Guía de procedimientos y servicios

ED013A

Participación en el concurso de traslados específico entre el persoal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura de departamento de orientación en los colegios públicos de educación infantil y primaria y de educación primaria dependientes de la consejería competente en materia de educación.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Curso académico 2025/26 - Plazo cerrado: 27/11/2024 00:00 - 18/12/2024 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Convocar concurso de traslados específico entre el personal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura del departamento de orientación en colegios públicos de educación infantil y primaria o de educación primaria.

Podrán participar en la presente convocatoria:

a) El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros que esté en situación de servicio activo con destino definitivo en centros dependientes de esta consellería, siempre que, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta.6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y en el artículo 11.a) del Real decreto 1364/2010, de 29 de octubre, hubieran transcurrido, al final del presente curso académico, por lo menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

Se entenderá incluido el personal funcionario de carrera de esta consellería que esté en comisión de servicios fuera de esta comunidad autónoma.

b) El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros en expectativa de destino en un centro dependiente de esta consellería.

c) El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros que, estando adscrito a plazas en el exterior, deba incorporarse al ámbito territorial de gestión de esta consellería en el curso 2025/26.

d) El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros dependiente de esta consellería que esté en situación de excedencia por cuidado de familiares o servicios especiales.

e) El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros que esté en situación de excedencia voluntaria concedida por esta consellería. Si se trata del supuesto de excedencia voluntaria por interés particular recogida en el artículo 173 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, solo podrá participar si, al finalizar el curso escolar en que se realice la convocatoria, hubiera transcurrido un año desde que pasó a esta situación y dos años desde que obtuvo el destino definitivo en que le fue concedida, en su caso, la excedencia.

f) El personal funcionario en prácticas del cuerpo de maestros que superó el procedimiento selectivo por el turno libre o reserva de personas con discapacidad convocado por la Orden de 31 de enero de 2024 (DOG núm. 32, de 14 de febrero).

Las personas participantes en el concurso por este apartado f) lo harán con cero puntos.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Recursos Humanos

Servizo de Profesorado de Educación Infantil e Primaria

San Caetano, s/n

15871  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544483/ 981544488/ 881995887

Email: persoal.primaria@edu.xunta.gal

https://www.edu.xunta.gal/portal/

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

27/11/2024 00:00 - 18/12/2024 23:59

El plazo de presentación de solicitudes del concurso específico, mediante el procedimiento normalizado ED013A, abarcará desde el día 27 de noviembre de 2024 al día 18 de diciembre de 2024, ambos incluidos. Finalizado este plazo, no se admitirá ninguna nueva solicitud ni la modificación de las presentadas y sus términos tendrán carácter vinculante para las personas solicitantes. Asimismo, tampoco se admitirá ninguna documentación complementaria alegada mediante el procedimiento ED011A, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la base quinta, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes del concurso específico.

Será requisito imprescindible poseer el certificado de lengua gallega 4 (Celga 4), o haber superado el curso de perfeccionamiento de lengua gallega, o tener la convalidación correspondiente o haberlo superado a través de prueba libre o poseer el nivel avanzado de gallego de la escuela oficial de idiomas de las enseñanzas reguladas por el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, o el nivel intermedio B2 de las enseñanzas reguladas por el Real decreto 1041/2017, de 22 de diciembre. A estos únicos efectos, se entenderá que reúnen este requisito las personas que hubieran superado la prueba de conocimiento de la lengua gallega en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de maestros.

1. Forma de participación.

1. Las solicitudes (anexo I) se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal (código de procedimiento ED013A).

Las solicitudes también podrán cumplimentarse en la página web http://www.edu.xunta.gal/cxt y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

En el caso de presentar más de una solicitud del mismo tipo, solamente se admitirá la última presentada en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

2. Documentación complementaria.

No será necesario presentar documentación complementaria con la solicitud de participación en el concurso de traslados específico. No obstante, el personal concursante deberá proceder del modo que se indica a continuación:

2.1. Personal concursante con expediente actualizado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4.3 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regulan el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A), todos los datos, tanto de identificación como académicos y profesionales, que obren en el expediente se emplearán en la tramitación y valoración de requisitos y méritos en los correspondientes procesos, entre otros, de provisión de puestos de trabajo, de manera que no es necesaria su justificación.

El personal concursante podrá verificar todos los méritos que obran en su expediente mediante la pestaña que permite el acceso al expediente personal desde la solicitud de participación en el concurso de traslados específico. Asimismo, en la solicitud de participación del concurso podrá comprobar aquellos méritos que se consideran a efectos de baremo de esta convocatoria, así como la puntuación total y por apartados, epígrafes y subepígrafes, en su caso, que se le otorga.

