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ED517E
Convocatoria de pruebas libres de títulos extinguidos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, del 3 de octubre grado medio
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
La relación de ciclos formativos para los que se convocan pruebas libres de módulos profesionales en el curso académico 2009-2010 y la de los centros públicos en los que se realizarán dichas pruebas figuran en el anexo I de esta orden.
La convocatoria tendrá lugar en el mes de junio de 2010.
Podrán ser objeto de evaluación en dichas convocatorias todos los módulos profesionales de los ciclos formativos que figuran en el anexo I de esta orden, excepto el de formación en centros de trabajo (FCT), que podrá ser objeto de exención según se regula en el artículo 8º de esta orden.
Las personas que, una vez acabada esta convocatoria, tengan aún módulos pendientes diferentes al de FCT y que deseen finalizar sus estudios podrán matricularse en el título correspondiente o, en su caso, en las enseñanzas del título equivalente establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para lo que se aplicará el régimen de convalidaciones de módulos establecido en el real decreto correspondiente.
En el caso del régimen ordinario, la matrícula se cumplimentará en el curso que corresponda, en función del cumplimiento de los requisitos de promoción.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546562
Fax: 981546550
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Para la primera convocatoria: del 10 al 20 de Julio / Para la segunda convocatoria: del 10 al 20 de Mayo.
a) Cumplir los requisitos académicos de acceso directo o mediante prueba a los ciclos formativos correspondientes de grado medio o superior, establecidos en el artículo 41 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
b) Disponer de una certificación acreditativa de módulos ya superados del título que se pretenda obtener, o bien certificación acreditativa de unidades de competencia relacionadas con él, obtenidas mediante la participación en procesos de acreditación de competencia profesional realizados al amparo de la Orden de 25 de febrero de 2008 y de la Orden de 1 de septiembre de 2009 por la que se convocan unidades de competencia y plazas para el reconocimiento, la evaluación, la acreditación y la certificación de la competencia profesional, y se determina el correspondiente procedimiento experimental, o bien mediante la participaron en convocatorias de pruebas realizadas al amparo de la Orden de 11 de febrero de 2005, por la que se regulan las pruebas libres para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional específica de la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) No estar matriculado en el curso académico 2009-2010 en los mismos módulos profesionales que los establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, ni, en su caso, en los módulos profesionales establecidos al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que los sustituyan.
Las solicitudes de inscripción para participar en las pruebas libres objeto de esta orden se presentarán en las secretarías de los centros públicos designados para cada ciclo formativo, que se determinan en el anexo I, en el plazo comprendido entre el 10 y el 20 de mayo de 2010.
Solicitud según modelo normalizado Anexo II.
DNI/NIE, pasaporte o documento de identidad de otro Estado de la UE.
Certificado de reconocimiento del grado de minusvalides y dictamen tecnico facultativo (en el caso de solicitar algún tipo de adaptación para realizar las pruebas).
SI LA PERSONA SOLICITANTE CUMPLE LOS REQUISITOS GENERALES DE ACCESO:
-Certificación academica en que conste el expediente academico y el deposito del título, si es el caso (acceso directo).
-Certificado de la superación de la prueba de acceso al ciclo formativo (acceso mediante prueba).
-Certificado de la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 año (acceso mediante prueba).
EXPERIENCIA PROFESIONAL:
-Certificación de la Tesorería Xeral de la Seguridad Social.
-Certificado de empresa donde haga constar la actividad laboral y el número de horas dedicadas a esta (trabajadores/as por cuenta ajena)
-Certificado de alta en el impuesto de actividades económicas y justificante de su pago, se es el caso (trabajadores/as por cuenta propia).
SI LA PERSONA SOLICITANTE YA TIENE MÓDULOS SUPERADOS O UNIDADES DE COMPETENCIA ACREDITADAS:
-Certificación acreditativa de módulos ya superados.
-Certificación acreditativa de unidades de competencia.
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Ámbito Autonómico
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Orden de 25 de marzo de 2010 por la que se convocan pruebas libres de títulos de los establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, que han sido objeto del proceso de acreditación de competencias (DOG nº 72, del 19 de abril de 2010).
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Otros procedimientos relacionados
Evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa las enseñanzas de la formación profesional inicial.
Abierto todo el año
Solicitud de exención de módulos de formación en centros de trabajo (FCT) por la correspondencia con la practica laboral.
Abierto todo el año
Homologación y/o convalidación de títulos y estudios extranjeros de enseñanzas no universitarias.
Abierto todo el año
Equivalencia de estudios extranjeros con la escolaridad de los cursos 2º o 3º de educación secundaria obligatoria para efectos laborales o profesionales.
Abierto todo el año