Guía de procedimientos y servicios

MR447A

Inscripción, baja y/o modificación/actualización de datos del registro vitícola de Galicia (MA-RVG).

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
El Registro Vitícola de Galicia es la herramienta técnico-administrativa fundamental para el mejor conocimiento de la situación real del potencial de producción vitícola de la Comunidad Autónoma de Galicia, que deberá mantenerse con información actualizada y fiable de dicho potencial productivo.

La finalidad del RVG es la siguiente:

a) Gestión técnico-administrativa de las explotaciones vitícolas.

b) Seguimiento y control de la evolución del potencial de producción vitícola.

c) Base de datos para las estadísticas oficiales en esta materia, en particular, para el inventario del potencial vitícola de Galicia.

Las disposiciones contenidas en este decreto son necesarias para el seguimiento de la evolución del potencial productivo y serán de aplicación únicamente a las plantaciones destinadas a la producción de uva de vinificación y al cultivo de viñas madres de injertos en el territorio gallego.

Viticultores titulares de una explotación que no figuren como tales, y aquellos que aun figurando, los datos no se correspondan con la realidad de su explotación, bien por la tramitación de altas y bajas de parcelas, por la modificación de los datos contenidos en ellas o por la transmisión de la titularidad o de la propiedad.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias

Servizo de Explotacións e Asociacionismo Agrario

EDIF, ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, S/N

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546959

Fax: 981546892

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña

Servizo de Explotacións Agrarias da Coruña

R/ VICENTE FERRER, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184684

Fax: 981184474

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo

Servizo de Explotacións Agrarias de Lugo

RONDA DA MURALLA,70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982889249

Fax: 982294808

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense

Servizo de Explotacións Agrarias de Ourense

R/ FLORENTINO LÓPEZ CUEVILLAS, 4-6 BAIXO

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386686

Fax: 988386482

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra

Servizo de Explotacións Agrarias de Pontevedra

R/FERNÁNDEZ LADREDA 43-2º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886206543

Fax: 886206588

Servizo de Explotacións e Asociacionismo Agrario
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

  • Solicitud normalizada según el Anexo I del Decreto.

  • Fotocopia del DNI/NIF de la persona viticultora solicitante y de la propietaria de las parcelas si no son la misma persona, sólo en el caso de no dar consentimiento a la verificación de sus datos en el SVDI.

  • Plano o boceto cotado del SIXPAC donde se aprecie con exactitud la superficie de la parcela o recinto de viñedo objeto de la solicitud, sólo cuando no coincida con recintos completos del SIXPAC.

  • En el caso de alta de parcelas vitícolas o transmisión de su titularidad:

    - Documento público.

    - Documento privado liquidado de impuestos.

    - Derecho de uso y disposición sobre el cultivo de la vid.

  • En el caso de modificación de la superficie vitícola:

    - Certificación descriptiva y gráfica emitida por la gerencia territorial del catastro, cuando la modificación de la superficie afecte a la totalidad de la parcela catastral.

  • En el caso de modificación de la fecha del año de plantación:

    - Documentación acreditativa de la antigüedad del viñedo con base en un informe emitido por tecnico competente, ingeniero tecnico agrícola o ingeniero agrónomo.

  • En el caso de modificación de las variedades:

    Informe emitido por tecnico competente, ingeniero tecnico agrícola o ingeniero agrónomo.

    Otra documentación (especificar).

Después de presentar

Plazo de resolución: 6 meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 256/2011, de 7 de diciembre, por el que se regula el potencial de producción vitícola de Galicia (DOG nº 60 del 27 de marzo de 2012).

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Plazo abierto: 31/12/2025 00:00 - 30/01/2026 23:59