Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
AP401A
Premios Agentes TIC de la Red CeMIT.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Hacienda y Administración Pública
Reconocer el compromiso y la labor de los agentes TIC y responsables de aula, ya que hacen posible una Red CeMIT más eficiente y moderna que asegura que la ciudadanía cuente con las capacidades digitales para poder participar de forma más efectiva en el nuevo contexto digital
Podrán participar en esta convocatoria todas las personas que desarrollen labores de dinamización en el ámbito de un aula CeMIT (agentes TIC y responsables de aula de la Red CeMIT) mediante la realización de cursos, charlas etc., y que, mediante declaración responsable, acrediten llevar a cabo dichas labores en el aula que corresponda durante el año en curso.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (AMTEGA)
Centro de innovación cultural e Modernización Tecnolóxica de Galicia. Cidade da Cultura de Galicia. Monte Gaias s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545271
Fax: 981545274
Email: amtega@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
25/07/2023 00:00 - 25/09/2023 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de dos (2) meses contados desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día fuese inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
1. La forma de participación se realizará a título individual, excepto en los casos en los que existan varias personas responsables de la dinamización del aula, que podrán conformar un equipo de trabajo. El número máximo de personas para conformar una candidatura es de tres personas y, en este caso, se indicará expresamente la persona física designada como portavoz del equipo, que será la encargada de las comunicaciones.
2. No podrán tener la condición de beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas por las personas interesadas o, en el caso de presentar candidatura en grupo, por la persona física designada como portavoz del equipo. El anexo IV deberá presentarlo cada una de las terceras personas solicitantes.
2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Según recoge el artículo 14.3 de la Ley 39/2015: «Reglamentariamente, las administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios». Se considera que los/las agentes TIC y responsables de aula de la Red CeMIT, por su condición de dinamizadores en competencias digitales, disponen de la capacidad y medios electrónicos necesarios para relacionarse con la Administración en el marco de este procedimiento, por lo que se impone la obligación de tramitación electrónica a todas las personas solicitantes en este procedimiento.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
Para la presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
3. Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez (10) días, indicándole que, si no lo hiciese, se dará por desistida su candidatura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
• Candidaturas individuales:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, según el caso.
c) Certificado de que la persona solicitante está al corriente del pago con la Seguridad Social.
d) Certificado de que la persona solicitante está al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la AEAT.
e) Certificado de que la persona solicitante está al corriente del pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
f) Certificado de no estar inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas.
• Candidaturas en grupo:
a) DNI o NIE de las personas integrantes del equipo que no actúen como solicitantes.
b) Certificado de que las personas integrantes del equipo que no actúen como solicitantes están al corriente del pago con la Seguridad Social.
c) Certificado de que las personas integrantes del equipo que no actúen como solicitantes están al corriente del pago con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Certificado de no estar inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas.
e) Certificado de que las personas integrantes del equipo que no actúen como solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Documentación complementaria.
1. Las personas interesadas deberán cubrir el formulario de solicitud (anexo II).
2. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:
– Ficha de postulación (anexo III).
– Pluralidad de personas solicitantes (anexo IV), si aplica en su solicitud.
– De forma opcional, una memoria que aporte más información sobre su candidatura.
3. La ficha de postulación (anexo III) contará con los siguientes apartados:
– En la categoría Espazo maker: la/las persona/s interesada/s en participar en esta categoría deberá/n indicar un breve resumen de la iniciativa, incluyendo número total de horas y personas formadas, complemento/s tecnológico/s puntero/s empleado/s; justificación de las características como proyecto con carácter intergeneracional, justificación del fomento de las vocaciones Steam, explicación del impacto social de la iniciativa sobre la vida de las personas formadas, justificación de la originalidad de la actividad realizada.
– En la categoría Mayores digitales: la/las persona/s interesada/s en participar en esta categoría deberá/n indicar un breve resumen de la iniciativa incluyendo número total de horas y personas formadas, complemento/s tecnológico/s puntero/s empleado/s; justificación de las características como proyecto con carácter intergeneracional, justificación del fomento de las vocaciones Steam, explicación del impacto social de la iniciativa sobre la vida de las personas formadas, justificación de la originalidad de la actividad realizada.
4. Con el objeto de garantizar el anonimato, en el anexo III no figurará ningún dato personal de la persona o equipo de personas autoras de las propuestas.
5. En el caso de que se trate de una candidatura en equipo, sus miembros, exceptuando el representante, deberán cumplimentar el anexo IV referente a la pluralidad de las personas solicitantes.
6. La/las persona/s interesada/s podrán aportar, de forma opcional, junto con la solicitud (anexo II), una memoria en formato libre que aporte más información sobre su candidatura. Esta memoria tiene que cumplir el siguiente formato: tipografía Arial, tamaño 11 puntos, entrelineado de 1.5 y extensión no mayor de diez páginas. Aquellas candidaturas que no cumplan con estos requisitos no serán tenidas en cuenta.
7. La documentación complementaria deberá presentarse obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
8. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
9. En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 10 de julio de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios Agentes TIC de la Red CeMIT, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 140 del 24 de julio de 2023).
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Extracto de la Resolución de 10 de julio de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios Agentes TIC de la Red CeMIT, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 140 del 24 de julio de 2023).
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Resolución de 3 de abril de 2024 por la que se da publicidad de la relación de las persoas beneficiarias, así como de las personas no beneficiarias, de los premios concedidos al amparo de la Resolución de 10 de julio de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios Agentes TIC de la Red CeMIT, y se procede a su convocatoria para el ano 2023 (DOG nº 72 del 12 de abril de 2024).
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Otros procedimientos relacionados
Acceso a la información contenida en la Historia Social Única Electrónica.
Abierto todo el año
Aprobación de los modelos oficiales de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Abierto todo el año
Alta/renovación de usuario en Chave365.
Abierto todo el año
Queja.
Abierto todo el año