Guía de procedimientos y servicios

IF321G

Pagos/cesiones de derechos de cobro/ información relativa a la explotación de concesiones de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

La presente orden tiene por objeto aprobar los formularios normalizados que se van a emplear en determinados procedimientos, en materia de infraestructuras, movilidad y aguas.

2. Dichos procedimientos se habilitarán en la Guía de procedimientos y servicios disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia con el siguiente código.

IF321G Comunicación de información relativa a pagos, cesiones de derechos de cobro e información relativa a la explotación de concesiones de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera (anexo VII).

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes da Coruña

Servizo de Mobilidade da Coruña

Alcalde Pérez Arda, 4

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881881003

Fax: 881881000

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Lugo

Servizo de Mobilidade de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294421

Fax: 982294389

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Ourense

Servizo de Mobilidade de Ourense

R/ Valente Docasar, 2 baixo

32071  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988687307/ 988687308

Fax: 988687303

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Pontevedra

Servizo de Mobilidade de Pontevedra

Avda. María Victoria Moreno, 43-1º

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886206015/ 886206016

Fax: 886206026​

Dirección Xeral de Mobilidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

 Forma de presentación

La presentación electrónica será obligatoria para las administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, los titulares o solicitantes de las autorizaciones y habilitaciones reguladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, los trabajadores autónomos para los trámites y actividades que realicen en el ejercicio de su actividad profesional y las personas representantes de una de las anteriores.

Las comunicaciones (IF321E e IF321G) y solicitudes (IF321F) relativas a los contratos de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su documentación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende mediante su presentación por medios electrónicos. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud o recurso aquella en la que fuese realizada la enmienda.

Para la presentación de documentación relativa a los procedimientos que regula esta orden podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos

En el procedimiento IF321G Comunicación de información relativa a pagos, cesiones de derechos de cobro e información relativa a la explotación de concesiones de servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera, las personas interesadas deberán presentar con el formulario contenido en el anexo VII, según sea el caso, la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de la representación por cualquier medio válido en derecho.

b) Acuerdo de cesión de derecho de cobro.

c) Fichero Excel anexo I con la información relativa a la explotación del servicio según modelo aprobado por la dirección general con competencia en materia de transportes.

d) Fichero Excel anexo II con la información relativa a la explotación do servizo según modelo aprobado por la dirección general con competencia en materia de transportes.

e) Ficheros TGD con la información relativa a los tacógrafos correspondientes a período referido.

f) Justificante del cumplimiento de los pagos a los contratistas dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

g) Otra documentación que considere conveniente.

No será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de las solicitudes, recursos y comunicaciones. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los documentos elaborados por las administraciones públicas, especialmente los documentos identificativos (DNI/NIE para personas físicas y NIF para personas jurídicas), tanto de la persona solicitante, recurrente o declarante como de las representantes.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y remitir los documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de reclamaciones, recursos, solicitudes, declaraciones responsables y comunicaciones

La sede electrónica de la Xunta de Galicia le permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución:

No procede resolución ya que se trata de comunicaciones.

Sentido del silencio: No especificado

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 2/2017, del 8 de febrero, de medidas fiscalws, administrativas y de ordenación (DOG nº 28 del 9 de febrero de 2017)

    • Orden de 8 de enero de 2020 por la que se establecen los formularios normalizados a emplear en determinados procedimientos en materia de movilidad, infraestructuras y aguas (DOG nº 32 de 17 de enero de 2020).

  • Ámbito Estatal
    • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 182, de 31 de julio de 1987).

    • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241 de 8 de octubre de 1990).

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