Guía de procedimientos y servicios

TR306A

Pruebas de competencias clave.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2022 - Plazo cerrado: 17/02/2022 00:00 - 07/04/2022 23:59

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

El objeto de esta resolución es convocar pruebas de evaluación en competencias clave para el acceso a las acciones formativas de los certificados de profesionalidad de niveles 2 y 3 de cualificación profesional de la formación profesional para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (código del procedimiento TR306A).

Asimismo, es necesario establecer las posibles exenciones a las pruebas y validaciones de las distintas competencias clave, así como consideraciones sobre la expedición de certificados de profesionalidad.

Competencias clave que se convocan.

1. Se convocan pruebas en los niveles de calificación profesional 2 y 3, en las siguientes competencias clave:

• Comunicación en lengua gallega.

• Comunicación en lengua castellana.

• Comunicación en lengua extranjera (inglés).

• Competencia matemática.

2. De conformidad con el artículo 20, apartado 2, letra f) del Real decreto 34/2008, de 18 de enero, modificado por el Real decreto 189/2013, de 15 de marzo, la superación de las pruebas de competencias clave permitirán el acceso a los certificados de profesionalidad del nivel correspondiente.

3. Las competencias clave requeridas para todos los certificados de profesionalidad de las 26 familias profesionales del Repertorio nacional de certificados de profesionalidad para los niveles de cualificación 2 y 3, son competencia matemática, comunicación en lengua castellana y comunicación en lengua gallega.

La competencia de comunicación en lengua extranjera solamente se requiere en los certificados de profesionalidad que tienen un módulo formativo de lengua extranjera.

1. Podrán presentarse a las pruebas para la obtención del certificado de superación de las competencias clave necesarias para el acceso a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad, tanto del nivel 2 como del nivel 3, las personas que cumplan los dos siguientes requisitos:

a) Mayores de 16 años o que los hayan cumplido a 31 de diciembre del año natural en el que se celebran las pruebas;

b) No estar en posesión de ninguno de los requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad establecidos en el artículo 2 de la Orden de 7 de enero de 2014 por la que se establecen los requisitos formativos para el acceso a la formación de los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 de cualificación profesional y se regulan las pruebas de evaluación en competencias clave dentro de las acciones formativas de formación profesional para el empleo en la Comunidad Autónoma de Galicia (Diario Oficial de Galicia núm. 9, de 15 de enero).

2. En el anexo III de esta resolución se informa de las titulaciones, certificaciones o acreditaciones oficiales que reúnen los requisitos formativos de acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 de cualificación profesional a los que se refiere el punto anterior.

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais

Dirección Xeral de Formación e Cualificación para o Emprego

Subdirección Xeral de Cualificacións e Capacidades para o Emprego

Edificios Admvos. San Lázaro, s/n

15702  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546856/ 981541562

Fax: 981544604

https://ceei.xunta.gal

Dirección Xeral de Formación e Cualificación para o Emprego
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

17/02/2022 00:00 - 07/04/2022 23:59

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 7 de abril de 2022.

Presentación de solicitudes.

1. Para participar en estas pruebas deberá presentarse una solicitud según el modelo del anexo I de esta resolución.

2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes de modo presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

La solicitud también estará disponible en el portal web de la Consellería de Empleo e Igualdad https://empregoeigualdade.xunta.gal/formacion/competencias-clave

3. Las personas interesadas con discapacidad reconocida con un grado igual o superior al 33 %, en el caso de solicitar adaptaciones, tienen que indicarlo en la solicitud de inscripción en los recuadros del bloque de personas con alguna discapacidad.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites de modo presencial en calquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán incorporar con la solicitud la siguiente documentación:

a) En el caso de identificación con el pasaporte en vigor hay que aportar su copia.

b) En el caso de tener reconocida la discapacidad por otra comunidad autónoma, con un grado igual o superior al 33 %, y que soliciten algún tipo de adaptación de las especificadas en la solicitud, deberán aportar el certificado de grado de discapacidad y el informe sobre la procedencia de las adaptaciones solicitadas por dicha comunidad, excepto que hubiera solicitado el traslado de su expediente a esta Comunidad Autónoma.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, sí se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

– Documento nacional de identidad (DNI) o número de identificación de extranjeros (NIE) de la persona solicitante.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en su solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

– Certificado del grado de discapacidad expedido por la Administración autonómica.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de solicitud y aportar los documentos acreditativos correspondientes.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 7 de enero de 2014 por la que se establecen los requisitos formativos para el acceso a la formación de los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 de cualificación profesional y se regulan las pruebas de evaluación en competencias clave dentro de las acciones formativas de formación profesional para el empleo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 9 del 15 de enero de 2014).

    • Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Formación y Colocación, por la que se convocan pruebas de evaluación en competencias clave para acceder a la formación de los certificados de profesionalidad de los niveles 2 y 3 de cualificación (DOG nº 32 del 16 de febrero de 2022).

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