma modifica la tramitación de los aprovechamientos madereros y leñosos.
Las principales novedades pueden consultarse en esta guía rápida.
Esta orden tiene por objeto la aprobación del modelo normalizado de solicitud de autorización de aprovechamientos madederos en montes de gestión privada, que se recoge como anexo IIII, que viene a modificar y sustituir al actual anexo III del Decreto 50/2014, del 10 de abril, por lo que se regulan los aprovechamiento madederos y leñosos, de corteza, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal.
* Donde acudir:
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL Y DEL MAR
SECRETARÍA XERAL DEL MEDIO RURAL Y MONTES
SUBDIRECCIÓN XERAL DE RECURSOS FORESTALES
Avda. San Lázaro, s/n
15703 SANTIAGO DE COMPOSTELA
Teléfonos: 981546112 / 981546128 Fax: 981546101
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL Y DEL MAR
JEFATURA TERRITORIAL DE A CORUÑA
SERVIZO DE MONTES
R/ Vicente Ferrer, 2
15008
A CORUÑA
Teléfono: 981184575 Fax: 981184672
DISTRITO FORESTAL I-FERROL
Praza Camilo José Cela, s/n
15403 FERROL
Teléfono: 981337341 Fax: 981337346
DISTRITO FORESTAL II-BERGANTIÑOS-AS MARIÑAS CORUÑESAS
O Carregal, s/n
15300 BETANZOS
Teléfono: 981775870 Fax: 981774389
Tras da Igrexa, s/n
15680 CARBALLO
Teléfono: 981755190 Fax: 981755190
DISTRITO FORESTAL III-SANTIAGO-MESETA INTERIOR
Rúa Nova, 41-2º
15680 ORDES
Teléfono: 981688470 Fax: 981681798
Avda. de Santiago, 24
15810 ARZÚA
Teléfono: 981500868 Fax: 981500868
DISTRITO FORESTAL IV-BARBANZA
Rúa Pintor Xenaro Carrero, 15
15200 NOIA
Teléfono: 981824079 Fax: 981824079
DISTRITO FORESTAL V-FISTERRA
Codeseiras, 11
15129 VIMIANZO
Teléfono: 981707470 Fax: 981716041
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL Y DEL MAR
JEFATURA TERRITORIAL DE LUGO
SERVIZO DE MONTES
Ronda da Muralla, 70
27071
LUGO
Teléfono: 982294531 Fax: 982294874
DISTRITO FORESTAL VI-A MARIÑA LUCENSE
Avda. Ramón Canosa, s/n
27850 LODEIRO-VIVEIRO
Teléfono: 982561018 Fax: 982561018
Rúa Pardo de Cela, 22
27740 MONDOÑEDO
Teléfono: 982507409 Fax: 982507409
DISTRITO FORESTAL VII-A FONSAGRADA-OS ANCARES
Rúa Ano Vello, s/n, entrechán
27640 BECERREÁ
Teléfono: 982360713 Fax: 982369029
Lugar Os Chaos, s/n
27100 A FONSAGRADA
Teléfono: 982340474 Fax: 982340474
DISTRITO FORESTAL VIII-TERRA DE LEMOS
Estrada Castro Caldelas, s/n
27400 MONFORTE DE LEMOS
Teléfono: 982889119 Fax: 982889125
Rúa do Rego, 3
27600 CHANTADA
Teléfono: 982440124 Fax: 982454108
DISTRITO FORESTAL IX-LUGO-SARRIA
Rúa Benigno Rivera, 62, baixo (Polígono do Ceao)
27003 LUGO
Teléfono: 982209527 Fax: 982207137
Rúa Vázquez Queipo, 25
27600 CHANTADA
Teléfono: 982533313 Fax: 982533313
DISTRITO FORESTAL X-A TERRA CHÁ
Rúa Poetisa Carmiña Prieto Rouco, s/n
27800 VILALBA
Teléfono: 982523440 Fax: 982523441
Praza do Concello, s/n
27420 MEIRA
Teléfono: 982330534 Fax: 982330534
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL Y DEL MAR
JEFATURA TERRITORIAL DE OURENSE
SERVIZO DE MONTES
Avda. da Habana, 79-3º
32004
OURENSE