A estos efectos, la baremación de los epígrafes 6.1 y 6.3 del anexo II (Baremo) es la otorgada por la Comisión de Evaluación para el personal que participó en el concurso de traslados convocado por la Orden de 8 de noviembre de 2010 (DOG de 16 de noviembre) o en las convocatorias siguientes. En el supuesto de estar de acuerdo con la puntuación otorgada, deberá marcar la opción «Me acojo al baremo del último concurso en el que participé» en la solicitud de actualización del expediente, no siendo necesario en este caso presentar esta solicitud de actualización. En caso de poseer en estos epígrafes nuevos méritos perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la última convocatoria por la que participó o si, con carácter excepcional, el personal interesado discrepa de la puntuación otorgada en estas, deberá proceder según lo establecido en el subepígrafe 2.2.1 de esta base para el personal concursante sin expediente actualizado.

De estar conforme con la puntuación otorgada, el personal concursante únicamente deberá presentar la solicitud de participación en el concurso específico de acuerdo con lo establecido en el apartado primero de esta base.

2.2. Personal concursante con expediente sin actualizar.

En el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base sexta de esta orden, el personal docente que participe en el concurso específico y no tenga su expediente actualizado, además de presentar la solicitud de participación en el concurso específico por medios electrónicos (código de procedimiento ED013A), deberá presentar la solicitud de actualización y/o modificación del expediente con la documentación justificativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regulan el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A), excepto en el supuesto de que ya hubiera presentado electrónicamente dicha solicitud de actualización en relación con el concurso general de traslados y no posea ningún otro mérito más para añadir.

2.2.1. Alegaciones a los méritos recogidos en los epígrafes 6.1 y 6.3 del anexo II (Baremo).

La baremación de estos epígrafes es la otorgada por la Comisión de Evaluación para el personal que participó en el concurso de traslados convocado por la Orden de 8 de noviembre de 2010 (DOG de 16 de noviembre) o en las convocatorias siguientes.

En el supuesto de poseer en estos epígrafes nuevos méritos perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la última convocatoria por la que participaron, deberán marcar la opción «Me acojo al baremo pero deseo alegar publicaciones posteriores al último concurso en el que participé» en la pestaña correspondiente de la solicitud de actualización del expediente y, además de presentar la solicitud de participación en el concurso específico por medios electrónicos (código de procedimiento ED013A), deberán presentar también por medios electrónicos la solicitud de actualización y/o modificación del expediente con la documentación justificativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regulan el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A), excepto en el supuesto de que ya hubieran presentado electrónicamente dicha solicitud de actualización en relación con el concurso general de traslados y no posea ningún otro mérito más para añadir.

Si, con carácter excepcional, el personal interesado discrepa de la puntuación otorgada en estos epígrafes, deberá marcar en la pestaña correspondiente de la solicitud de actualización del expediente la opción «No me acojo al baremo y quiero volver a alegar todo» y, además de presentar la solicitud de participación en el concurso específico por medios electrónicos (código de procedimiento ED013A), deberá presentar también por medios electrónicos la solicitud de actualización y/o modificación del expediente con la documentación justificativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regulan el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (código de procedimiento ED011A), excepto en el supuesto de que ya hubiera presentado electrónicamente dicha solicitud de actualización en relación con el concurso general de traslados y no posea ningún otro mérito más para añadir. En este concreto supuesto, en el procedimiento código ED011A deberá presentar con la solicitud toda la documentación para la que solicita baremación relativa a estos epígrafes.

En lo tocante a la presentación de los archivos electrónicos relativos a dicha documentación justificativa, deberán observarse los requerimientos técnicos soportados por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, que pueden consultarse en la pestaña Presentación: «Presentar documentación de gran tamaño: Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos», que figuran en la Guía de procedimientos y servicios, correspondiente al procedimiento código ED011A.

2.3. Incorporación de las nuevas alegaciones al expediente personal.

La comisión de baremación será la competente para la verificación de la documentación presentada en el procedimiento código ED011A y posterior incorporación al expediente del personal docente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.1 de la Orden de 2 de junio de 2021 en lo relativo a las competencias de reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación del profesorado.

La nueva baremación resultante de los méritos alegados se reflejará en el baremo del concurso específico cuando las nuevas alegaciones sean validadas, en su caso, por la Comisión de Baremación, y podrá ser consultada por el personal concursante en la pestaña Baremo, existente en la solicitud de participación del concurso.

3. Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

– DNI/NIE de la persona solicitante o representante.

3.2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

3.3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 13 de noviembre de 2024 por la que se convoca concurso de traslados específico entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura del Departamento de Orientación en los colegios públicos de educación infantil y primaria, de educación primaria y de educación especial dependientes de esta consellería (DOG nº 228 del 26 de noviembre de 2024).

    • Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se publica la adjudicación definitiva de destinos del concurso de traslados específico entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura del Departamento de Orientación en los colegios públicos de educación infantil y primaria, de educación primaria y de educación especial dependientes de esta consellería (DOG nº 79 de 25 de abril de 2025).

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