Guía de procedimientos y servicios

BS402B

Nuevo ingreso/renovación de plaza en escuelas infantiles 0-3 para hijas/os del personal de la Xunta de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2022 - Plazo cerrado: 14/04/2022 00:00 - 15/03/2023 23:59

Consellería de Política Social e Igualdad

Sobre el procedimiento

1. Esta resolución tiene por objeto convocar, para el curso 2022/23, el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (en adelante, Agass) de la localidad donde presta servicios (código de procedimiento BS402B). Las referidas escuelas infantiles son las siguientes:

a) Escuela infantil de Vite en Santiago de Compostela.

b) Escuela infantil Santa María de Oza en A Coruña.

c) Escuela infantil Catabois en Ferrol.

d) Escuela infantil Sagrado Corazón en Lugo.

e) Escuela infantil Antela en Ourense.

f) Escuela infantil del Edificio Administrativo de Pontevedra.

g) Escuela infantil A Estrella del Complejo Administrativo de Vigo.

2. A efectos de esta resolución, se considera personal al servicio del sector público autonómico el personal que presta servicios en el ámbito central y periférico en la Presidencia, en las consellerías de la Xunta de Galicia y en sus entidades instrumentales.

Calendario y horario de apertura de las escuelas.

1. En las escuelas infantiles 0-3 a las que se refiere esta resolución, el curso escolar dará comienzo el lunes día 5 de septiembre de 2022.

Los centros permanecerán abiertos de lunes a viernes, excluidos los días considerados festivos en el calendario laboral y los días 24 y 31 de diciembre de 2022.

Asimismo, con carácter general, todos los centros permanecerán cerrados durante los períodos siguientes:

– Los días 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2022.

– Los días 3, 4, y 5 de abril de 2023.

– El mes de agosto correspondiente al curso.

En el caso de la evolución positiva de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido por la autoridad sanitaria, la Dirección de la Agass podrá dictar las oportunas instrucciones para la apertura de un centro por localidad.

En el mes de agosto de 2023, en el caso de producirse la apertura de un centro por localidad, esta se efectuará siempre que exista una demanda igual o superior a 15 alumnos/as. En estos casos, su cierre diario se realizará a las 17.00 horas.

En este supuesto, la familia deberá justificar en base a motivos laborales o de salud la necesidad de llevarlo al centro durante el citado período del mes de agosto.

El alumnado podrá asistir al centro un máximo de once meses dentro del período de septiembre a agosto del curso 2022/23.

2. La permanencia del alumnado en el centro será con carácter general de un máximo de 8 horas diarias, coincidentes con el horario laboral de la persona solicitante, excepto causas excepcionales y convenientemente justificadas.

Hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (en adelante, Agass) de la localidad donde presta servicios.

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica

Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación

Servizo de Conciliación Familiar

Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545666

Fax: 981544634

Email: dxfamilia.politicasocial@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña

Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981185755

Fax: 981185737

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo

Ronda da Muralla, 70

2707  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 981294354

Fax: 982294386

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense

Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386595

Fax: 988386131

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo

Concepción Arenal, 8-1º

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817704

Fax: 986817049

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

31/03/2022 00:00 - 13/04/2022 23:59

14/04/2022 00:00 - 15/03/2023 23:59

1. El plazo para la presentación de las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 13 de abril de 2022.

2. Se admitirán, con carácter excepcional hasta el día 15 de marzo de 2023, las solicitudes, pasado el plazo establecido en el número 1, en los siguientes casos:

a) Nacimiento, acogimiento o adopción de la niña o del niño con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes.

b) Cambio de ayuntamiento por cambio de destino de la persona solicitante.

c) Otras circunstancias que motivadamente aprecie la persona titular de la Dirección de la Agass o de la jefatura territorial que corresponda en función de la localidad de prestación de servicios de la persona solicitante.

Estas solicitudes deberán ir acompañadas de la justificación acreditativa de la circunstancia que las motiva. Asimismo, estarán condicionadas a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.

