Guía de procedimientos y servicios

IN230C

Inclusión en el plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Economía e Industria

Sobre el procedimiento

Regular y dar publicidad al modelo normalizado de solicitud de inclusión en el Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales.

Podrán presentar la solicitud las empresas promotoras de proyectos que cumplan con lo establecido en el artículo 68.b) del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial, aprobado por el Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, en virtud del cual se podrán incluir en el Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales aquellos proyectos que, sin cumplir los requisitos establecidos para los proyectos industriales estratégicos, se considere que por sus características tengan un interés e incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política industrial gallega y el tejido industrial gallego.

Para valorar el interés e incidencia cualificada de los proyectos industriales se tendrán especialmente en cuenta, entre otros factores que pueden estar presentes en la ejecución de los proyectos, los recogidos en el artículo 69 de dicho texto refundido:

a) Su inserción y coherencia con los instrumentos en los que se desarrolle la política industrial gallega.

b) El impacto positivo que su ejecución comporte en un sector específico del tejido industrial gallego.

c) La mejora de la competitividad de la industria gallega.

d) La promoción de la internacionalización y de la atracción de inversiones en el tejido empresarial gallego y la necesidad de evitar la deslocalización empresarial.

e) Las necesidades derivadas de la promoción de las pequeñas y medianas empresas.

f) La cohesión social, el equilibrio territorial y la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo de calidad.

g) La susceptibilidad de ser financiado el proyecto con fondos comunitarios.

Adicionalmente, la inversión prevista en estos proyectos industriales deberá ser superior a 800.000 euros en activos fijos, excluidos los inmobiliarios.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético

Subdirección Xeral de Proxectos

Complexo Administrativo de San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881995967

Email: proxectos.industria@xunta.gal

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El procedimiento IN230C es un procedimiento administrativo de plazo abierto y se puede instar su inicio desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) El proyecto de implantación o de ampliación de la instalación industrial, incluyendo la documentación gráfica y la reglamentación detallada del uso pormenorizado, volumen, características técnicas y funcionales y condiciones de diseño y adaptación al ambiente.

b) Una memoria sobre la viabilidad económico-financiera del proyecto industrial, que, en todo caso, deberá contener la inversión prevista y el número de empleos directos e indirectos que se prevé crear.

c) La delimitación del ámbito territorial afectado y el análisis de la relación del contenido del proyecto con el planeamiento urbanístico vigente, con las directrices de ordenación del territorio y, mediante el correspondiente análisis de compatibilidad estratégica, con otros instrumentos de ordenación del territorio vigentes en el ámbito objeto de la actuación.

d) El compromiso de que la solicitud de licencia urbanística que, en su caso, se deba presentar en su día se acompañará de una certificación de conformidad con la legalidad urbanística y el plan aplicable, emitida por una entidad de certificación de conformidad municipal.

e) La descripción de las posibles afecciones del proyecto: ambientales, a la salud pública, al patrimonio cultural, a los sistemas generales de infraestructuras o a cualquier otro valor o elemento que se haya detectado.

f) La justificación del interés e incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política industrial gallega y del tejido industrial gallego, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.

g) Otra documentación relativa al proyecto que la persona solicitante desee aportar.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentación de forma separada de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) NIF de la entidad solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad representante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de la solicitud y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General de Industria, por la que se establece el modelo normalizado de solicitud de inclusión en el Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales, al amparo del artículo 70 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial, aprobado por el Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero (DOG nº 12 del 17 de enero de 2024).

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