Guía de procedimientos y servicios

IN627A

Autorización de canalización de gas.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Economía e Industria

Sobre el procedimiento
Si usted es titular o representante de una empresa, podrá solicitar a la Xunta de Galicia la autorización administrativa de las canalizaciones de gas.

Le corresponde a la Dirección General de Energía y Minas la autorización de las siguientes instalaciones:

- Las nuevas redes de distribución.

- Las ampliaciones de las redes de distribución y/o acometidas, siempre que no se disponga de todas las autorizaciones de los propietarios de los terrenos afectados.

- Las canalizaciones de presión máxima de servicio mayor de 16 bar.

Será competencia de las delegaciones provinciales de la Consejería de Economía, Empleo e Industria:

- Las autorizaciones que requieran autorizaciones individuales: canalizaciones de presión máxima de servicio entre 4 y 16 bar. con diámetro mayor de 114,3 mm.

- Instalaciones de autorización conjunta anual.

Una vez realizadas total o parcialmente las instalaciones aprobadas y realizadas las pruebas reglamentarias, podrán funcionar con carácter provisional, estando sujetas a todos los requisitos legales en cuanto a responsabilidad y seguridad industrial.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético

Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas

Subdirección Xeral de Enerxía e Planificación de Recursos

Servizo de Infraestruturas e Promoción Enerxética

Edificios Administrativos. San Caetano, s/n bloque nº 5

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545573

Fax: 981545515

Servizo de Infraestruturas e Promoción Enerxética
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Anteproyecto suscrito por tecnico competente y con visado colegial o, si es el caso, con declaración responsable del tecnico.

  • Proyecto de ejecución suscrito por tecnico competente y con visado colegial o, si es el caso, con declaración responsable del tecnico.

  • Relación de bienes y derechos afectados.

  • Documento de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

  • Separatas tecnicas para las entidades con bienes o derechos afectados.

  • Otra.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • ORDEN de 30 de noviembre de 1999 sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas (DOG nº 244 del 21 de diciembre de 1999).

    • Orden de 22 de octubre de 2015 por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (DOG nº 204 del 26 de octubre de 2015).

    • Orden de 5 de mayo de 2020 por la que se autoriza y se da publicidad de una relación de procedimientos que, por razones motivadas, deben continuar con su tramitación durante la vigencia del estado de alarma. (DOG nº 90 de 11 de mayo de 2020).

  • Ámbito Estatal
    • Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.(BOE nº 241, de 8 de octubre de 1999).

    • Corrección de errores de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos (BOE nº 29 de 3 de febrero de 1999).

    • Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE nº 313, de 31 de diciembre de 2002).

    • Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Regulamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 (BOE nº 211, de 4 de septiembre de 2006).

    • Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural (BOE nº 158, de 3 de julio de 2007).

    • Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos (BOE nº 122, de 22 de mayo de 2015).

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