Guía de procedimientos y servicios

BS402G

Adjudicación de plazas en las escuelas infantiles 0-3 de titularidad privada con contrato del servicio de educación infantil.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2020 - Plazo cerrado: 16/05/2020 00:00 - 29/05/2020 23:59

Consellería de Política Social e Igualdad

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Esta orden tiene por objeto convocar y establecer el procedimiento de adjudicación de plaza en las escuelas infantiles que resultaron adjudicatarias de la prestación del servicio de educación infantil para niños y niñas de 0 a 3 años en escuelas infantiles de titularidad privada en las siete grandes ciudades y en los ayuntamientos de su área de influencia, así como en el ayuntamiento de Monforte de Lemos (Lugo) (código del procedimiento administrativo BS402G). La relación de estas escuelas se recoge en el anexo III.

Podrá adjudicarse una plaza del servicio de educación infantil 0-3 años en las escuelas infantiles de titularidad privada que se relacionan en el anexo a los niños y niñas que estén en los siguientes supuestos:

a) Los niños y las niñas escolarizados/as en una plaza del servicio de educación infantil en escuelas 0-3 privadas durante el curso 2019/20 para la renovación de plaza, siempre que no tengan cumplidos los tres años de edad el 31 de diciembre de 2020.

b) Los niños y las niñas de nuevo ingreso con un hermano/a que renueve una plaza de este servicio del curso 2019/20 para el curso 2020/21.

c) Los niños y las niñas solicitantes de plaza de nuevo ingreso para el curso 2020/21 en las escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales, del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar o en la escuela infantil municipal de Monforte de Lemos, que queden en lista de espera por falta de plazas disponibles y que en las solicitudes de las correspondientes convocatorias hubieran marcado la opción de candidato/a a una plaza de este servicio de educación infantil en escuelas 0-3 privadas.

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica

Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación

Servizo de Conciliación Familiar

Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544650/ 981545666

Fax: 981544634

Email: dxfamilia.politicasocial@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña

Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981185704

Fax: 981185737

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294442

Fax: 982294386

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense

Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386121

Fax: 988386131

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo

Concepción Arenal, 8 -1º

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817044

Fax: 986817049

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

16/05/2020 00:00 - 29/05/2020 23:59

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Se acuerda el levantamiento de la paralización de la aprobación y publicación de las bases del procedimiento, en los términos previstos en la Resolución de la Consellería de Política Social, de 27 de abril de 2020.

1. Para el procedimiento de solicitud de plaza, tanto de renovación como de nuevo ingreso (en el caso de niños/niñas con un hermano/a que renueve una plaza de este servicio), se presentará el modelo normalizado de solicitud (anexo I).

Los impresos estarán disponibles en las direcciones electrónicas: https://sede.xunta.gal y https://xunta.gal/politica-social y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social.

Las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud a siguiente documentación:

a) Anexo II relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso, y autorización para la presentación de la solicitud de plaza.

b) Título de familia numerosa, solo en el caso de no ser expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Certificado de discapacidad del niño o de la niña, solo en el caso de no ser expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.

d) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.

Asimismo, en el caso de haberse producido cambios que supongan una disminución o incremento de los ingresos de más del 20 % en el cómputo anual respecto a los que constan en la declaración del IRPF correspondiente al año 2018, que afecten a la unidad familiar y que puedan incidir en el cálculo de la renta de esta, la persona interesada adjuntará, dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes, aquellos documentos que los acrediten o justifiquen.

2. No será necesario presentar los documentos que ya fuesen presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

En caso de que alguno de los documentos que se va a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos

1. De conformidad con la normativa de protección de datos, para la tramitación de este procedimiento se consultarán los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) Documento nacional de identidad (DNI) o número de identificación de extranjero/a (NIE) de la persona solicitante y del/de la cónyuge o pareja, en su caso.

b) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), de la persona solicitante, de la/del cónyuge o pareja y demás miembros de la unidad familiar, en su caso, correspondiente al año 2018.

2. Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Título de familia numerosa expedido en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Discapacidad del niño o de la niña reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el anexo I y en el anexo II, según el caso, y presentar los correspondientes documentos.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible, anexo I, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: No especificado

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 27 de abril de 2020 por la que se convoca y se establece el procedimiento de adjudicación de plazas del servicio de educación infantil para niños y niñas de 0 a 3 años en escuelas infantiles 0-3 de titularidad privada para el curso 2020/21 (DOG nº 94 de 15 de mayo de 2020).

    • Resolución de 27 de abril de 2020 por la que se acuerda levantar la paralización de la aprobación y publicación de las bases del procedimiento por el que se convoca y se establece el procedimiento de adjudicación de plazas del servicio de educación infantil para niños y niñas de 0 a 3 años en escuelas infantiles 0-3 de titularidad privada para el curso 2020/21 y su continuación. (DOG nº 93 de 14 de mayo de 2020).

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