Guía de procedimientos y servicios

IF503A

Utilización de atraque en pantalán, fondeo y depósito en seco en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, para embarcaciones profesionales de 3ª, 4ª y 5ª lista.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Mar

Sobre el procedimiento

El objeto es establecer el procedimiento de autorización de utilización instalaciones de atraque en pantalán, fondeo y depósito en seco, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, para barcos de 3ª, 4ª de manera preferente y 5ª de manera residual (código de procedimiento IF503A), en aquellas instalaciones que se pongan a disposición en cada momento, en el sitio web de Puertos de Galicia.

Se define el presente procedimiento para regular el uso de puestos de atraque en una instalación portuaria de uso preferentemente pesquero en pantalán con plazas delimitadas, identificadas y con unas características previamente definidas. Este procedimiento también será de aplicación para la utilización de plazas de fondeo en polígono diseñado y habilitado a tal fin o en plazas en seco delimitadas para el depósito de embarcaciones, y para la misma tipología de embarcaciones.

El ámbito de aplicación serán los puertos que se pongan a disposición por parte de Puertos de Galicia en los que están habitadas plazas para el uso de embarcaciones pesqueras, auxiliares de acuicultura y para profesionales de servicio de puerto, radas o cuencas.

Mediante esta resolución se regulará la siguiente tipología de solicitudes:

• Las solicitudes de plazas en una instalación de nueva construcción, total o parcialmente, y que por lo tanto están sometidas a un proceso de selección en función de los criterios establecidos en la cláusula decimoprimera.

• Las solicitudes en instalaciones que ya estén en servicio y dispongan de plazas vacantes o no.

• Las solicitudes en instalaciones en explotación, para aquellas embarcación que dispongan de una plaza, pero que su título administrativo precise ser renovado.

Quedan excluidas de este procedimiento las solicitudes de atraque/fondeo de embarcaciones inscritas en la 1ª lista, 2ª lista dedicadas al transporte marítimo de pasajeros o de mercancías, las embarcación deportivas inscritas en las listas 6ª y 7ª, así como las buques y embarcaciones pertenecientes a organismos de carácter público tanto de ámbito nacional como autonómico el local es embarcaciones pertenecientes a organismos de carácter público inscritas en la lista 8ª.

No obstante, si bien tendrán uso preferente las embarcaciones de 3ª y 4ª lista, podrán presentar solicitud otras embarcaciones profesionales de la 5ª lista, pero únicamente podrán optar a un puesto de atraque si existen plazas vacantes de la categoría acorde a las dimensiones de la embarcación y no existe causa que impida su otorgamiento, o bien si existen plazas habilitadas para esta tipología de embarcación en la propia instalación independientemente de la demanda existente del sector pesquero.

Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica públicas o privadas, así como los trabajadores autónomos y trabajadoras autónomas.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Portos de Galicia

Portos de Galicia da Coruña (zona Centro)

Avda. Porto da Coruña, 5-1º

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 9811182626

Email: zonacentro@portosdegalicia.com

https://portosdegalicia.gal/es/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Portos de Galicia

Portos de Galicia de Lugo (zona Norte)

R/ Pastor Díaz, 13, 1º

27002  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982828426

Email: zonanorte@portosdegalicia.com

https://portosdegalicia.gal/es/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Portos de Galicia

Portos de Galicia de Pontevedra (zona Sur)

R/ Victor Said Armesto, 1, 1º e 2º

36002  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886159290

Email: zonasur@portosdegalicia.com

https://portosdegalicia.gal/es/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Portos de Galicia

Dirección (Portos de Galicia)

Área de Explotación e Planificación Portuaria

Praza Europa 5A - 6º

15707  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881950095

Email: facturacion@portosdegalicia.com

https://portosdegalicia.gal/es/

Portos de Galicia
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El plazo de presentación de solicitudes es a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución. El plazo de presentación quedará abierto indefinidamente.

Podrán formalizar la solicitud personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica públicas o privadas, así como los trabajadores autónomos y trabajadoras autónomas para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.

El solicitante deberá ser el titular de la embarcación, el armador o su consignatario. Si existieran varios titulares, presentará la solicitud aquel que tenga un mayor porcentaje de participación en la titularidad de la embarcación o aquel que actúe en representación de los propietarios.

En el caso de solicitantes de otros países, que no tengan residencia en el territorio nacional, deberán de designar a un representante, a todos los efectos, que dimanen de la autorización, con domicilio en el territorio nacional. Este representante será el mismo que presente la solicitud.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria del procedimiento.

1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

1.a. Modelo de presentación, anexo I, debidamente cubierto. Dicho modelo está a disposición de los solicitantes en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, procedimiento IF503A.

1.b. Modelo de presentación, anexo II, certificado de formalización de seguro de responsabilidad civil firmado por la compañía aseguradora o agente de seguros.

