Guía de procedimientos y servicios

ED010A

Comisión de servicios del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Plazo cerrado: 14/07/2025 00:00 - 22/07/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

1. Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de adscripción de forma temporal, en comisión de servicios, a tareas propias de su cuerpo en plazas distintas del destino que se ocupa y para las que esté habilitado, al personal funcionario de carrera y al personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral (código de procedimiento ED010A).

2. También podrá solicitar esta adscripción el personal funcionario de carrera en expectativa de destino, el personal nombrado funcionario en prácticas, el personal que superó el procedimiento selectivo correspondiente y está pendiente de ser nombrado funcionario en prácticas y el personal funcionario interino docente dependiente de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional.

3. Esta adscripción temporal en comisión de servicios estará supeditada a la existencia de plaza vacante o necesidad de profesorado para el curso académico correspondiente y que le corresponda la adjudicación de una plaza de las solicitadas de acuerdo con los criterios establecidos en la regulación de la adjudicación de destinos provisionales para el curso académico que corresponda.

4. La adscripción provisional al personal que superó el procedimiento selectivo y está pendiente de ser nombrado funcionario en prácticas se realizará inmediatamente después de la adjudicación de destinos provisionales al personal funcionario de carrera.

5. La adscripción provisional al personal funcionario interino docente se realizará después de la adjudicación de destinos provisionales al personal que ese año superó el procedimiento selectivo para ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y estará, además, supeditada a que le corresponda prestar servicios en función del número de plazas ofertadas de la especialidad y del número de orden en la adjudicación de la persona funcionaria docente interina.

Podrán solicitar adscripción temporal a tareas propias de su cuerpo en régimen de comisión de servicios por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, a distinta localidad, en su caso, de su centro de destino:

a) El personal funcionario de los cuerpos docentes regulados en la Ley orgánica de educación, dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que se encuentre en situación de servicio activo, de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.

b) El personal que superó el procedimiento selectivo de ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y esté pendiente de ser nominado funcionario en prácticas por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.

c) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que se encuentre en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Recursos Humanos

Servizo de Profesorado de Educación Infantil e Primaria

Edificio Administrativo San Caetano s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544482/ 981545440/ 981957825/ 981545495/ 981544487

Fax: 881999241

Email: persoal.primaria@edu.xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Recursos Humanos

Servizo de Profesorado de Ed. Secundaria, de Formación Profesional e de Réxime Especial

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545406/ 981545407/ 981545408/ 981545409

Fax: 981545484

Email: persoal.secundaria@edu.xunta.es

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

18/07/2019 00:00 - 29/07/2019 23:59

25/05/2020 00:00 - 05/06/2020 23:59

24/05/2021 00:00 - 04/06/2021 23:59

14/07/2021 00:00 - 26/07/2021 23:59

19/04/2022 00:00 - 02/05/2022 23:59

13/07/2022 00:00 - 21/07/2022 23:59

15/05/2023 00:00 - 29/05/2023 23:59

06/07/2023 00:00 - 24/07/2023 23:59

15/04/2024 08:00 - 26/04/2024 23:59

15/07/2024 00:00 - 23/07/2024 23:59

23/05/2025 00:00 - 05/06/2025 23:59

14/07/2025 00:00 - 22/07/2025 23:59

Apertura del plazo para el personal opositor que supere el procedimiento selectivo convocado por la Orden de 31 de enero de 2024 de conformidad con el artículo artículo 7.2 de la Orden de 15 de abril de 2019.

Plazo: 14/07/2025 a 22/07/2025, ambos incluidos.

1. Tipo I) Tener un hijo o hija menor de cuatro años, o tener y convivir con un hijo o hija menor de ocho años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.

Tipo II) Tener dos hijos o hijas menores de seis años o un hijo o hija menor de seis años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o tener y convivir con dos hijos o hijas menores de diez años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.

Tipo III) Tener tres hijos o hijas menores de doce años o dos hijos o hijas menores de doce años si uno de ellos tiene un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o tener y convivir con tres hijos o hijas menores de dieciséis años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.

La edad de los hijos o hijas se computará a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a aquel en el que se efectúa la solicitud.

Podrá, asimismo, efectuarse la solicitud cuando exista embarazo a término final con anterioridad al mes de marzo del año siguiente a aquel en el que se presenta la solicitud. En el caso de adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, la edad se computará desde la resolución judicial o administrativa.

2. Tener, en su caso, destino definitivo en una localidad a una distancia superior a 60 km de la localidad de residencia.

No será exigible este requisito a aquellas personas que presten servicios en los centros de educación infantil, educación infantil y primaria, educación primaria, colegios rurales agrupados, centros de educación especial y centros públicos integrados que tienen régimen de jornada partida.

