Guía de procedimientos y servicios

ED531C

Ayudas a centros privados concertados para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que no curse estudios dentro del programa de la Red de Centros Plurilingües.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 15/09/2021 00:00 - 14/10/2021 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

El objeto de esta orden es regular el procedimiento de solicitud y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a centros personales concertados con enseñanzas de educación secundaria, bachillerato y/o formación profesional para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado.

Esta convocatoria, para los efectos de su identificación y acceso por las personas interesadas, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, a los formularios de inicio, se denomina «Ayudas a centros personales concertados para la contratación de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado», código de procedimiento ED531C.

Los destinatarios de esta convocatoria son los centros concertados no universitarios dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad en los que se impartan enseñanzas de educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional. Las pruebas están destinadas al alumnado de 4º de la ESO, para el alumnado de bachillerato y ciclos de formación profesional. En la solicitud se harán constar los datos, que cumplan en cada caso, de los que se relacionan a continuación:

a) Número de alumnado interesado (que firma el correspondiente compromiso individual firmado por el alumnado/familias) en presentarse a estas pruebas, matriculado en 4º de la ESO en el curso 2021/22.

b) Número de alumnado interesado (que firma el correspondiente compromiso individual firmado por el alumnado/familias) en presentarse a estas pruebas en 2º de bachillerato.

c) Número de alumnado interesado (que firma el correspondiente compromiso individual firmado por el alumnado/familias) en presentarse a estas pruebas, matriculado en 1º de bachillerato en el curso 2021/22.

d) Número de alumnado interesado (que firma el correspondiente compromiso individual firmado por el alumnado/familias) en presentarse a estas pruebas, matriculado en ciclos PluriFP en lenguas diferentes del inglés o alumnado matriculado en el último curso de un ciclo de FP en el curso 2021/22.

e) Número de alumnado interesado (que firma el correspondiente compromiso individual firmado por el alumnado/familias) en presentarse a estas pruebas matriculado en el primer curso de un ciclo de FP en el curso 2021/22.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Servizo de Programas de Formación

Edificio San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546544

Email: centrosplurilingues@edu.xunta.es

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

15/09/2021 00:00 - 14/10/2021 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo se entenderá que el plazo expira el último del mes.

No podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden los centros personales concertados en que se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 junio, de subvenciones de Galicia.

Para los efectos de simplificación de la acreditación del cumplimiento de obligaciones con la consellería competente en materia de Hacienda de la Xunta de Galicia, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social, la entidad beneficiaria presentará la declaración responsable prevista en el artículo 11 del Reglamento de la citada Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, recogida en los anexos I y II.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sed electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, de acuerdo con el anexo I.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 2 de septiembre de 2021 por la que se regula el régimen de ayudas a centros privados concertados para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que no curse los estudios dentro del programa de la Red de Centros Plurilingües en el curso 2021/22 (DOG nº 177 del 14 de septiembre de 2021).

    • Extracto de la Orden de 2 de septiembre de 2021 por la que se regula el régimen de ayudas a centros privados concertados para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que no curse los estudios dentro del programa de la Red de Centros Plurilingües en el curso 2021/22 (DOG nº 177 del 14 de septiembre de 2021).

    • Orden de 17 de diciembre de 2021 por la que se resuleve la convocatoria de ayudas a centros privados concertados para realizar pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que no curse los estudios dentro del programa de la Red de Centros Plurilingües en el curso 2021/22. (DOG nº 4 de 7 de enero de 2022).

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