Teléfono: 988386695 Fax: 988386697
DISTRITO FORESTAL XI-RIBEIRO-ARENTEIRO
Estrada O Carballiño-Cea (OU-204), km 4
O CARBALLIÑO
Teléfono: 988274436 Fax: 988530213
DISTRITO FORESTAL XII-MIÑO-ARNOIA
Avda. da Habana, 79-5º
32004 OURENSE
Teléfono: 988237896 Fax: 988269105
Rúa Fonte dos Canos, 6
32700 MACEDA
Teléfono: 988237896 Fax: 988463365
DISTRITO FORESTAL XIII-VALDEORRAS-TRIVES
Casa Grande de Viloira
32300 O BARCO DE VALDEORRAS
Teléfono: 988325144 Fax: 988326495
Avda. Ourense, 36
32760 CASTRO CALDELAS
Teléfono: 988203523 Fax: 988203523
DISTRITO FORESTAL XIV-VERÍN-VIANA
Rúa Rosalía de Castro, 63-1º
32600 VERÍN
Teléfono: 988411451 Fax: 988590407
Rúa Beato Aparicio, s/n
32540 A GUDIÑA
Teléfono: 988594010 Fax: 988594008
DISTRITO FORESTAL XV-A LIMIA
Rúa Prolongación Irmáns Martínez, 4-6
32840 BANDE
Teléfono: 988444419 Fax: 988444489
Rúa Vicente Risco, 9-1º
32630 XINZO DE LIMIA
Teléfono: 988462488 Fax: 988462488
CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL Y DEL MAR
JEFATURA TERRITORIAL DE PONTEVEDRA
SERVIZO DE MONTES
R/ Fernández Ladreda, 43-2º
36003
PONTEVEDRA
Teléfono: 986805411 Fax: 986805478
DISTRITO FORESTAL XVI-DEZA-TABEIRÓS
Polígono 2000 (Edificio Expodeza), 2ª
36500 LALÍN
Teléfono: 986794494 Fax: 986794495
DISTRITO FORESTAL XVII-O CONDADO-A PARADANTA
Rúa Paseo Matutino, 35-1º A/B
36860 PONTEAREAS
Teléfono: 986644120 Fax: 986644030
DISTRITO FORESTAL XVIII-VIGO-BAIXO MIÑO
Rúa Riveira, s/n Edif. Multiusos de Torneiros
36400 O PORRIÑO
Teléfono: 986344620 Fax: 986335455
Paseo A Xunqueira, 15-1ºB
36800 REDONDELA
Teléfono: 986402723 Fax: 986402723
DISTRITO FORESTAL XIX-CALDAS-O SALNÉS
Centro de Apoio Cabanas, s/n
36143 SALCEDO
Teléfono: 986868538 Fax: 986868594
Praza Ravella, 13-5º
36600 VILAGARCÍA DE AROUSA
Teléfono: 986505778 Fax: 986505778
Personas físicas o jurídicas de derecho privado que gestionen aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales de naturaleza privada situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal
Subdirección Xeral de Recursos Forestais
* Consultar o apartado obxecto.
El 20 de mayo se publicó el Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. Esta norma modifica la tramitación de los aprovechamientos madereros y leñosos.
Las principales novedades pueden consultarse en esta guía rápida.
Plazo de presentación: CERRADO
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
1. Las personas propietarias de montes o terrenos forestales privados que deseen realizar en ellos aprovechamientos madereros y leñosos tienen que solicitar autorización de la Administración forestal en los siguientes casos:
a) Cuando los montes o terrenos forestales estén poblados con especies del anexo I.
b) Cuando los montes o terrenos forestales formen parte de espacios sujetos a algún régimen de protección.
c) Cuando los montes o terrenos forestales estén afectados por alguna legislación de protección del dominio público.
d) Cuando se trate de aprovechamientos de madera o leña quemada susceptible de uso comercial.
