Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
ED513A
Admisión a la formación profesional dual del sistema educativo.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
1. Esta orden tiene por objeto la autorización y la implantación de proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional por el régimen de personas adultas en centros educativos, en colaboración con diversas entidades (código de procedimiento ED513A). Estos proyectos combinan los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.
2. La relación de centros educativos, ciclos formativos y entidades colaboradoras en las que se autorizan los proyectos de formación profesional dual se establece en el anexo II.
3. La distribución de módulos para cada ciclo formativo y curso escolar se establece en el anexo III.
Personas adultas.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
Subdirección Xeral de Cualificacións, Planificación e Xestión da Formación Profesional
Servizo de Programación da Formación Profesional
SAN CAETANO S/N
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546534
Email: sxfp@edu.xunta.es.
Plazo de presentación: CERRADO
25/06/2018 00:00 - 03/07/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 25 de junio hasta las 13.00 horas del día 3 de julio de 2018.
Para poder acceder a estos proyectos de formación profesional dual, las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener entre dieciocho (o cumplirlos en el año natural en que comience el ciclo formativo) y veintinueve años en el momento de inicio del ciclo formativo.
b) Cumplir los requisitos de acceso a los ciclos formativos establecidos en el artículo 41 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora educativa, o en la disposición adicional tercera de esta última ley, para poder matricularse en todos los módulos profesionales del ciclo formativo correspondiente, y que se detallan en el modelo de solicitud, en el anexo I de esta orden.
c) Carecer de la cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo o la ocupación objeto del proyecto.
d) No haber realizado con anterioridad un contrato de formación y aprendizaje, y cumplir los requisitos establecidos en la normativa laboral vigente para poder efectuarlo.
e) No haber superado ningún módulo profesional del ciclo formativo del proyecto solicitado, excepto que haya sido cursando otro ciclo formativo.
Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Copia del pasaporte o del documento de identificación de la Unión Europea, cuando no se disponga de DNI o NIE.
b) En el caso de no haber realizados los estudios o las pruebas de acceso en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, certificación académica en que conste el expediente académico y el depósito del título, en su caso, o el certificado de la superación de la prueba de acceso al ciclo formativo o de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
c) Currículo con el formato Europass, que se podrá elaborar en la dirección https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae.
La documentación complementaria se presentará en alguno de los centros educativos que figuran en el anexo II.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en el documento de identidad (DNI o NIE) de la persona solicitante.
2. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Cada solicitante presentará una única solicitud, utilizando el formulario normalizado del anexo I, que se entregará en uno de los centros que figuran en el anexo II e irá dirigida a la dirección del centro educativo.
Si la persona solicitante presenta más de una solicitud o solicita más de un proyecto, no se tendrá en cuenta su petición.
Este modelo de solicitud estará disponible en la Guía de procedimientos y servicios, en la dirección https://sede.xunta.gal, en las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y en la página web http://www.edu.xunta.es/fp.
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Ámbito Autonómico
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Orden de 14 de junio de 2018 por la que se autorizan proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional en centros educativos, en colaboración con diversas entidades (DOG nº 119 del 22 de junio de 2018).
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Orden de 9 de octubre de 2018 por la que se modifica la Orden de 14 de junio de 2018 por la que se autorizan proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional en centros educativos, en colaboración con diversas entidades (DOG nº 202 del 23 de octubre de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Abierto todo el año
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Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
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Certificación personal en la manipulación de gases fluorados.
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