Guía de procedimientos y servicios

IN609Y

Registro de Talleres de Reparación de vehículos automóviles. Declaración responsable para talleres en régimen de establecimiento.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Economía e Industria

Sobre el procedimiento

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

Acceda al catálogo relacionado con su iniciativa clicando sobre este enlace.

Antes de la apertura de un taller de reparación de vehículos automóviles, la persona física o jurídica que desee ejercer esta actividad deberá presentar telemáticamente, ante la consellería competente en materia de industria, una declaración responsable de acuerdo con el modelo del anexo I, en la cual la persona titular o representante legal de la empresa declare que cumple los requisitos que se exigen en la normativa reguladora, que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad y que se responsabiliza de que la ejecución de los trabajos se efectúa de acuerdo con las normas y requisitos que se establecen en la normativa de aplicación.

En el caso de disponer de varios talleres, habría que presentar una declaración para cada uno de ellos.

La tramitación en el procedimiento IN609Y incluye la inscripción en la división A del Registro Industrial de Galicia, por lo que no es necesario realizar dicha inscripción de forma independiente mediante el procedimiento IN617B.

La declaración responsable señalada en los puntos anteriores se presentará exclusivamente por medios telemáticos, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 27º. 6 de la Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Para mas información y consultas públicas acudir a:

http://oficinavirtualindustria.xunta.es/

La persona física o jurídica que desee ejercer esta actividad.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético

Dirección Xeral de Estratexia Industrial e Solo Empresarial

Subdirección Xeral de Administración e Seguridade Industrial

Edificio Administrativo San Caetano s/n, bloque 5, 4ª planta

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545572/ 981957185

Fax: 981957192

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña

Servizo de Industria da Coruña

Vicente Ferrer, 2 - 1ª planta

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184978/ 981184906

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Lugo

Servizo de Industria de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294814/ 982294669

Fax: 982294681

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense

Servizo de Industria de Ourense

Curros Enríquez, 1º-4º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386748/ 988386744

Fax: 988386727

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra

Servizo de Industria de Pontevedra

R/ Fernández Ladreda, 43-5º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805240

Fax: 986817580

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra

Servizo de Coordinación Industrial de Vigo

Praza da Estrela, 9-6º

36203  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986805255

Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Requisitos y documentación

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

Acceda al catálogo relacionado con su iniciativa clicando sobre este enlace.

Plazo de presentación: ABIERTO

  • Presentación de declaraciones responsables de inicio de actividad ( 32.07.22)
  • Presentación de declaraciones responsables de modificación o cese de actividad ( 32.07.23)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

  • Para la inscripción en el Registro de Talleres de Reparación de Vehículos Automóviles en régimen de establecimiento, la persona declarante deberá presentar ante el correspondiente departamento territorial de la consellería competente en materia de industria la siguiente documentación:

    • Declaración responsable de inicio de actividad.

    • Estudio técnico que incluirá, por lo menos, una relación detallada de los utensilios, equipos y herramientas de que disponen, de acuerdo con las ramas de actividad que vayan a desarrollar, así como una relación detallada de los diversos trabajos y servicios que podrá prestar el taller.

    • Autorización escrita del fabricante nacional, o del representante legal del fabricante extranjero, en el caso de tratarse de un taller autorizado.

De manera previa a esta declaración, la persona titular del taller o representante legal de este solicitará al departamento territorial de la consellería competente en materia de Industria la inscripción de las instalaciones de este sometidas a la legislación específica de seguridad industrial en los registros pertinentes, siguiendo a tal efecto la legislación que sea de aplicación en cada caso.

  • Para la modificación de una declaración responsable precedente, la persona declarante deberá presentar ante el correspondiente departamento territorial de la consejería competente en materia de industria la siguiente documentación:

    • Declaración responsable de modificación o cese de la actividad.

    • Estudio técnico que incluirá, por lo menos, una relación detallada de los utensilios, equipos y herramientas de que disponen, de acuerdo con las ramas de actividad que vayan a desarrollar, así como una relación detallada de los diversos trabajos y servicios que podrá prestar el taller.

    • Autorización escrita del fabricante nacional, o del representante legal del fabricante extranjero, en el caso de tratarse de un taller autorizado.

De manera previa la esta declaración, la persona titular del taller o representante legal de este solicitará al departamento territorial de la consellería competente en materia de Industria la modificación pertinente de las instalaciones de este sometidas a la legislación específica de seguridad industrial en los registros pertinentes, siguiendo a tal efecto la legislación que sea de aplicación en cada caso.

Después de presentar

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

Acceda al catálogo relacionado con su iniciativa clicando sobre este enlace.

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 70/2011, de 7 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes (DOG nº 80 del 26 de abril de 2011).

    • Decreto 108/2017, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 70/2011, de 7 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipamientos y componentes (DOG nº 219 del 17 de noviembre de 2017).

    • Corrección de errores. Decreto 108/2017, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 70/2011, de 7 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipamientos y componentes (DOG nº 73 del 16 de abril de 2018).

    • Resolución de 15 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se informa sobre la tramitación telemática de diversos procedimientos (DOG nº 225 del 26 de noviembre de 2012).

    • Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial (DOG nº 128 del 9 de julio de 2015).

    • Orden de 5 de mayo de 2020 por la que se autoriza y se da publicidad de una relación de procedimientos que, por razones motivadas, deben continuar con su tramitación durante la vigencia del estado de alarma. (DOG nº 90 de 11 de mayo de 2020).

  • Ámbito Estatal
    • Corrección de errores del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (BOE nº 109, de 7 de mayo de 1987).

    • Real decreto 1457/1986, del 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la presatación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóbiles, de sus equipamientos y componentes (BOE nº 169 del 16 de julio de 1986).

    • Real decreto 455/2010, por el que se modifica el Real decreto 1457/1986, del 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la presatación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóbiles, de sus equipamientos y componentes (BOE nº 103 del 29 de abril de 2010)

  • Ámbito Europeo
    • Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DOUE nº 376 de 27 de diciembre de 2006)

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