3. Haber solicitado, de reunir los requisitos, excepto casos excepcionales que serán valorados por la comisión de valoración, plaza en el último concurso de traslados para la localidad o localidades en las que se solicita la comisión de servicios.

4. Cuando ambos/as cónyuges o pareja de hecho sean personal docente, solo una de las dos personas podrá solicitar la comisión de servicios.

5. Podrán solicitar esta comisión las dos personas progenitoras en los supuestos de custodia compartida en virtud de sentencia judicial.

Solicitudes.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del fomulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Las solicitudes también podrán cumplimentarse en la página web de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos http://www.edu.xunta.es/cadp y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerá como fecha de la presentación de la solicitud aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

Petición a centros y/o localidades.

Las personas interesadas deberán solicitar en primer lugar el centro o centros de la localidad o localidades que se encuentren en un radio de 20 km del lugar de su residencia, excepto los centros penitenciarios, los centros de educación permanente de adultos y los centros ordinarios en los que se imparten enseñanzas de adultos y aquellos otros centros en los que se imparten enseñanzas en régimen de jornada partida, que serán de solicitud voluntaria.

Podrán añadirse voluntariamente peticiones a centros o localidades que se consideren convenientes, teniendo en cuenta que, en este caso, es preceptivo solicitar los centros o localidades a las que se hace referencia en el párrafo anterior.

Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

  • Las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:

    • a) Informe médico con la fecha probable de parto cuando exista embarazo a término final con anterioridad al mes de marzo del año siguiente a aquel en el que se presenta la solicitud, en su caso. En el informe deberá constar, asimismo, si el embarazo es simple, gemelar o de trillizos/as.

    • b) Certificación literal de nacimiento o copia del libro de familia actualizado, en todo caso.

    • c) Copia de la sentencia judicial por la que se establezca la custodia compartida, en su caso.

    • d) Copia de la resolución judicial por la que se constituya la adopción o el acogimiento permanente o preadoptivo, en su caso.

    • e) Copia de la resolución administrativa de acogimiento permanente o preadoptivo cuando no hubiese sido expedida por la Xunta de Galicia, en su caso.

    • f) Copia de la resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 % de los hijos o hijas menores de doce años, en su caso, cuando no hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia.

No será necesario presentar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente siempre que no se hayan modificado las circunstancias familiares. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI/NIE de la persona solicitante o de la persona representante.

  • b) Certificado de residencia de la persona solicitante.

  • c) Resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 % de los hijos o hijas menores de doce años cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación.

  • d) Resolución administrativa de acogimiento permanente o preadoptivo respecto de los hijos o hijas menores de dieciséis años en dicha situación cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 15 de abril de 2019 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de esta consellería, en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral (DOG nº 82 del 30 de abril de 2019).

    • Orden de 14 de mayo de 2020 por la que se abre el plazo para que el personal docente solicite comisión de servicios por motivos de salud, en atención a la situación de conciliación de la vida familiar y laboral, y el personal docente interino y sustituto solicite no participar en la convocatoria de adjudicación de destinos provisionales para el curso académico 2020/21 (DOG nº 97 de 20 de mayo de 2020).

    • Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros, convocado por la Orden de 19 de octubre de 2020 (Diario Oficial de Galicia número 219, de 30 de octubre) (DOG nº 94 del 21 de mayo de 2021).

    • Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores técnicos de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación, convocado por la Orden de 26 de octubre de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 214, del 8 de noviembre) (DOG nº 73 del 18 de abril de 2022).

    • Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros (código de procedimiento ED012A), convocado mediante la Orden de 4 de octubre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 196, de 14 de octubre) (DOG nº 91 del 12 de mayo de 2023).

    • Orden de 21 de junio de 2023 por la que se hace pública la relación de personal que superó los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos, a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores especialistas en sectores singulares de la formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos de música y artes escénicas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño y de maestros de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento ED001B) (Diario Oficial de Galicia número 206, de 28 de octubre; corrección de errores, Diario Oficial de Galicia número 216, de 14 de noviembre) (DOG nº 124 del 30 de junio de 2023).

    • Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación (código de procedemento ED012A) (DOG nº 72 del 12 de abril de 2024).

    • Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de escuelas oficiales de idiomas, de música y artes escénicas, de artes plásticas y diseño, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, así como inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación (DOG nº 96 de 21 de mayo de 2025).

    • Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros (código de procedimiento ED012A) convocado mediante la Orden de 21 de octubre de 2024 (Diario Oficial de Galicia númer 212, de 4 de noviembre). (DOG nº 97 de 22 de mayo de 2025).

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