Guía de procedimientos y servicios

DE401B

Subvenciones a clubs para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 27/04/2023 00:00 - 26/05/2023 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria de subvenciones de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado.

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras los clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 ó 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad.

La fecha límite de contabilización de las licencias será la de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

2. Estas entidades, además de los requisitos generales establecidos en la normativa de subvenciones, deberán figurar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Xunta de Galicia a la fecha de publicación de la convocatoria anual de subvenciones.

3. No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Secretaría Xeral para O Deporte

Subdirección Xeral de Plans e Programas

R/ Madrid, 2-4, 2º (Fontiñas) - 15781 Santiago

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881-996361

Email: subdireccion-plans-programas.pr@xunta.gal

deporte.xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Secretaría Xeral para O Deporte

Subdirección Xeral de Plans e Programas

Servizo de Programación Deportiva e de Deporte en Idade Escolar

R/ Madrid, 2-4, 2º (Fontiñas) - 15781 Santiago

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881-996362

Email: subdireccion-plans-programas.pr@xunta.gal

deporte.xunta.gal

Secretaría Xeral para O Deporte
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

27/04/2023 00:00 - 26/05/2023 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Según lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el registro electrónico de cada administración u organismo se regirá, a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las entidades interesadas deberán presentar con la solicitud, según lo dispuesto en la base 9ª, la siguiente documentación:

a) Certificación emitida por el/la secretario/a de la entidad deportiva solicitante o persona que tenga atribuida la potestad para certificar, según el modelo del anexo III, en la que se haga constar el acuerdo del órgano colegiado competente de la entidad deportiva por el cual se solicita la subvención para las actuaciones que se pretenden ejecutar al amparo de esta orden.

b) Memoria deportiva y justificativa de la necesidad de los equipamientos para los cuales solicitan subvención, firmada por el/la representante de la entidad deportiva (anexo IV).

c) Acreditación de la representación, en su caso (anexo IX).

d) Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones implicadas, según el modelo del anexo X (disponible en https://deporte.xunta.gal/gl/convocatorias/de401b-subvencions-clubs-para-adquisicion-de-equipamentos-deportivos-para-deporte-adaptado).

e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, según el modelo del anexo XI (disponible en https://deporte.xunta.gal/gl/convocatorias/de401b-subvencions-clubs-para-adquisicion-de-equipamentos-deportivos-para-deporte-adaptado).

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las entidades interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la entidad interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.

4. En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos por la sede electrónica o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la entidad interesada se oponga a su consulta:

a) NIF de la entidad solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad representante.

d) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias a la AEAT.

e) Certificado de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.

f) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias a la Atriga.

g) Consulta de concesión de subvenciones y ayudas.

h) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.

i) Consulta de concesiones por la regla de minimis.

2. En el caso de que las entidades interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la entidad interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las entidades interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las entidades interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 ó 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NexGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 80 del 26 de abril de 2023).

    • Extracto de la Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 ó 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NexGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 80 del 26 de abril de 2023).

    • Corrección de errores. Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 ó 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NexGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 84 del 3 de mayo de 2023).

    • Resolución de 8 de junio de 2023, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se hacen públicos los listados de solicitudes sujetas a enmienda, de solicitudes inadmitidas y de solicitudes admitidas, presentadas al amparo de la Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 o 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 115 del 19 de junio de 2023).

    • Orden de 8 de agosto de 2023 por la que se amplía el plazo de ejecución y justificación de las inversiones establecido en la base 25ª del anexo I de la Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/23 o 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, de subvenciones para la adquisición de equipamientos deportivos para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 155 de 17 de agosto de 2023).

    • Resolución de 11 de agosto de 2023 por la que se publica la relación definitiva de las solicitudes beneficiarias, las desestimadas y las inadmitidas, al amparo de la Orden de 13 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a clubes deportivos gallegos que en la temporada 2022/2023 o 2023 cuenten con licencias de deportistas con discapacidad, para la adquisición de equipaciones deportivas para deporte adaptado, incluido en el Plan de promoción de la igualdad en el deporte en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 159 de 23 de agosto de 2023).

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