1.c. Para embarcaciones de 3ª y 4ª lista: acreditación de tener base en el puerto donde se solicita el amarre mediante inscripción en ese puerto en el Registro de buques de pesca y otros recursos marinos vivos; auxiliares de pesca, de explotaciones de acuicultura y de artefactos dedicados al cultivo o estabulación de especies marinas emitida por la Consellería del Mar. En caso de encontrarse en tramitación, deberá presentar acreditación de haberlo solicitado. En el supuesto de que se encuentre inscrito en otro puerto deberá acreditarse lo indicado referente al puerto que corresponda.

1.d. Para embarcaciones auxiliares de explotaciones de acuicultura, además, deberán presentar certificado donde se detallen las descargas realizadas en el puerto solicitado en los doce últimos meses enteros contados desde la fecha de presentación. En el supuesto de declarar ventas o descargas en otro/s puerto/s, deberá acreditarse con el/los certificado/s del/de los puerto/s donde opera.

1.e. Para las embarcaciones de la 5ª lista:

– Certificado de navegabilidad y arqueo GT.

– Hoja de asiento del buque actualizada la fecha de la solicitud.

– Personas jurídicas: escritura acreditativa de la constitución de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil.

– Personas jurídicas: poder de representación otorgado a favor del solicitante debidamente verificada su suficiencia, e inscrito, en su caso, en el registro pertinente, excepto que la representación se desprenda de los documentos anteriormente citados.

f. Puertos de Galicia podrá requerir otra documentación complementaria si la considera necesaria y su exigencia está justificada por razón imperiosa de interés general.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario presentar los documentos que ya habían sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán pedidos electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos del procedimiento.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIF de la persona representante.

c) NIF de la entidad solicitante.

d) Certificado de domicilio fiscal.

e) Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la AEAT.

f) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

g) Certificado de estar al corriente del pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Recibidas las solicitudes, y una vez analizadas la documentación aportada, la adaptación de la solicitud a las plazas puestas a disposición, el cumplimiento de los requisitos al presente procedimiento y cualquier otro condicionante, se resolverá la solicitud autorizándola, denegándola o incluyendo la solicitud en la lista de espera, según proceda.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 240 de 11 de diciembre de 200).

    • Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.(DOG nº 236 de 14 de diciembre de 2017).

    • Resolución de 29 de marzo de 2022 por la que se aprueba el procedimiento de autorización para la utilización de instalaciones de atraque en pantalán, fondeo y depósito en seco, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, para embarcaciones profesionales de 3ª, 4ª y 5ª lista (DOG nº 68 del 7 de abril de 2022).

    • Acuerdo de 30 de marzo de 2022 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalanes en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia para embarcaciones profesionales, principalmente de tercera y cuarta lista, en los puertos de Ribadeo, Burela, Morás, Celeiro, O Barqueiro, Barallobre, Mugardos, Ares, O Freixo, O Testal, Ribeira, Palmera, O Carril, Campelo y Bueu (DOG nº 68 del 7 de abril de 2022).

    • Acuerdo de 26 de julio de 2022 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalanes en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, para embarcaciones profesionales, principalmente de tercera y cuarta lista, en el puerto de Rianxo (DOG nº 149 del 5 de agosto de 2022).

    • Acuerdo de 3 de julio de 2023 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalán en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia para embarcaciones profesionales, principalmente de 3ª y 4ª lista, en el puerto de Miño (DOG nº 135 del 17 de julio de 2023).

    • Acuerdo de 14 de marzo de 2024 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalán de puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia para embarcaciones profesionales, principalmente de 3ª y 4ª lista, en los puertos de A Pobra do Caramiñal y Muros (DOG nº 63 del 1 de abril de 2024).

    • Acuerdo de 27 de marzo de 2024 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para utilización de instalaciones de atraque en pantalán en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, para embarcaciones profesionales, principalmente de 3ª y 4ª lista, en el puerto de Escarabote (DOG nº 71 del 11 de abril de 2024).

    • Acuerdo de 14 de febrero de 2025 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalanes en el puerto dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia para embarcaciones profesionales, principalmente de tercera y cuarta lista, en el puerto de O Carril (DOG nº 42 del 3 de marzo de 2025).

    • Acuerdo de 10 de noviembre de 2025 por el que se anuncia la apertura de una convocatoria pública para la presentación de solicitudes de autorizaciones para la utilización de instalaciones de atraque en pantalanes en el puerto dependiente de la Comunidad Autónoma de Galicia para embarcaciones profesionales, principalmente de tercera y cuarta lista, en el puerto de Vilaxoán (DOG nº 229 de 26 de noviembre de 2025).

  • Ámbito Estatal
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2 octubre de 2015).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

IF500A

Autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

IF500B

Autorización de ocupación de dominio público portuario, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

IF500C

Prórroga de la autorización de ocupación de dominio público portuario, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

IF501A

Autorización temporal de uso de puesto de atraque, en puertos dependientes de la comunidad autónoma de Galicia, otorgada por Portos de Galicia, para barcos con base en el puerto.

Tramitar en línea

Abierto todo el año