Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
IN329A
Presentación del Plan de labores de actividades mineras.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Economía e Industria
Regular la presentación del plan de labores de actividades mineras, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que los titulares de derechos mineros de las secciones A), C) y D) tienen la obligació de presentar anualmente para a su aprobación por el órgano minero competente.
Estos procedimientos están dirigidos a las personas físicas o jurídicas que sean titulares de derechos mineros de las secciones A), C) y D) reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña
Rúa Vicente Ferrer, 1º e 2º andar
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184961
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294654
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense
Curros Enriquez, 1, 4º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386716
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Fernández Ladreda, 43, 5º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805247
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El procedimiento IN329A es un procedimiento administrativo de plazo abierto el modelo de comunicación se puede utilizar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
De conformidad con el Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general para el régimen de la minería, el plan de labores se presentará anualmente en los siguientes plazos: dentro del mes de enero de cada año para el caso de explotaciones de las secciones C) y D), y antes del 1 de marzo para el caso de derechos de la sección A).
Forma de presentación del Plan de labores de actividades mineras.
El Plan de labores de actividades mineras se presentará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su comunicación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en que haya sido realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la comunicación.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la comunicación deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Especificidades del procedimiento.
1. El procedimiento IN329A regula la presentación del Plan de labores de actividades mineras, según el formulario recogido en el anexo I de la presente resolución.
Según lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 3/2008, de ordenación de la minería de Galicia, las personas titulares de derechos mineros de las secciones A), C) y D) deberán presentar anualmente un plan de labores para su aprobación por el órgano minero competente. El plan de labores deberá ser cumplimentado y firmado por la persona que ejerza la dirección facultativa.
2. El procedimiento IN329A de presentación del plan de labores es un procedimiento electrónico de plazo abierto. La presentación del plan de labores se realizará anualmente y este será dirigido a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (en adelante, la Jefatura Territorial) donde se localicen las explotaciones o establecimientos de beneficio objeto del plan de labores, en los siguientes plazos:
– Dentro del mes de enero para el caso de derechos de las secciones C) y D).
– Antes del 1 de marzo para el caso de derechos de la sección A).
3. Junto con la presentación del plan de labores (procedimiento IN329A) se deberá adjuntar la siguiente documentación:
3.1 Para el caso de autorizaciones de aprovechamiento de la sección A) y concesiones de explotación de recursos de las secciones C) y D):
1) Informe de la persona directora facultativa.
2) Informe sobre las inversiones realizadas en el año anterior y las previstas para el año actual.
3) Memoria descriptiva de las inversiones financiadas con cargo a las dotaciones del factor de agotamiento, si procede.
4) Descripción geológica del terreno, o actualización de la misma como consecuencia de la labor de investigación.
5) Informe sobre la variación producida en las reservas, si procede.
6) Informe sobre las labores de investigación.
7) Medición de partículas en suspensión y sedimentables.
8) Evaluación del nivel de presión acústica en el entorno.
9) Evaluación del nivel de emisiones gaseosas de maquinaria y vehículos.
10) Medición de los parámetros de vertido.
11) Gestión de residuos.
12) Documento de seguridad y salud según el índice de contenido mínimo establecido en la ITC 02.1.01 «Documento sobre seguridad y salud» o, en su caso, la actualización de dicho documento.
13) Otra documentación.
14) Planos:
(a) Plano de situación. Escala 1:50.000 ó 1:25.000.
(b) Plano de derechos. Incluirá el perímetro de las concesiones para el caso de las secciones C) y D) y el perímetro de los terrenos autorizados, propios y/o arrendados, para el caso de las secciones A). Asimismo, incluirá los perímetros de explotación autorizados, instalaciones, escombreras, etc. Escala 1:5.000 o la que corresponda según lo estipulado en el artículo 70.4 del Reglamento general para el régimen de la minería.
(c) Plano de labores actualizado, detallando las labores realizadas durante el año anterior y las previstas para el año en curso. Indicará, además, los límites de las concesiones (secciones C) y D), los perímetros de las fincas autorizadas (sección A), así como los perímetros de explotación autorizados. Escala 1:500, 1:1.000 ó 1:2.000. Contendrá una base topográfica con curvas de nivel cada metro, salvo que excepcionalmente se autorice expresamente un intervalo mayor. Mostrará captaciones y vertidos de aguas, líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, de telefonía, etc.
(d) Perfiles generales.
(e) Perfiles de cubicación, con indicación de la superficie de referencia empleada para la misma.
(f) Plano de restauración.
(g) Plano de conjunto. Incluirá balsas, depósitos de lodos, escombreras e instalaciones. Podrá considerarse como plano de conjunto el descrito en el apartado (c) si incluye los elementos aquí descritos y no afecta a la escala de representación del plano de labores.
(h) Plano de instalaciones de preparación mecánica, naves de elaboración u otros establecimientos de beneficio. Diagrama de flujo de materiales y productos.
(i) Esquema de ventilación.
(j) Esquema de instalación eléctrica.
(k) Otros.
3.2 Para el caso de permisos de investigación de recursos de las secciones C) y D):
- Informe de la persona directora facultativa.
- Informe sobre las inversiones realizadas en el año anterior y los previstos para el año actual.
- Descripción geológica del terreno, o actualización de esta a consecuencia de la labor de investigación
- Informe sobre las labores de investigación.
- Gestión de residuos.
- Documento de seguridad y salud segundo el índice de contenido mínimo establecido en la ITC 02.1.01 «Documento sobre seguridad y salud» o, de ser el caso, la actualización del dicho documento.
- Otra documentación.
- Planos:
(a) Plano de situación
(b) Plano de derechos.
(c) Plano de labores actualizado, en que se detallen las labores efectuadas durante el año anterior y los previstos para el año en curso.
(f) Plano de restauración.
(k) Otros.
La documentación indicada se presentará en formato pdf o similar, excepto los planos correspondientes a los apartados c), f) y g), que serán presentados en formato shapefile o dwg, sin perjuicio de que el órgano minero competente, de forma motivada, pueda solicitar este u otro formato para cualquiera de los planos presentados.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la comunicación, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la comunicación y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
4. A este procedimiento le será de aplicación el pago de la tasa 32.23.00 «Comprobación del plan de labores y documento de seguridad y salud de actividades mineras», establecida en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, cuya cuantía vendrá determinada por el presupuesto consignado en el referido plan de labores.
5. Comprobación de datos. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona comunicante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad comunicante.
d) NIF de la entidad representante.
En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten de los documentos correspondientes.
6. Presentadas las comunicaciones, la Jefatura Territorial correspondiente podrá requerir enmienda de la documentación presentada, si lo considera necesario, o solicitar la modificación del plan de labores en los términos expuestos en el Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general para el régimen de la minería. Las citadas notificaciones se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se aprueba y se hace público el modelo de presentación del Plan de labores de actividades mineras (DOG nº 55 del 20 de marzo de 2023).
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