Si los aprovechamientos exigiesen, conforme a la legislación sectorial de aplicación, autorización administrativa de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, la autorización será única, su otorgamiento corresponde, en todo caso, al órgano forestal competente según esta orden, que valorará tanto los aspectos de carácter forestal como, en su caso, los derivados de la legislación sectorial que resulte de aplicación.
Para la valoración de los aspectos derivados de la legislación sectorial, el órgano forestal recabará de manera preceptiva informe de los órganos u organismos competentes.
2. Se exceptúan de la necesidad de la autorización prevista en el número anterior:
a) Los aprovechamientos en montes ordenados que se ajusten a lo previsto en el instrumento de ordenación o de gestión forestal aprobado por la Administración forestal.
b) Los aprovechamientos madereros de las especies contenidas en la disposición adicional tercera de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, en los terrenos que formen parte de espacios sujetos a algún régimen de protección o estén afectados por alguna legislación de protección del dominio público, siempre que por orden de las consellerías competentes se hubieran aprobado pliegos con las condiciones sectoriales a las que aquellos deberán sujetarse, salvo que se trate de aprovechamientos de madera o leña quemada susceptible de uso comercial. No obstante todo lo anterior, será precisa la autorización cuando se trate de aprovechamientos madereros de pino silvestre (Pinus sylvestris).
c) Los supuestos recogidos en el punto 4 del artículo 5 de esta Orden.
Solicitud según el Anexo III.
DOCUMENTACIÓN QUE SE PRESENTA O YA PRESENTADA CON ANTERIORIDAD (en este último caso se presumirá que la consulta es autorizada).
Acreditación de la representación.
Plan de cortas (Al amparo de la disposición transitoria sexta de la Ley 7/2012, de montes de Galicia).
Acuerdo previo de la asamblea general de la comunidad propietaria, bien por medio de la copia del acta de la asamblea o bien por medio de certificación expedida por el secretario de la comunidad.
Justificación del aprovechamiento no previsto en el instrumento de ordenación o gestión forestal de un monte incluido en el Registro de Montes Ordenados, sólo en su caso.
Croquis y características técnicas de las pistas o vías de saca que se pretenden abrir, reformar, modificar, transformar o renovar, sólo en su caso.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA LAS AUTORIZACIONES SECTORIALES.
Plano catastral en el que se delimite aproximadamente a zona de corta (Confederaciones Hidrográficas).
Reportaje fotográfico de la zona del aprovechamiento (Confederaciones Hidrográficas).
Otra documentación (especificar).
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán aportar una copia de los documentos.
DNI/NIE de la persona solicitante.
NIF de la entidad solicitante.
DNI/NIE de la persona representante.
NIF de la persona representante.
El 20 de mayo se publicó el Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. Esta norma modifica la tramitación de los aprovechamientos madereros y leñosos.
Las principales novedades pueden consultarse en esta guía rápida.
Plazo de resolución: Dos meses
Sentido del silencio: Positivo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOG nº 97 de 20 de mayo de 2020).
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Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (DOG nº 140 del 23 de julio de 2012).
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Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal (DOG nº 86 del 7 de mayo de 2014).
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Orden de 20 de abril de 2018 por la que se modifican los anexos II, III y VI del Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal, y se regulan los procedimientos de autorización, declaración responsable y comunicación final de aprovechamientos madereros (DOG nº 81 del 26 de abril de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
Permisos para la realización de quemas.
Abierto todo el año
Comunicación final de aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales de gestión privada.
Abierto todo el año
Declaración responsable para aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales de gestión privada que cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobado por la Administración.
Abierto todo el año
Autorización para aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales de gestión privada que no cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobado por la Administración.
Abierto todo el año