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Detalle procedemento
PR212B
Cancelación en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
El 18/03/2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de hecho. Entra en vigor a los 20 días de su publicación, esto es, el 7 de abril del 2025, siendo de aplicación a todos los procedimientos de inscripción, cancelación y de modificación que se inicien a partir de su entrada en vigor.
Cancelación en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Parejas de Hecho.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes da Coruña
Servizo de Administración Local e Interior da Coruña
Rúa Vicente Ferrer, nº 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185974
Fax: 881881084
Email: parellasdefeito.pr.coruna@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Lugo
Servizo de Xustiza e Administración Local de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294205/ 982294262
Email: rexistroparellasdefeito.pr.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Ourense
Servizo de Xustiza e Administración Local de Ourense
Avda. da Habana, nº 79 - 6º
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386408
Fax: 988386384
Email: parellas.xustiza.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Pontevedra
Servizo de Xustiza Gratuita e Administración Local de Pontevedra
Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 9º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805312/ 986805383
Fax: 986805391
Email: parellasdefeito.pr.pontevedra@xunta.gal
El 18/03/2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de hecho. Entra en vigor a los 20 días de su publicación, esto es, el 7 de abril del 2025, siendo de aplicación a todos los procedimientos de inscripción, cancelación y de modificación que se inicien a partir de su entrada en vigor.
Plazo de presentación: ABIERTO
De conformidad con la Disposición final única del Decreto 17/2025, de 10 de marzo, por lo que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre (DOG nº 53 de 18 de marzo de 2025), el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 7 de abril de 2025 y permanecerá abierto indefinidamente.
Por solicitud de las dos personas que conforman la pareja.
Por el matrimonio entre las dos personas que conforman la pareja.
Por el incumplimiento, acreditado en base la prueba fidedigna, de los requisitos de convivencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal con posterioridad a la inscripción.
Por la ausencia sobrevenida de alguno de los requisitos exigidos en el artículo 5 determinantes de la inscripción o por la comprobación de falsedad o inexactitud en los datos acercados con la solicitud determinantes de la inscripción.
Documentación para la presentación.
Solicitud normalizada según el anexo III de este Decreto.
Documentación acreditativa de la cancelación de la inscripción, si es el caso.
Documentación a comprobar por la Administración, salvo oposición de las personas solicitantes, en cuyo caso tendrán que aportarla:
Datos de identidad de las personas solicitantes (DNI/NIE).
Certificación acreditativa de la causa de la cancelación de la inscripción
Certificado de matrimonio de las personas solicitantes.
La fecha de extinción de la pareja que constará en este caso en el Registro de Parejas de Hecho será la del día inmediatamente anterior a la del matrimonio contenida en la certificación matrimonial.
Las solicitudes de inscripción, cancelación conjunta, cancelación individual, incorporación o modificación de pacto y de certificación, se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y de firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (htps://sede.xunta.gal/chave365).
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Ámbito Autonómico
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Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 124 del 29 de junio de 2006).
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Corrección de errores.-Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 189 del 29 de septiembre de 2006).
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Ley 10/2007, de 28 de junio, de reforma de la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 127 del 2 de julio de 2007).
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Decreto 248/2007, del 20 de Diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia(DOG nº 5 del 8 de Enero de 2008).
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Decreto 146/2014, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia (DOG nº 224 del 21 de noviembre de 2014).
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Decreto 17/2025, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia (DOG nº 53 del 18 de marzo de 2025).
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Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
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