Guía de procedimientos y servicios

IN422J

Adhesión para la gestión de subvenciones del programa de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, administraciones públicas y el tercero sector.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 10/11/2021 00:00 - 31/12/2023 23:59

Consellería de Economía e Industria

Sobre el procedimiento

Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente para todos los efectos relacionados con la subvención, colaborando en la gestión de esta y sin que esto implique la entrega y distribución de los fondos públicos a las personas beneficiarias, que recibirán el importe de la ayuda directamente del Inega.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)

Dirección Inega

Xerencia do Inega

Rúa Avelino Pousa Antelo, s/n - San Lázaro

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981541548

Email: info.inega@xunta.gal

Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

10/11/2021 00:00 - 31/12/2023 23:59

El plazo de presentación de solicitudes de adhesión de las entidades colaboradoras comenzará el día hábil siguiente al de la publicación en el DOG de la presente convocatoria y finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Para solicitar su adhesión tendrán que cubrir y presentar el formulario de adhesión (anexo I).

a.- Podrán ser entidades colaboradoras:

1. Podrán ser entidades colaboradoras las entidades personales con personalidad jurídica, validamente constituidas, así como los empresarios individuales siempre que, en ambos casos, tengan su domicilio social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y que acrediten las condiciones de eficacia y solvencia técnica y económica que se establecen en el artículo 6 de esta Resolución.

2. Será necesario que las entidades colaboradoras, sean personas físicas o jurídicas, hayan presentado una declaración responsable como empresa instaladora de baja tensión y que figure inscrita en el Registro Integrado Industrial del Ministerio competente en materia de energía.

b.- Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, colaborando en la gestión de esta y sin que esto implique la entrega y distribución de los fondos Públicos las personas beneficiarias, que recibirán el importe de la ayuda directamente del Inega.

c.- En su relación con el Inega, las entidades colaboradoras realizarán las siguientes funciones:

1º Realización ante el Inega de los trámites para solicitar la ayuda.

2º Desarrollo de las acciones vinculadas a la convocatoria.

3º Justificación de la ayuda ante el Inega.

d.- Para lograr la solvencia técnica y económica, las entidades colaboradoras deberán disponer de los medios tecnológicos precisos que garanticen el acceso a la aplicación informática habilitada para la gestión de selección de entidades colaboradoras y para la tramitación de las solicitudes de ayuda, así como, la utilización de medios electrónicos en las comunicaciones entre las entidades colaboradoras y el Inega. Las características técnicas exigibles podrán consultarse en la paxina web del Inega (www.inega.gal).

e.- Podrán adquirir la condición de entidad colaboradora aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 6 desta Resolución y que lo soliciten en el plazo que se indica en el número 3 de este artículo.

f.- De conformidade con la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las entidades colaboradoras deberán formalizar el convenio de colaboración entre ellas y el Inega, en el que se regularán las condiciones y deberes asumidos por aquellas, cuyo modelo figura en el Anexo II de esta convocatoria. Dicho convenio poseerá el contenido mínimo previsto en el artículo 13 de la Ley de subvenciones.

g.- No podrán obtener la condición de entidad colaboradora aquellas, en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en su normativa de desarrollo.

Solicitud según el Anexo I.

Convenio de colaboración debidamente firmado por la entidad colaboradora (anexo II).

Documento acreditativo de poder suficiente de la persona representante legal de la entidad.

Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas

interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente de la solicitud y aportar una copia de los

documentos.

DNI/NIE de la persona solicitante.

DNI/NIE de la persoa representante.

Certificado de estar al día en el pago con la Seguridad Social.

Certificado de estar al día en el pago con la Hacienda Autonómica.

Después de presentar

Plazo de resolución:

20 días hábiles desde la presentación de la solicitud

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 28 de outubro de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercero sector en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 215 del 9 de noviembre de 2021).

    • Extracto da Resolución de 28 de outubro de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercero sector en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 215 del 9 de noviembre de 2021).

    • Resolución de 9 de febrero de 2022 por la que se modifica la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, financiado por la Unión Europea-NextGeneratiónEU (DOG nº 33 del 17 de febrero de 2022).

    • Resolución de 21 de julio de 2022 por la que se amplía y se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 28 de octubre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN422J y IN422K), modificada previamente por la Resolución de 9 de febrero de 2022 (DOG nº 145 del 1 de agosto de 2022)..

    • Resolución de 12 de junio de 2023 por la que se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 117 del 21 de junio de 2023).

    • Resolución de 28 de diciembre de 2023 por la que se modifica la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 246 del 29 de diciembre de 2023).

    • Resolución de 9 de febrero de 2024 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 35 del 19 de febrero de 2024).

    • Resolución de 27 de febrero de 2024 por la que se modifica la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 48 del 7 de marzo de 2024).

    • Resolución de 4 de octubre de 2024 por la que se amplía y se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN422J e IN422K) (DOG nº 196 del 10 de octubre de 2024).

    • Resolución de 22 de mayo de 2025 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 103 de 2 de junio de 2025).

    • Resolución de 31 de julio de 2025 por la que se amplía y se redistribuye el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a los programas de incentivos 4 y 5 vinculados al autoconsumo y al almacenamiento en el sector residencial, administraciones públicas y tercer sector, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.(DOG nº 151 de 08 de agosto de 2025).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE nº 155 de 30 de junio de 2021).

    • Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE nº 310 de 28 de diciembre de 2023).

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