Guía de procedimientos y servicios

ED519E

Admisión a ciclos formativos de grado medio y de grado superior en el régimen para las personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2016 - Plazo cerrado: 27/06/2016 00:00 - 05/07/2016 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de admisión para las personas adultas en los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y grado superior en los centros docentes públicos y centros privados que tengan estas enseñanzas concertadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Demandantes de enseñanzas de formación profesional.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Cualificacións, Planificación e Xestión da Formación Profesional

Servizo de Xestión da Formación Profesional

San Caetano, s/n

15781  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881997407/ 881997408

Email: dxefpie@edu.xunta.es

http://www.edu.xunta.es/fp

Servizo de Xestión da Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

27/06/2016 00:00 - 05/07/2016 23:59

Plazo de presentación de solicitudes del período común: del 27 de junio al 5 de julio a las 13:00 horas / Plazo de presentación de solicitudes del período extraordinario: del 1 al 9 de septiembre a las 13:00 horas.

Requisitos de acceso a los módulos profesionales de los ciclos formativos por el régimen para las personas adultas.

1. Según lo establecido en el artículo 43 del Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, podrán incorporarse a la oferta por el régimen para las personas adultas quienes tengan cumplidos dieciocho años o los cumplan en el año natural en el que comience el curso escolar.

Excepcionalmente, podrán acceder las personas mayores de dieciséis años que lo soliciten y tengan un contrato laboral que les impida acudir a los centros educativos por el régimen ordinario, o sean deportistas de alto rendimiento. Las personas que accedan por esta condición podrán matricularse en el caso de haber plazas liberadas con autorización de la Inspección educativa.

2. Con carácter general, las condiciones de acceso a la oferta por este régimen serán las mismas que las establecidas para el régimen ordinario en los artículos 6 y 7 de esta orden.

3. A pesar de lo anterior, con la finalidad de facilitar la formación permanente, la integración social y la inclusión de personas y de grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo, podrán acceder a la oferta parcial sin cumplir los requisitos académicos de acceso las personas adultas que deseen cursar ofertas de módulos profesionales incluidos en títulos y asociados a unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Las personas que accedan por esta condición podrán matricularse en el caso de haber plazas liberadas, siempre que acrediten una experiencia laboral equivalente al trabajo a tiempo completo de dos años en una actividad laboral directamente relacionada con el sector profesional del ciclo formativo que deseen cursar. Esta formación será acumulable para la obtención de un título de formación profesional, pero para obtenerlo será preciso acreditar los requisitos académicos de acceso correspondientes.

  • La solicitud de participación en el procedimiento se hará empleando la aplicación informática suministrada por la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que se encuentra, en la dirección www.edu.xunta.es/fp. La solicitud, conforme al modelo que figura como anexo II, luego de ser cubierta y creada por la aplicación, deberá imprimirse para su presentación, junto con la documentación que se indique en la propia solicitud.

    Quienes soliciten módulos profesionales del regimen para las personas adultas de grado medio o de grado superior presentarán, en su caso, una solicitud de admisión para cada modalidad, en las que relacionará por orden de preferencia el centro y ciclo con los módulos profesionales que desee cursar. En todo caso, la carga horaria total de los módulos profesionales en los que finalmente se matricule no podrá superar las 1.000 horas lectivas anuales, y siempre que se garantice la compatibilidad horaria del 90 % en los módulos solicitados, según se establece en la Orden de 12 de julio de 2011 en el caso de la modalidad presencial. No podrá matricularse en módulos pertenecientes a distintos ciclos formativos excepto lo establecido para la matrícula simultánea de enseñanzas regulada en el artículo 6 de dicha orden.

  • Para la presentación de solicitudes y documentación necesaria es de aplicación lo dispuesto en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 15, pero se empleará el anexo II. Se acompañará además la siguiente documentación cuando sea necesaria:

    • a) Si la persona solicitante acredita experiencia laboral, presentará Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, o de la mutualidad laboral a la que haya estado afiliada, en la que consten los días de cotización.

    • b) Si la persona solicitante ya tiene módulos superados del ciclo formativo, deberá presentar la correspondiente certificación academica sólo en el caso de no haber sido expedida por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia o cuando sea expedida por esta y no se de el consentimiento para su consulta.

    • c) En el caso de tener acreditadas unidades de competencia que den lugar a convalidación de módulos del ciclo que se desea cursar, deberá presentar certificación oficial en la que se acrediten unidades de competencia relacionadas con los ciclos solicitados, sólo en el caso de no haber sido expedida por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia o no dar el consentimiento para su consulta.

    • d) Las personas adultas en la situación descrita en el artículo 8.3 tendrán que presentar certificación de la empresa o empresas donde se haya adquirido la experiencia laboral, según el modelo del anexo III, para poder matricularse en las plazas que resulten liberadas del proceso de admisión.

  • Forma de presentación de solicitudes:

    La solicitud se generara por la aplicación informática que se encuentra en el siguiente enlace:https://www.edu.xunta.es/cicloadmisión/

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 15 de junio de 2016 por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos para impartir ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior en régimen ordinario y para las personas adultas (DOG nº 120 del 27 de junio de 2016).

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