Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
AP100A
Integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Hacienda y Administración Pública
Regular el procedimiento de integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia (código de procedimiento AP100A) del personal laboral fijo de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria procedente del extinto Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria.
Podrá ejercer la opción para integrarse como personal laboral de la Xunta de Galicia el personal laboral de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria procedente del Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Dirección Xeral de Emprego Público e Administración de Persoal
Subdirección Xeral de Réxime Xurídico e Relacións Laborais
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545230
Fax: 981545229
Email: direccion.xeral.emprego.publico@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
10/06/2025 00:00 - 30/06/2025 23:59
Quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo de solicitud que se adjunta en el anexo I.
a) Tener un contrato laboral fijo con el Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria, formalizado tras un proceso de selección realizado bajo los principios constitucionales de publicidad, mérito y capacidad, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en el momento de su incorporación.
b) Tener la titulación establecida en el anexo II y cumplir los requisitos exigidos para el acceso al grupo y la categoría de homologación del V Convenio colectivo único de la Xunta de Galicia.
c) Estar en situación de servicio activo o en situación que origine derecho a la reserva de plaza o puesto.
No podrá ejercer la opción para integrarse como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia el personal vinculado al Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria por un contrato de alta dirección o mediante una relación laboral de carácter temporal o indefinida no fija. Igualmente, tampoco podrá ejercer el derecho de opción el personal de carácter eventual o alto cargo que no tuviese la condición de personal laboral del Instituto.
La no opción por la integración activará los efectos previstos en el artículo 9.3 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia que sean objeto de creación, adaptación o extinción.
Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para enmienda a través de la presentación electrónica. A tal efecto, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la de presentación de la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos a realizar por las personas interesadas tras la presentación de la solicitud deberán efectuarse electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a la consulta:
a) Contrato de trabajo como personal fijo del Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria.
b) Títulos oficiales universitarios
c) Títulos oficiales no universitarios.
d) Certificado de las retribuciones percibidas durante el año anterior a la fecha de publicación de la presente orden, detallado por conceptos y mensualidades.
e) Resolución de concesión de la situación administrativa de la persona solicitante que se encuentre en una situación distinta de la de servicio activo.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el espacio correspondiente habilitado en el formulario y presentar los documentos preceptivos. Cuando la normativa aplicable lo exija, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los datos, se solicitará a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 129/2012, del 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable a personal de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia que sean objeto de creación, adaptación o extinción (DOG nº 112 del 13 de junio de 2012).
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Corrección de errores. Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable a personal de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico de Galicia que sean objeto de creación, adaptación o extinción (DOG nº 115 del 18 de junio de 2012).
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Orden de 27 de mayo de 2025 por la que se regula el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la Agencia de la Calidad Alimentaria de Galicia procedente del suprimido Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria (DOG nº 108 del 9 de junio de 2025).
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