Guía de procedimientos y servicios

PL500F

Convocatoria de lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2022 - Plazo cerrado: 29/06/2022 00:00 - 28/07/2022 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

Sobre el procedimiento

Se publican las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y con sometimiento a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de 5 plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el 2022 (código de procedimiento PL500F) en los centros de estudios gallegos localizados en las universidades que se relacionan en la tabla siguiente:

  • Destino: Ruprecht-Karls-Universität Heidelberg (Alemania) Localidad: Heidelberg País: Alemania

  • Destino: Christian-Albrechts-Universität zu Kiel (Alemania) Localidad: Kiel País: Alemania

  • Destino: Universidad de Miño (Universidad do Minho) Localidad: Miño País: Portugal

  • Destino: Universidad de Deusto / Deustuko Univertsitatea (España)  Localidad: País Vasco País: España

  • Destino: Uniwersytet Warszawski (Polonia) Localidade: Varsovia País: Polonia

Duración.

1. La contratación por parte de las universidades de las personas seleccionadas abarcará, como máximo, un período que no excederá de los 3 años.

2. Las fechas previstas de incorporación y final se recogen en el anexo II, en el que se describen las características principales de cada una de las plazas convocadas. En todo caso, se respetará la fecha de final.

1. Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

– Estar en posesión de la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.

– No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.

– No superar los 35 años de edad en la fecha final de la presentación de solicitudes.

– No encontrarse incluidas en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

– Titulación académica:

a) Podrá solicitar las plazas ofertadas quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

• Licenciatura en Filología Gallega.

• Licenciatura en Filología Románica.

• Grado en Lengua y Literatura Gallegas.

• Grado en Estudios de Gallego y Español.

• Grado en Ciencias del Lenguaje y Estudios Literarios.

• Grado en Filología Aplicada Gallega y Española.

• Grado en Gallego y Portugués: Estudios Lingüísticos y Literarios.

b) También se podrá presentar quien esté en posesión de alguna de las titulaciones del área de humanidades, siempre que, como mínimo, acredite 18 créditos de lengua gallega y esté en posesión del Celga 4 y, en el caso de universidades de fuera de España, 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se localice al lectorado solicitado o, en lugar de estos, 21 créditos en materias de inglés.

c) Además de la titulación académica exigida, para poder solicitar la plaza de la Universidad de Heidelberg (Alemania) deberán de estar en posesión de estudios de posgrado (máster) en áreas afines a las mencionadas en este artículo, siempre que tengan una especialización en gallego.

2. También podrán participar los lectores o lectoras que, antes de finalizar el período máximo de estancia, se hayan visto obligados a cesar en su condición por causas ajenas a su voluntad, siempre que esta circunstancia no derive de la resolución de un procedimiento de tipo disciplinario.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Secretaría Xeral da Lingua

Subdirección Xeral de Política Lingüística

Servizo de Formación, Asesoramento e Proxección Exterior da Lingua

Rúa de San Roque, nº 2

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881996307

Email: sxpl.formacion@xunta.gal

Secretaría Xeral da Lingua
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

29/06/2022 00:00 - 28/07/2022 23:59

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el establecido para su subsanación, se publicarán en la página web de la Secretaría General de Política Lingüística y en su tablón de anuncios los listados provisionales de admitidos, excluidos, con indicación de la causa que origina esta situación, y desistidos.

A la vista de los listados anteriores, las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días para presentar reclamación.

Quedan excluidas aquellas personas que sean lectores o lectoras de lengua, literatura y cultura gallegas, o que lo hayan sido en su momento, excepto en los supuestos de cobertura provisional previstos en el artículo 14 de esta Orden.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Las personas interesadas podrán solicitar, como máximo, 3 destinos que deberán relacionar en el anexo I por orden de preferencia.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se le notificará a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane los errores o acompañe los documentos preceptivos. Una vez que transcurra dicho plazo sin que se produzca la enmienda, se considerará que desiste de su petición.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de su identidad (en el caso de solicitantes extranjeros que no dispongan de NIE).

b) Currículo, en el cual deben figurar todos los méritos alegados.

c) Justificantes de los méritos alegados en el currículo (en el mismo orden en el que aparezcan relacionados en este).

d) Para cada destino solicitado, un proyecto didáctico de docencia en prácticas aplicable a la universidad solicitada, que incluirá como primer epígrafe la explicación de los motivos de su solicitud.

La extensión del proyecto didáctico no deberá de superar las 25 páginas, mecanografiadas con un interlineado de espacio y medio, tipo de letra no superior a 14 puntos y presentadas en formato A4.

e) En el caso de titulaciones universitarias expedidas por universidades de fuera de España, una copia de la titulación universitaria exigida en el artículo 5 o la acreditación de que ha sido solicitada.

f) En relación con la titulación exigida (nacionales o extranjeros), una copia de la certificación académica personal o la acreditación de que ha sido solicitada, en la cual debe constar la nota media del expediente académico, calculada en función de lo dispuesto en la resolución de la Secretaría General Técnica, de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, de 15 de septiembre de 2011 (Diario Oficial de Galicia núm. 188, de 30 de septiembre).

2. Los méritos alegados en el currículo se justificarán en la forma indicada para la documentación complementaria. Los justificantes se dispondrán a continuación del currículo, en el mismo orden en que aparezcan relacionados en este.

No se valorará ningún mérito que no conste explícitamente en el currículo o aquel que, en caso de figurar, no se justifique adecuadamente o se haga fuera del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de las publicaciones, se justificarán mediante el envío digital de la obra, a la cual se añadirán, en su caso, la capa, la contracapa, la hoja que contenga el ISBN, ISSN o depósito legal y el índice. En el caso de publicaciones extensas, se permitirá la presentación de estas de forma presencial dentro de los plazos previstos. Se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y, si dispone de él, el número de expediente.

Para ser valorados los justificantes de los méritos redactados en un idioma distinto a los oficiales en Galicia, para ser valorados, deberán de acompañarse de una traducción a alguno de estos, e incluirán al pie una declaración responsable firmada, con una leyenda que haga constar que se trata de una traducción fiel del documento.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán solicitados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pueden obtener dichos documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o cuando existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y, de disponer de él, el número de expediente.

5. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

6. En la presentación de la documentación se guardará el siguiente orden: solicitud, documento acreditativo de la identidad (en su caso), titulación académica, certificación académica personal, currículo, justificantes de los méritos alegados en este (en el mismo orden en que aparezcan relacionados en él) y proyecto o proyectos didácticos.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Verificación de títulos oficiales universitarios.

c) Certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT).

d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos correspondientes.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cuatro meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 13 de junio de 2022 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el 2022 (DOG nº 122 do 28 de xuño de 2022).

    • Extracto de la Orden de 13 de junio de 2022 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el 2022 (DOG nº 122 do 28 de xuño de 2022).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

PE609B

Bolsas para la formación de personal auxiliar en materia de investigación marina.

Tramitar en línea

Plazo cerrado: 01/03/2024 00:00 - 01/03/2024 23:59

PL500A

Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad pública de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios

Tramitar en línea

Plazo cerrado: 04/01/2025 00:00 - 03/02/2025 23:59

PL500B

Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios

Tramitar en línea

Plazo cerrado: 04/01/2025 00:00 - 03/02/2025 23:59

PL500C

Pruebas para la obtención del Certificado de lengua gallega: niveles CELGA 2, CELGA 3 y CELGA 4.

Tramitar en línea

Plazo cerrado: 15/09/2025 00:00 - 03/10/2025 23:59