Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
ED013B
Participación en el concurso de méritos específico entre personal funcionario de carreira y en prácticas del cuerpo de maestros para cubrir, en comisión de servicios, puestos de escolarización a alumnado de atención preferente.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Convocar un concurso público específico de méritos entre personal funcionario de carrera y personal funcionario en prácticas del cuerpo de maestros dependiente del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma, para la cobertura en régimen de comisión de servicios de puestos de escolarización a alumnado de atención preferente.
Podrá participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera y en prácticas del cuerpo de maestros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma, que esté en alguna de las siguientes situaciones:
a) El personal funcionario de carrera y en prácticas que esté en situación de servicio activo en centros públicos dependientes de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional.
Se entiende incluido en este epígrafe el personal funcionario de carrera de esta consellería que esté en comisión de servicios fuera de esta comunidad autónoma.
b) El personal funcionario de carrera que esté en situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género o violencia sexual o excedencia por razón de violencia terrorista.
También podrá participar el personal funcionario de carrera que esté en situación de excedencia voluntaria concedida por la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, y si se trata del supuesto de excedencia voluntaria por interés particular recogida en el artículo 173 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, solo podrán participar si al finalizar el curso escolar en que se realice esta convocatoria ha transcurrido un año desde que pasó a esta situación.
c) El personal funcionario de carrera que tenga destino definitivo en un centro del extranjero y tenga que reincorporarse a la Comunidad Autónoma de Galicia en el inicio del curso académico 2024/25.
d) El personal funcionario en prácticas, que ha superado el procedimiento selectivo por el turno libre o de reserva de personas con discapacidad.
Las personas participantes en el concurso por este apartado d) lo harán con cero puntos.
El personal participante deberá poseer la especialidad y, en su caso, el requisito específico que se requiera para cada plaza.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Servizo de Profesorado de Educación Infantil e Primaria
San Caetano s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Email: persoal.primaria@edu.xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
28/05/2024 00:00 - 10/06/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes del concurso específico, mediante el procedimiento normalizado ED013B, será de diez (10) días hábiles computados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria pública en el Diario Oficial de Galicia. Finalizado este plazo no se admitirá ninguna nueva solicitud ni la modificación de las presentadas y sus términos tendrán carácter vinculante para las personas solicitantes. Asimismo, tampoco se admitirá ninguna documentación complementaria alegada mediante el procedimiento ED011A, de conformidad con el establecido en el subepígrafe 5.2.1 de la base quinta, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes del concurso específico.
El personal docente funcionario de carrera y en prácticas del cuerpo de maestros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma, debe poseer y acreditar en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes (base sexta) el conocimiento de la lengua gallega.
A estos efectos, deberá poseer el certificado de lengua gallega (Celga 4) o haber superado el curso de perfeccionamiento de lengua gallega; tener la validación correspondiente; haberlo superado a través de la prueba libre o poseer el nivel avanzado de gallego de la escuela oficial de idiomas de las enseñanzas reguladas por el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre; o el nivel intermedio B2 de las enseñanzas reguladas por el Real decreto 1041/2017, de 22 de diciembre. A estos únicos efectos, se entenderá que reúnen este requisito las personas que superaron la prueba de conocimientos de la lengua gallega en el procedimiento selectivo de ingreso o acceso al cuerpo docente desde el que participa.
1 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal (anexo I).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea formalizada la enmienda.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
El personal concursante podrá solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas.
Cuando se concurse por más de una especialidad, el personal concursante presentará una única solicitud. En el caso de presentar más de una solicitud del mismo tipo, solamente se admitirá la última presentada en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en este procedimiento normalizado.
2. Documentación complementaria.
2.1. Las personas interesadas deberán anexar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
– Hoja de autobaremación que figura como anexo IV.
En relación con los requisitos exigidos y méritos objeto de baremación, el personal concursante deberá proceder de la siguiente manera:
– Personal concursante con expediente actualizado.
De conformidad con el establecido en el artículo 4.3 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regula el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A), todos los datos, tanto de identificación como académicos y profesionales, que consten en el expediente serán empleados en la tramitación y valoración de requisitos y méritos en los correspondientes procedimientos, entre otros, de provisión de puestos de trabajo, de forma que no será necesaria su justificación.
El personal concursante podrá verificar todos los requisitos y méritos que constan en su expediente personal accediendo a la página web www.edu.xunta.gal/datospersoais, pestaña Expediente electrónico.
De estar recogidos todos los requisitos y méritos susceptibles de baremación de conformidad con el anexo IV (Hoja de autobaremación) de esta convocatoria, el personal concursante únicamente deberá presentar la solicitud de participación en el concurso específico de acuerdo con el establecido en el apartado primero de esta base.
-Personal concursante con expediente sin actualizar.
En el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base sexta de esta convocatoria, el personal docente que participe en el concurso específico y no tenga su expediente actualizado, además de presentar la solicitud de participación en el concurso específico por medios electrónicos (código de procedimiento ED013B), deberá presentar la solicitud de actualización y/o modificación del expediente junto con la documentación justificativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regula el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A).
La Comisión de Selección, a la que se hace referencia en la base décima, será la competente de la verificación de la documentación presentada en el procedimiento código ED011A y posterior incorporación al expediente del personal docente, sin perjuicio del establecido en el artículo 6.1 de la Orden de 2 de junio de 2021 en lo relativo a las competencias de reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación del profesorado.
La nueva baremación resultante de los méritos alegados se reflejará en el baremo del concurso específico cuando las nuevas alegaciones sean validados, en su caso, por esta comisión.
2.2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria de manera presencial, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
2.3. Siempre que se realice la presentación de documentos separados de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.
2.4. En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
3. Comprobación de datos.
Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI/NIE de la persona solicitante.
– DNI/NIE de la persona representante.
4. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
5. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Iniciación
- Solicitud (Anexo I)
- Fase de solicitud
- Hoja de autobaremación (Anexo IV)
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 16 de mayo de 2024 por la que se convoca concurso específico de méritos entre personal funcionario de carrera y en prácticas del cuerpo de maestros, para cubrir, en régimen de comisión de servicios, puestos de escolarización de alumnado de atención preferente (DOG nº 101 del 27 de mayo de 2024).
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Orden de 23 de julio de 2024 por la que se resuelve el concurso específico de méritos entre personal funcionario de carrera y en prácticas del cuerpo de maestros para cubrir, en régimen de comisión de servicios, puestos de escolarización de alumnado de atención preferente, convocado mediante la Orden de 16 de mayo de 2024 (Diario Oficial de Galicia número 101, de 27 de mayo). (DOG nº 154 de 9 de agosto de 2024).
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Otros procedimientos relacionados
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Abierto todo el año
Inscripción en el proceso de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
Abierto todo el año
Comisión de servicios del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.
Plazo cerrado: 14/07/2025 00:00 - 22/07/2025 23:59
Comisión de servizos do persoal funcionario dos corpos docentes e do persoal laboral docente que imparte as ensinanzas reguladas na lei orgánica 2/2006, do 3 de maio, de educación, en centros dependentes da consellería de educación, universidade e formación profesional en atención a situacións persoais especiais por motivos de saúde.
Plazo cerrado: 15/07/2025 00:00 - 16/07/2025 23:59