Guía de procedimientos y servicios

ED505C

Convocatoria y selección de centros privados concertados para participar en el programa de capacitación digital, campamentos digitales de verano.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria curso 2024/2025 - Plazo cerrado: 12/04/2025 00:00 - 12/05/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

La selección de centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para participar en el programa de adquisición de competencias digitales DixiCamp para garantizar la inclusión digital desde la infancia.

1. El programa está dirigido a todo el alumnado de entre 9 y 17 años, especialmente a aquellos alumnos y alumnas que se encuentren en situación de vulnerabilidad educativa, social y/o económica.

2. Podrán participar en esta convocatoria todos los centros privados concertados en los que se impartan enseñanzas de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de educación secundaria postobligatoria durante el curso 2024/25.

3. Los centros podrán conformar grupos de alumnado de un mínimo de 15 hasta un máximo de 25, atendiendo a las modalidades señaladas en el punto 3 del artículo 3.

4. De acuerdo con lo establecido en la ficha del componente 19 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, el alumnado destinatario de este programa no puede haber sido beneficiario de otros programas de capacitación digital financiados con los mismos fondos. Las empresas responsables de la gestión y organización de las actividades formativas harán las pertinentes comprobaciones a través de la plataforma de formación habilitada.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa

Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa

Servizo de Inclusión, Orientación e Convivencia

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881997636

Email: xsioe@edu.xunta.gal

Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

12/04/2025 00:00 - 12/05/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará a computarse transcurridos 8 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes.

Los centros participantes deberán garantizar:

1. Medios técnicos para el desarrollo del programa, con espacios y equipamiento para las actividades formativas. En concreto, cada alumna o alumno participante deberá tener a su disposición un equipo de uso individual, que puede ser un ordenador de sobremesa, un ordenador portátil o una tableta.

2. Espacio para el almuerzo del alumnado.

3. Espacios para la realización de las actividades complementarias.

4. El compromiso de adopción de medidas que prioricen en su solicitud la participación del alumnado del centro educativo en situación de mayor vulnerabilidad educativa, social y/o económica (tales como la priorización por criterios de renta per cápita por unidad familiar, situación laboral de desempleo de los progenitores, con dificultades de acceso a la tecnología, discapacidad, etc.).

Solicitudes.

1. La solicitud de participación será realizada por la dirección del centro, según el documento anexo a esta convocatoria (anexo I)

2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica.

A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se realizase la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

3. La solicitud estará firmada por la persona responsable de la dirección del centro educativo.

4. En el caso de presentación de otras ayudas para el mismo proyecto o actividad, la persona solicitante indicará en la declaración responsable de la solicitud (anexo I) el conjunto de todas las presentadas o concedidas por otras administraciones o entes públicos o privados y su cuantía. En caso contrario, declarará no haberlas solicitado.

Y, en todo caso, la persona solicitante declarará no estar incursa en ninguna de las circunstancias que, de conformidad con el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, impide obtener la condición de beneficiaria; y, asimismo, que asume el compromiso de mantener el cumplimiento de este requisito durante el período de tiempo de gestión y justificación de la subvención.

Documentación complementaria.

Las personas responsables de la dirección del centro educativo deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:

1. Certificado firmado por la persona responsable de la dirección del centro educativo que acredite el cumplimiento de los requisitos del artículo 10, según el anexo II.

2. Toma de conocimiento de la financiación del programa, según el anexo III.

3. Listado del alumnado participante por cada grupo en el que se hagan constar el nombre, apellidos, DNI, sexo, fecha de nacimiento del alumno o alumna y preferencia de turno.

4. Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI) en relación con la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses que establece la normativa española y europea y los pronunciamientos que, respecto de la protección de los intereses financieros de la Unión, realizaran o puedan realizar las instituciones de la Unión Europea (anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).

5. Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, para la identificación del perceptor final de fondos (anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).

6. Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (anexo IV.C de la Orden HPF/1030/2021).

7. Declaración responsable, en el caso de las empresas que resultaran beneficiarias de los préstamos o anticipos con cargo al Mecanismo de recuperación y resiliencia en ejercicios anteriores, de estar al corriente en el pago de las obligaciones de reembolso de cualquier otro préstamo o anticipo concedido anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de estos fondos en los presupuestos generales del Estado.

8. Declaración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (DNSH) (anexo IV).

9. Declaración responsable de que cumplirá la normativa comunitaria, estatal y autonómica de aplicación.

10. Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas para cumplir lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Según lo establecido en el artículo 68.1 de la citada Ley 39/2015, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria o no se acompaña de los documentos indicados, se requerirá a las personas interesadas para que la subsanen en el plazo máximo e improrrogable de diez días. De no hacerlo así, se les tendrá por desistidas de su petición, previo dictado de la correspondiente resolución.

Comprobación de datos e identificación del perceptor final.

1. Para la tramitación de este procedimiento y para cumplir con la obligación de la identificación del perceptor final prevista en el artículo 8, apartado 2, de la Orden HFP/1030/2021, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona representante.

b) NIF de la entidad representante.

c) NIF de la entidad solicitante.

d) Domicilio fiscal de la entidad solicitante.

e) Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas, la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en caso de que no se pueda consultar este dato, debe aportarlo el beneficiario).

f) Certificado de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.

g) Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

h) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

i) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.

j) Consulta de concesión de subvenciones y ayudas.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de solicitud (anexo I) y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los datos citados, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las entidades interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Extracto de la Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y selección de centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para participar en el programa de capacitación en competencia digital, Campamentos digitales de verano, dirigido al alumnado de entre 9 y 17 años al final del curso 2024/25, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 63 del 1 de abril de 2025).

    • Corrección de errores. Extracto de la Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y selección de centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para participar en el programa de capacitación en competencia digital, Campamentos digitales de verano, dirigido al alumnado de entre 9 y 17 años al final del curso 2024/25 en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 67 del 7 de abril de 2025).

    • Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se hace pública la relación de centros privados concertados seleccionados y excluidos para participar en el programa de capacitación en competencia digital, Campamentos digitales de verano, dirigido al alumnado de entre 9 y 17 años al final del curso 2024/25, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 142 de 28 de julio de 2025).

    • Orden de 24 de marzo de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y selección de centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para participar en el programa de capacitación en competencia digital, Campamentos digitales de verano, dirigido al alumnado de entre 9 y 17 años al final del curso 2024/25, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (DOG nº 63 del 1 de abril de 2025).

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