Guía de procedimientos y servicios

MT807C

Sorteo de permisos en cotos de pesca fluvial (Modalidad inclusión en un grupo).

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2022 - Plazo cerrado: 11/10/2022 09:00 - 28/10/2022 23:59

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

El objeto de estas normas es adjudicar mediante sorteo los permisos de pesca en cotos para la temporada 2023 (códigos de procedimiento MT807B y MT807C).

En cada servicio provincial de Patrimonio Natural se realizarán dos sorteos:

1. Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.

2. Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.

Participantes y calendario.

Podrán participar en los sorteos las personas físicas titulares de una licencia de pesca continental válida para la Comunidad Autónoma de Galicia.

Inicio del período de presentación de solicitudes: el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.

Límite de presentación de solicitudes: 28 de octubre de 2022, a las 24.00 horas.

Publicación de las listas provisionales de personas excluidas y admitidas: 7 de noviembre de 2022.

Publicación de las listas definitivas de personas excluidas y admitidas: 21 de noviembre de 2022.

Fecha de sorteo: 28 de noviembre de 2022, a las 12.00 horas.

Los resultados de los sorteos, el listado de participantes con el orden resultante, la fecha y la hora de elección de cada participante y demás datos y normas aplicables se publicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. El acceso a la aplicación requerirá el NIF y el número de la licencia de pesca fluvial.

Podrán participar en los sorteos las personas físicas titulares de una licencia de pesca continental válida para la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña

Servizo de Patrimonio Natural da Coruña

R/ Vicente Ferrer, 2

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182299

Fax: 881881320

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Lugo

Servizo de Patrimonio Natural de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294514/ 982294538

Fax: 982294539

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Ourense

Servizo de Patrimonio Natural de Ourense

R/ Paseo, 18 - 5º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386511

Fax: 988386929

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Pontevedra

Servizo de Patrimonio Natural de Pontevedra

R/ Fernández Ladreda, 43-2º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805441/ 986805721

Fax: 886206610

Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

11/10/2022 09:00 - 28/10/2022 23:59

Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a las 9.00 horas hasta el día 28 de octubre de 2022, a las 24.00 horas.

Para participar en los sorteos es preciso ser titular de una licencia de pesca continental en vigor en el momento de presentar la solicitud. Para el cumplimiento de este requisito tendrán la misma validez las licencias autonómicas e interautonómicas de pesca continental.

La participación en los sorteos, individual o en grupo, requerirá el pago de la tasa establecida en el anexo VI de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, modificado por la Resolución de la Agencia Tributaria de Galicia de 20 de diciembre de 2017, con código 30.14.12 y denominación «Participación en sorteos de distribución de permisos de pesca fluvial». Con esta finalidad, a toda solicitud de participación se le adjuntará la acreditación del pago en una de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria de Galicia o mediante las modalidades de pago de tasas y precios de la página web de la Agencia Tributaria de Galicia (Oficina Virtual Tributaria, http://www.atriga.gal).

  • Participación en sorteos de distribución de permisos de pesca fluvial. ( 30.14.12)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Tipos de solicitudes.

Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes para participación individual o para participación en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo.

Las solicitudes individuales o de creación de un grupo de participantes se formularán conforme al procedimiento administrativo MT807B.

Las solicitudes en grupo requerirán a una persona responsable del grupo que presente una primera solicitud en la que identifique, en el apartado correspondiente, a las demás personas participantes. Esta primera solicitud se formulará conforme al procedimiento administrativo MT807B. Posteriormente, quien forme parte de ese grupo deberá presentar la solicitud regulada en el procedimiento administrativo MT807C con los datos que en el mismo se requieren.

Cada participante solo podrá figurar en una solicitud individual o en un grupo para cada uno de los sorteos.

Presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos.

1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de la tasa (código 30.14.12).

b) Acreditación de la representación, en su caso.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya han sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Vigencia de la licencia de pesca continental de la persona solicitante en la fecha de presentación de la solicitud.

c) NIF de la entidad representante, en su caso.

d) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. En el caso de que un mismo NIF conste en varias solicitudes para un mismo sorteo, se anularán las más antiguas y prevalecerá siempre la última fecha de registro de entrada, telemática o presencial. En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos NIF repetidos. No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar los citados trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 23 de noviembre de 2018 por la que se regulan el Registro de Entidades Colaboradoras de Pesca Fluvial, el Registro de Embarcaciones y Artefactos Flotantes de Pesca Fluvial y los formularios normalizados que se van a emplear en distintos procedimientos en materia de pesca fluvial (DOG nº 232 del 5 de diciembre de 2018).

    • Orden de 22 de septiembre de 2022 por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2018 por la que se regulan el Registro de Entidades Colaboradoras de Pesca Fluvial, el Registro de Embarcaciones y Artefactos Flotantes de Pesca Fluvial y los formularios normalizados que se van a emplear en distintos procedimientos en materia de pesca fluvial (códigos de procedimientos MT807B, MT807C, MT823A y MT823B) (DOG nº 190 del 5 de octubre de 2022).

    • Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2023 (DOG nº 193 del 10 de otubre de 2022).

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