Serán requisitos para ser persona adjudicataria de plaza en las escuelas infantiles 0-3 objeto de esta resolución:

a) Que el niño o la niña ya haya nacido en el momento de presentación de la solicitud y sea hijo o hija, cualquiera que sea su filiación, o esté en situación legal de acogimiento.

b) Que el niño o niña tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no haya cumplido los 3 años de edad el 31 de diciembre de 2022.

c) Estar al corriente del pago de las cuotas por los servicios recibidos en la fecha de presentación de la solicitud, respecto de aquellas familias que ya hayan escolarizado a un hijo o hija en el mismo centro o en cualquier otro centro de la Red Galiña Azul integrada por las escuelas 0-3 dependientes de la Agass y del Consorcio Gallego de Servicios de la Igualdad y del Bienestar.

Solicitudes.

1. Las solicitudes para la renovación de plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2021/22, así como las de nuevo ingreso (código de procedimiento BS402B), se presentará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), marcando la opción que corresponda, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/Chave365).

Documentación complementaria.

1. Para la renovación de plaza, las personas interesadas deberán presentar con la solicitud a siguiente documentación:

a) Anexo II, relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso.

b) Anexo III, en el caso de personas solicitantes, separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora no solicitante para presentar la solicitud de plaza.

c) Documentos que acrediten cambios de carácter socioeconómico en la unidad familiar, en su caso.

2. Para nuevo ingreso las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Anexo II, relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso.

b) Anexo III, en el caso de personas solicitantes, separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora no solicitante para presentar la solicitud de plaza.

c) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.

d) Certificado del grado de discapacidad y/o de dependencia del niño o de la niña para quien se solicita plaza, en su caso, cuando no sea expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Informe sobre la necesidad de integración en la escuela infantil, acreditada por un equipo de valoración y orientación de la Consellería de Política Social, en el caso de los niños y de las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo.

f) Copia de la resolución administrativa de acogimiento o de guarda con fines adoptivos cuando estén formalizados por otra comunidad autónoma distinta de la gallega.

g) Si procede, otros documentos en los que consten incidencias sociofamiliares, computables en el baremo:

1º. Justificante de ocupación actualizada de la persona cónyuge o pareja, en su caso, en el caso de personas trabajadoras que no estén en el régimen general de la Seguridad Social.

2º. Certificado administrativo de monoparentalidad expedido por otra comunidad autónoma o, en su defecto, certificado de convivencia y sentencia de separación o divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno-filiales.

3º. Copia del título de familia numerosa, en caso de que no sea expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los referidos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su presentación.

4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud deberá indicarse el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) Documento nacional de identidad/número de identificación de extranjero (DNI/NIE) de la persona solicitante y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.

b) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de la persona solicitante, de la/del cónyuge o pareja y demás miembros de la unidad familiar, en su caso, correspondiente al último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud.

c) Situación física del puesto de trabajo del Registro Central de Personal de la Dirección General de Función Pública de la Consellería de Hacienda.

2. En los supuestos de solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Grado de discapacidad y/o de dependencia del niño o de la niña para quien se solicita plaza reconocido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Acogimiento o guarda con fines adoptivos del niño o de la niña para quien se solicita plaza formalizados por la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Situación de monoparentalidad reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Familia numerosa reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Alta en la Seguridad Social en la fecha de presentación de la solicitud de la persona cónyuge o pareja, en su caso.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 22 de marzo de 2022 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para el curso 2022/23 (DOG nº 62 del 30 de marzo de 2022).

    • Resolución de 20 de mayo de 2022 por la que se publican las resoluciones de 19 de mayo de 2022 por las que se resuelve la aprobación de la relación definitiva de hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico admitidas/os y de la lista de espera para el curso 2022/23 en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta agencia (DOG nº 103 del 31 de mayo de 2022).

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