Guía de procedimientos y servicios

ED312C

Inscripción para la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2026 - Plazo cerrado: 16/03/2026 00:00 - 26/03/2026 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

La regulación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.

Personas que no posean el título de graduado en educación secundaria obligatoria ni un título profesional básico, ni otros estudios equivalentes.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Pontevedra

Servizo Territorial de Inspección Educativa de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, 43-8º andar

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805918

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Cualificacións, Planificación e Xestión da Formación Profesional

Servizo de Xestión da Formación Profesional

San Caetano, s/nº

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881997408/881997407

Email: ciclos.probas@edu.xunta.gal

http://www.edu.xunta.gal/fp

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña

Servizo Territorial de Inspección Educativa da Coruña

Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184731

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Lugo

Servizo Territorial de Inspección Educativa de Lugo

Ronda Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294212

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Ourense

Servizo Territorial de Inspección Educativa de Ourense

Rúa do Concello, 11-6º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386615

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

16/03/2026 00:00 - 26/03/2026 23:59

El plazo de presentación estará comprendido entre los días 16 de marzo y 26 de marzo de 2026, ambos incluidos.

Podrán participar en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio las personas que:

  • No cumplan los requisitos académicos exigidos para acceder a ellos .

  • Tengan diecisiete años o los cumplan en el año natural de celebración de la prueba.

Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado de solicitud, anexo I (código de procedimiento ED312C), disponible en la aplicación informática «Ciclosprobas» (https://www.edu.xunta.gal/ciclosprobas/PaxinaInicio.do), accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal).

2. También se podrán presentar las solicitudes en la secretaría de cualquier centro docente público de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional que imparta ciclos formativos de formación profesional en el curso académico 2025-2026. Las personas interesadas deberán cubrir la solicitud a través de la aplicación «Ciclosprobas» (https://www.edu.xunta.gal/ciclosprobas/PaxinaInicio.do), que generará un documento en formato PDF correspondiente al formulario normalizado de solicitud, anexo I (código de procedimiento ED312C), que la persona interesada deberá imprimir y posteriormente presentar en el centro de inscripción.

En el caso de solicitantes menores de edad podrán realizar la solicitud a través de la aplicación informática las personas titulares de la patria potestad o los representantes legales.

3. El centro de inscripción elegido por la persona solicitante se tomará como referencia para la asignación de la sede de realización de la prueba de acceso.

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Copia del pasaporte o del documento de identificación de la Unión Europea, cuando no se disponga de DNI o NIE.

b) Resolución judicial acreditativa de la separación o divorcio, situaciones de violencia de género o de que la patria potestad esté atribuida, con carácter exclusivo, a una de las personas progenitoras (documento 1).

c) Certificado del grado de discapacidad, cuando haya sido expedido por otra comunidad autónoma (documento 2).

d) Dictamen técnico facultativo, cuando haya sido expedido por otra comunidad autónoma (documento 3).

e) Justificación documental del diagnóstico de TDAH (documento 4).

f) Certificado de realización de una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de formación profesional, cuando haya sido expedido por otra comunidad autónoma (documento 5).

g) Certificación académica de módulos superados de un título de formación profesional básica, cuando haya sido expedida por otra comunidad autónoma (documento 6).

h) Certificación académica de módulos superados de un programa de cualificación profesional inicial, cuando haya sido expedida por otra comunidad autónoma (documento 7).

i) Certificación académica de ámbitos superados del nivel II de la educación secundaria para las personas adultas, cuando haya sido expedida por otra comunidad autónoma (documento 8).

j) Certificado de profesionalidad (documento 9).

k) Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social o el equivalente de la mutualidad laboral que corresponda (documento 10).

l) Personal de las Fuerzas Armadas: certificación de vida laboral expedida por la pagaduría del centro de destino actual en donde consten los empleos desempeñados por destino, con la especialidad militar y el período de ejercicio (documento 11).

m) Certificado de haber realizado un curso autorizado de preparación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio (documento 12).

2. La documentación complementaria se presentará acompañando a la solicitud, según lo establecido en los artículos 16 y 17 de esta orden.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Certificado del grado de discapacidad, cuando haya sido expedido por organismos dependientes de la Xunta de Galicia (documento 2).

b) Dictamen técnico facultativo, cuando haya sido expedido por organismos dependientes de la Xunta de Galicia (documento 3).

c) Certificado de realización de una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de formación profesional, realizada en Galicia (documento 5).

d) Certificación académica de módulos superados de un título de formación profesional básica, cursado en Galicia (documento 6).

e) Certificación académica de módulos superados de un programa de cualificación profesional inicial, cursado en Galicia (documento 7).

f) Certificación académica de ámbitos del nivel II de la educación secundaria para las personas adultas, cursado en Galicia (documento 8).

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y acompañar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores

Los trámites posteriores al inicio del procedimiento deberán realizarse presencialmente en cualquier centro educativo de inscripción. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos para facilitar la realización de dichos trámites que podrán ser empleados por ellas.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Se podrá consultar de manera individualizada la información correspondiente a las resoluciones en la aplicación «Ciclosprobas».

Sentido del silencio: No especificado

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 24 de febrero de 2026 por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo, y se convocan para el año 2026 (DOG nº 44 de 06 de marzo de 2026).

    • Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se nombra y se hace pública la composición del tribunal que deberá juzgar las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional, para el año 2026 (DOG nº 59 de 30 de marzo de 2026).

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