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Detalle procedemento
ED332A
Exención de la materia de la lengua gallega en la enseñanza no universitaria en Galicia.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
- Regular el procedimiento y los plazos para la solicitud de la exención.
Deberes del alumnado exento.
1. La exención supondrá la consignación de exento en los documentos oficiales de evaluación del alumnado.
2. El alumnado tendrá que asistir a las aulas como medio de integración lingüística y con la finalidad de que con su esfuerzo personal, con materiales didácticos específicos y con una ayuda continua de su profesorado pueda tener, al remate del plazo de la exención, un dominio adecuado de la lengua gallega, y seguir las enseñanzas propias del nivel en el que esté o vaya a matricularse, en igualdad de condiciones que los demás compañeros o compañeras de la clase.
3. El incumplimiento por parte del alumno o de la alumna de lo establecido en el punto anterior determinará la revocación de la exención, luego de los informes pertinentes y oída la persona interesada o, de ser el caso, sus progenitores, tutores o tutoras o representantes legales.
4. La revocación o denegación de la exención producirán como efecto para el alumnado la obligación de ser calificado en las evaluaciones parciales y finales al final del curso en el que se encuentre.
5. En los respectivos documentos oficiales de evaluación se hará constar la exención concedida y, de ser el caso, la posible revocación y la consiguiente calificación.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña
Servizo Territorial de Inspección Educativa da Coruña
Vicente Ferrer, 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184731
Fax: 981184792
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña
Servizo Territorial de Inspección Educativa da Coruña
San Lázaro, 107 (Rúa da Besada)
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981540197
Fax: 981540200
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña
Servizo Territorial de Inspección Educativa da Coruña
Oficina de Inspección Educativa en Ferrol
Praza Camilo José Cela, s/n
15403 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981337074
Fax: 981337071
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Lugo
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Lugo
Ronda Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294212
Fax: 982294214
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Ourense
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Ourense
Rúa do Concello, 11 - 6º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386615
Fax: 988386788
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Pontevedra
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Pontevedra
R/ Fernández Ladreda, 43 - 8º andar
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805918
Fax: 986805699
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Pontevedra
Inspección Educativa na Cidade de Vigo
Praza da Estrela s/n
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817539
Fax: 986817625
Plazo de presentación: CERRADO
01/09/2014 00:00 - 20/10/2014 23:59
Desde el 1 de sept. de cada año y terminará el 5 de oct. de cada año para el alumnado de los centros de educación primaria y secundaria obligatoria, y el 20 de oct. de cada año para el alumnado de los centros de bachillerato.*Consultar documentación
2. Que el alumnado de nueva incorporación proceda de otras comunidades autónomas o de un país extranjero.
3. Que la incorporación ex nuevo al sistema educativo de Galicia se produzca en el tercer ciclo de educación primaria, en la educación secundaria obligatoria o en el bachillerato.
Solicitud según el Anexo I de esta orden.
La solicitud de la exención de la materia de lengua gallega deberá presentarse en soporte papel por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado que figura como anexo I de esta orden, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es. La referida solicitud irá firmada por el alumno o por la alumna solicitante o por por su padre, madre, tutor, tutora o por la persona que tenga su representación legal, si es menor de edad, y en ella se expondrán las razones por las que se solicita la exención.
Para el caso de enviarla por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior al remate del plazo de presentación de solicitudes.
*Plazos de presentación de la solicitud de la exención.
- Del 1 de septiembre de cada año y terminará el 5 de octubre de cada año para el alumnado de los centros de educación primaria, secundaria obligatoria y el 20 de octubre de cada año para los de los centros de bachillerato.
- Traslado de matrícula: veinte días siguientes a la incorporación de la persona interesada al nuevo centro.
- Alumnado que se matricule en enseñanzas de personas adultas (enseñanzas básicas iniciales, educación secundaria o bachillerato): veinte días siguientes a la presentación de su solicitud de matrícula.
- Pruebas libres para la obtención del título de graduado en educación secundaria para mayores de dieciocho años, o la prueba para la obtención del título de bachiller para mayores de veinte años: la presentación de la solicitud de exención se presentará de forma simultánea a la presentación de la solicitud de inscripción en las pruebas libres, en los plazos que establezca la normativa que las regula.
Plazo de resolución: 10 días hábiles a partir de la presentación de la documentación completa.
Sentido del silencio: Positivo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Ley 3/1983, del 15 de junio, de normalización lingüística (DOG nº 129 del 17 de septiembre de 1983).
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Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia (DOG nº 97 del 25 de mayo de 2010).
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Orden de 10 de febrero de 2014 por la que se desarrolla el Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia, con relación a la exención de la materia de lengua gallega (DOG nº 34 del 19 de febrero de 2014).
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