Guía de procedimientos y servicios

MR465B

Existencias de patata en almacén.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Declaración de patatas existentes en almacenes a los efectos de la Resolución de 8 de marzo de 2017 por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respeto al organismo de cuarentena Tecia solanivora povolny o polilla guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Personas físicas y jurídicas.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias

Servizo de Sanidade e Produción Vexetal

Rúa dos Irmandiños, s/n. Salgueiriños

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881997443

Email: sanidade.vexetal.agri@xunta.gal

Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 22 de julio de 2021 y permanecerá abierto indefinidamente.

La presentación electrónica será obligatoria para: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas físicas que sean trabajadoras autónomas, y las personas representantes de una de las anteriores.

Forma de presentación de las declaración de patata almacenada en zonas infestadas.

La presentación de la declaración de patata almacenada en zonas infestadas se realizará preferentemente a través de medios electrónicos a través del formulario normalizado MR465B disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Las personas interesadas deberán cumplir lo establecido en los artículos 14, 16 y 66 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y asimismo al amparo del artículo 10.1.a) y c) de la Ley 4/2019, del 17 de julio, de administración digital de Galicia, las personas trabajadoras autónomas (personas físicas) y las personas que las representen, para los trámites y las actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional, estarán obligados a relacionarse a través de los medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo en el ámbito del sector público autonómico:

Las comunicaciones se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

El plazo de presentación de los formularios será establecido por resolución del Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la enmienda.

Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica (personas físicas que no sean trabajadoras autónomas), opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las Administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) Consulta del DNI/NIE de la persona declarante.

b) Consulta del DNI/NIE de la persona representante (si fuera el caso).

c) Consulta del NIF de la entidad declarante para las personas jurídicas.

d) Consulta del NIF de la entidad representante para las personas jurídicas (si fuera el caso).

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la declaración.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizarse dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respeto al organismo de cuarentena Tecia solanivora Povolny o polilla guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia, establecidas en el Real decreto 197/2017 por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora Povolny (DOG nº 49 del 10 de marzo de 2017).

    • Orden de 6 de julio de 2021 por la que se establecen los modelos normalizados de declaración de existencia de patata en almacén y declaración de cultivo de patata al amparo de la Resolución de 8 de marzo de 2017, por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respecto al organismo de cuarentena Tecia solanivora Povolny o colza guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 138 del 21 de julio de 2021).

    • Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se prorrogan todas las medidas fitosanitarias establecidas en la Resolución de 8 de marzo de 2017, por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respecto al organismo de cuarentena Tecia Solanivora Povolny o polilla guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia.(DOG nº 236 de 10 de diciembre de 2022).

    • Corrección de errores. Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se prorrogan todas las medidas fitosanitarias establecidas en la Resolución de 8 de marzo de 2017, por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respecto al organismo de cuarentena Tecia Solanivora Povolny o polilla guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia.(DOG nº 1 de 3 de enero de 2022).

    • Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se prorrogan todas las medidas fitosanitarias establecidas en la Resolución de 8 de marzo de 2017 por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respecto al organismo de cuarentena Tecia Solanivora Povolny, o polilla guatemalteca de la patata, en la Comunidad Autónoma de Galicia.(DOG nº 5 de 9 de enero de 2023).

    • Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se actualizan las zonas demarcadas por la presencia de la plaga de cuarentena tecia solanivora povolny, o polilla guatemalteca de la patata, en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 41 del 27 de febrero de 2024).

  • Ámbito Estatal
    • Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal (BOE nº 279 de 21 de noviembre de 2002).

    • Real Decreto 197/2017, de 3 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora (Povolny) (BOE nº 54 de 4 de marzo de 2017).

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