Guía de procedimientos y servicios

PR461F

Inscripción proceso selectivo unitario inspector de Policia Local.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Plazo cerrado: Consultar fechas

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

1. El objeto del proceso selectivo es cubrir 6 plazas de los cuerpos de Policía Local, categoría de inspector, escala ejecutiva, dos de ellas por el turno de movilidad y cuatro de ellas por el turno de promoción interna.

2. El número, denominación y características de las plazas que se convocan a este proceso selectivo se especifica en el anexo II de esta orden.

Hasta la fecha final en que se publique el listado definitivo de personas admitidas en este proceso, mediante publicación en el DOG a través de resolución de la Dirección General de la Agasp, puede ser modificado el anexo II de esta orden, relativo al número, denominación y características de las plazas que se convocan.

3. El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que la desarrolla, en la Orden de 28 de enero de 2009, por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, y en el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de Policía Local, vigilantes municipales y auxiliares de Policía Local.

El código del procedimiento regulado en esta orden es PR461F.

4. Será de aplicación a la cobertura de las plazas el artículo 38 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, de manera que las plazas no cubiertas por el turno que se recoge en el anexo II se acumularán a los siguientes apartados de dicho artículo 38, que establece que el acceso a la categoría de inspector se realizará:

a) Por el turno de promoción interna, mediante concurso-oposición, entre el personal del cuerpo que tenga en propiedad la categoría de oficial del cuerpo y cuente con un mínimo de tres años de antigüedad en esa categoría y posea la titulación académica de acceso a la categoría.

b) Por el turno de movilidad, mediante concurso, entre el personal de otros cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma que tengan en propiedad la categoría de inspector en cualquier ayuntamiento de Galicia y cuente con un mínimo de tres años de antigüedad en esa categoría.

c) Por el turno de promoción interna, mediante concurso-oposición, entre el personal del cuerpo que tenga en propiedad la categoría de policía o de oficial del cuerpo y cuente con un mínimo de seis años de antigüedad como personal funcionario de policía y posea la titulación académica de acceso a la categoría.

d) Mediante concurso-oposición, por personal funcionario de otros cuerpos de Policía Local de Galicia con la categoría de oficial, en posesión de la titulación académica de acceso y una antigüedad de seis años de servicio como personal funcionario policía.

Por lo tanto, las plazas convocadas por el turno de promoción interna que no resulten cubiertas por ese turno se acumularán a los siguientes turnos del párrafo anterior por el orden en el que están redactadas (primero por el turno del apartado b), después por el turno del apartado c) y por último por el turno del apartado d).

Del mismo modo, las plazas convocadas por el turno de movilidad que no resulten cubiertas por ese turno se acumularán a los siguientes turnos del párrafo anterior por el orden en el que están redactados (primero por el turno del apartado c) y por último por el turno del apartado d).

Aspirantes a los cuerpos de Policía Local, escala ejecutiva, categoría de inspector, turnos de promoción interna y movilidad, subgrupo A2.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Avda. da Cultura

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206127

Fax: 886206121

Email: seleccion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal/es

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

1. Las personas interesadas en participar en este proceso, por el sistema de promoción interna, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas.

b) Tener en propiedad la categoría de oficial del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de tres años continuados de servicio activo en la categoría de oficial, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

2. Las personas interesadas en participar en este proceso, en el turno de movilidad, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título universitario de grado.

b) Tener en propiedad la categoría de inspector/a en otros cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Galicia y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de tres años continuados de servicios en la categoría de oficial, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

3. Las personas interesadas en participar en este proceso en el turno de concurso-oposición recogido en el apartado c) de la base 1.4 deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas.

b) Tener en propiedad la categoría de oficial o de policía del cuerpo en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de seis años continuados de servicio activo en la categoría de oficial o de policía, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

4. Las personas interesadas en participar en este proceso en el turno de concurso-oposición recogido en el apartado d) de la base 1.4 deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo de Policía Local de un ayuntamiento gallego.

b) Tener en propiedad la categoría de oficial en dicho cuerpo y estar en servicio activo en dicha categoría.

c) Contar con un mínimo de seis años continuados de servicio activo en la categoría de oficial, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, así como los períodos durante los cuales la persona funcionaria tuviera la consideración de personal funcionario en prácticas.

d) Estar en posesión del título universitario de grado.

e) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

Forma de presentación.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que figura como anexo I a esta convocatoria.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

No se tendrá en cuenta la documentación que no quede debidamente acreditada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Tasas.

1. Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso selectivo, se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 33,13 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La no presentación de este impreso de autoliquidación, en el que deberá figurar la fecha y sello de la entidad bancaria con el formulario de solicitud en el proceso selectivo, determinará la exclusión en dicho proceso de la persona aspirante, no siendo posible su subsanación fuera del plazo de solicitudes.

Se podrá también realizar el pago por internet en las entidades financieras autorizadas. Para ello, deberán acceder a la oficina tributaria, a través de la web de la Agencia Tributaria de Galicia (www.atriga.gal). En este supuesto, una vez efectuado el pago, se imprimirá el justificante de haber abonado la tasa (modelo 730) que será lo que se presente con la solicitud.

Tanto en el caso del pago presencial como en el del pago por internet, los códigos que se deben completar son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Turismo Código 04

Delegación: Pontevedra Código 40

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública Código 19

Tasa: denominación: inscripción en los procesos selectivos para la selección de personal de los cuerpos de Policía Local de Galicia Código 30.03.04

En ambos supuestos, la presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

2. Exención y bonificación en el abono de la tasa.

2.1. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

2.2. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

a) A las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la siguiente documentación o autorizando a la Administración a comprobarla:

‒ Copia del título oficial de familia numerosa, de carácter general o especial, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas en participar en este proceso, deberán presentar con su solicitud la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de la tasa administrativa devengada por la tramitación de la solicitud (código 30.03.04).

b) Título de familia numerosa, en el supuesto de que no fuera expedido por la Xunta de Galicia.

c) Relación de los méritos que se acrediten, por cada uno de los apartados de los que consta el concurso, según lo especificado en el anexo III.

d) Copias de la documentación acreditativa de los méritos alegados. La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse en el orden que figura cada uno de los méritos en la relación de méritos.

e) Certificado acreditativo de ostentar en propiedad la categoría correspondiente requerida en el punto 2 de la convocatoria en los cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Galicia, de estar en servicio activo y contar con una antigüedad mínima de tres o seis años, según el caso en esa categoría.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Títulos oficiales universitarios.

d) Títulos oficiales no universitarios.

e) Título de familia numerosa, en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 211 del 30 de octubre de 2008).

    • Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2010).

    • Corrección de errores.-Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 98 del 26 de mayo de 2010).

    • Decreto 60/2010, de 8 de abril, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos (DOG nº 75 del 22 de abril de 2010).

    • Ley 9/2016, de 8 de julio, por la que se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 131 del 12 de julio de 2016).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Corrección de errores.-Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2009).

    • Orden de 24 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca el proceso selectivo para el acceso a los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala ejecutiva, categoría de inspector, turnos de acceso por promoción interna y por movilidad (DOG nº 35 del 21 de febrero de 2022).

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