Guía de procedimientos y servicios

IN230A

Declaración de proyecto industrial estratégico.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Economía e Industria

Sobre el procedimiento

Establecer el modelo normalizado de solicitud para la declaración de proyecto industrial estratégico, al amparo de los artículos 78 y 78 bis del Texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de Galicia en materia de política industrial, aprobado por el Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero.

Podrán presentar la solicitud las empresas promotoras de proyectos que cumplan con lo establecido en los artículos 78 y 78 bis del Texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de Galicia en materia de política industrial, en virtud de los que podrán ser declarados, si es el caso, proyectos industriales estratégicos, con la excepción de los proyectos regulados en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, aquellas iniciativas empresariales que se considere que tienen tal carácter por su función en el desarrollo, implantación o ejecución de la política industrial autonómica y su incidencia económica o social o que se estime de forma justificada que tienen un interés y una incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política y el tejido industrial gallegos, y que por su magnitud o características tienen una incidencia territorial, económica y social que trascienda el ámbito municipal, de tal forma que se consideren portadoras de un interés supramunicipal cualificado.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético

Subdirección Xeral de Proxectos

Servizo de Impulso de Proxectos

Complexo Administrativo de San Lázaro, s/n

15707  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881995967

Email: proxectos.industria@xunta.gal

Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El procedimiento IN230A es un procedimiento administrativo de plazo abierto y se puede instar su inicio desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

1. Los proyectos industriales que soliciten la declaración como estratégicos al amparo del artículo 78 deberán cumplir dos de los tres siguientes requisitos:

a) Que supongan un volumen de inversión mínima de veinte millones de euros.

b) Que supongan una creación de empleo mínimo de cien puestos de trabajo directos, bajo la modalidad de contrato indefinido y computados a jornada completa.

c) Que complementen cadenas de valor o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos y estén alineados con los objetivos de la Unión Europea o que se integren en la financiación «Instrumento temporal de recuperación europea NextGenerationEU».

2. Los proyectos industriales que soliciten la declaración como estratégicos al amparo del artículo 78 bis deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que supongan una creación de empleo mínima de 25 puestos de trabajo, bajo la modalidad de contrato indefinido y computados a jornada completa.

Para estos efectos, se computarán también los empleos indirectos generados en las actividades auxiliares al proyecto industrial, siempre que en la solicitud prevista en el artículo 79 quede debidamente justificada su futura creación.

b) Que supongan una inversión en el proyecto industrial superior a dos millones de euros, en activos fijos, excluidos los inmobiliarios, de acuerdo con el proyecto presentado en la solicitud.

c) Que se acredite la titularidad del suelo donde se va a implantar el proyecto o el acuerdo con las personas titulares de este, excepto que el proyecto se vaya a implantar en suelo empresarial promovido por el Instituto Galego da Vivenda e Solo o por empresas públicas participadas por este que tengan entre sus objetos la creación de suelo empresarial, en las condiciones establecidas por la normativa sectorial.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación:

A. Para todos los proyectos industriales (art. 78 y 78.bis):

a) El proyecto de implantación o de ampliación de la instalación industrial, incluyendo la reglamentación detallada del uso pormenorizado, volumen, características técnicas y funcionales y condiciones de diseño y adaptación al ambiente.

b) Una memoria en la que se justifique:

1º. La forma en que la propuesta, de ser realizada, dará lugar a una expansión significativa del tejido industrial gallego o a la consolidación de este.

2º. La viabilidad económico-financiera de la actuación, que deberá contener, como mínimo: el detalle de las inversiones, el plan de negocio, una previsión de la cuenta de resultados y balances de situación durante, por lo menos, los siguientes cinco ejercicios, el estado de los flujos de efectivo o análisis alternativo de los flujos de caja previstos durante el mismo período y el análisis de rentabilidad del proyecto.

c) La delimitación del ámbito territorial afectado y el análisis de la relación del contenido del proyecto con el planeamiento urbanístico vigente, con las directrices de ordenación del territorio, mediante el correspondiente análisis de compatibilidad estratégica, y con otros instrumentos de ordenación del territorio vigentes en el ámbito objeto de la actuación.

d) La documentación gráfica a una escala adecuada para la correcta lectura y difusión de su contenido.

e) La descripción de las posibles afecciones ambientales del proyecto.

B. Adicionalmente, solo para los proyectos industriales del artículo 78.bis:

a) Memoria justificativa del interés e incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de la política y el tejido industriales gallegos (art.

78.bis.2).

b) En su caso, documentación acreditativa de la titularidad del suelo donde se va a implantar el proyecto o el acuerdo con las personas titulares de este (art. 78.bis.3.c).

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentación separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) NIF de la entidad solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad representante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de la solicitud y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 27 de enero de 2023, de la Secretaría General de Industria, por la que se establece el modelo normalizado de solicitud para la declaración de proyecto industrial estratégico, al amparo del artículo 78 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial (DOG nº 27 del 8 de febrero de 2023).

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