Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
MR207A
Plazas de residencia en los centro de formación y experimentación agraria dependientes de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería del Medio Rural
1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria (CFEA) de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Agacal) y convocarlas para el curso académico 2021/22 en los CFEA de Lourizán (Pontevedra), Sergude (Boqueixón), Pedro Murias (Ribadeo) y Becerreá (código de procedimiento MR207A).
2. El número de plazas ofertadas es el que se indica a continuación:
CFEA de Lourizán (Pontevedra) --- 32 plazas en régimen de pensión completa --- 28 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA de Sergude (A Coruña) --- 58 plazas en régimen de pensión completa --- 25 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA "Pedro Murias" (Ribadeo) --- 0 plazas en régimen de pensión completa --- 22 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA de Becerreá (Lugo) --- 0 plazas en régimen de pensión completa --- 45 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
En caso de no utilizar el total de plazas ofertadas en pensión completa, las vacantes que se produzcan podrán acumularse a las plazas de comedor para el curso completo.
Tipos de plazas.
Las plazas que se ofertan en esta convocatoria son de dos tipos:
a) Residencia en pensión completa.
La modalidad de residencia en pensión completa incluye el uso de una habitación y aseo compartidos y el derecho a desayuno, almuerzo y cena.
Las personas que tengan asignada una plaza en pensión completa en la residencia podrán hacer uso de la misma todos los días lectivos del centro que no sean vísperas de festivo. El horario de funcionamiento de la residencia del CFEA de Lourizán será de lunes a las 8.00 horas hasta el viernes a las 15.00 horas. En el caso de la residencia del CFEA de Sergude será de domingo a las 21.00 horas hasta el viernes a las 15.00 horas.
b) Comedor para el curso completo.
La modalidad de comedor para el curso completo da derecho al almuerzo en la sala del comedor durante todo el curso de lunes a viernes, todos los días lectivos del centro en que se oferte el servicio. La oferta del servicio variará de un centro a otro en función de la organización de la actividad lectiva.
Estudiantes en los centros de formación y experimentación agraria (CFEA) de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Agacal).
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Axencia Galega Da Calidade Alimentaria (AGACAL)
Área de Formación, Innovación e Investigación
Departamento de Formación
Avenida do Camiño Francés, 10
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546695/ 981546664
Email: formacion.cmrm@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
20/07/2021 00:00 - 30/07/2021 23:59
02/09/2021 00:00 - 06/09/2021 23:59
21/09/2021 00:00 - 08/10/2021 23:59
1. El plazo de presentación de las solicitudes será del 20 de julio al 30 de julio de 2021.
2. Se establecen dos plazos extraordinarios de presentación de solicitudes que serán del 2 de septiembre de 2021 hasta el 6 de septiembre de 2021 y del 21 de septiembre de 2021 hasta el 8 de octubre de 2021. En el caso de que no existan plazas vacantes en el momento de la presentación de la solicitud, las personas interesadas pasarán a formar parte de la lista de espera.
Para poder acceder a las plazas de residencia reguladas en esta resolución, las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadanas de cualquier país de la Unión Europea o extranjeros/as que acrediten la residencia o estén dentro de un programa de cooperación internacional.
b) Haber cumplido o cumplir durante el año 2021 los 18 años de edad, en el caso de las plazas en pensión completa del CFEA de Lourizán, o haber cumplido los 16 años de edad en el año de la convocatoria en el caso de las plazas en pensión completa que se ofertan en el CFEA de Sergude.
c) Estar matriculado en el centro solicitado durante el curso escolar.
Solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
2. Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
4. Las personas que en el curso académico anterior hubiesen tenido plaza de residencia la conservarán para el siguiente curso de un ciclo formativo, previa presentación de la correspondiente solicitud, de acuerdo con el plazo establecido en el punto 4, y siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos académicos para el curso y no sean repetidores/as del mismo.
5. En todo caso, cuando sea preciso valorar las solicitudes para poder obtener la correspondiente puntuación, deberán entregar cubierta la declaración que consta en el anexo I. Debe constar la puntuación de cada criterio a valorar, las personas que conviven en el domicilio familiar y las circunstancias que puedan presentarse y deban tenerse en cuenta en caso de empate.
La comisión de valoración solo asignará puntuación a las personas solicitantes si en la declaración aparecen cubiertos los datos precisos para cada criterio. De lo contrario, se les asignarán 0 puntos.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
– Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.
2. En el supuesto de que el número de personas solicitantes supere al de plazas ofertadas, las personas interesadas deberán aportar, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes, el anexo III de esta resolución acompañado de la siguiente documentación complementaria que justifique la puntuación obtenida:
a) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la de entrada en vigor de la convocatoria.
b) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.
c) Documentación acreditativa de los estudios de bachillerato, formación profesional específica o universitaria que estén cursando los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes, en su caso.
d) Contrato de alquiler o matrícula en una residencia de estudiantes o establecimiento de similares características de los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes que estén cursando estudios fuera de su residencia habitual, en su caso.
e) Certificación académica en la que figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellas personas solicitantes que procedan de otro centro formativo.
f) Título de familia numerosa, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
g) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudiesen obtener los citados documentos, podrán solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. De no entregarse dicha documentación, la puntuación no será tenida en cuenta para la adjudicación definitiva, pudiendo quedar sin plaza en la residencia tras una nueva baremación de las circunstancias justificadas si la puntuación no alcanza el corte que estará determinado por el número de plazas convocado.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a la consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.
d) Declaración del IRPF tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I, en el caso de la persona solicitante, y anexo II, para los demás miembros que componen la unidad familiar).
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Título de familia numerosa en el caso de ser expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.
b) Grado de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante y de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar cuando sea expedida por la Xunta de Galicia, en su caso.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes, declaraciones responsables o comunicaciones.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
- Fase de justificación
- Documentación complementaria (Anexo III)
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).
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Corrección de errores. Resolución de 8 de agosto de 2014 por la que se actualizan los precios públicos determinados en el Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias Marítimo-Pesquera y Agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 174 del 12 de septiembre de 2014).
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Resolución de 5 julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria y se convocan para el curso académico 2021/22 (DOG nº 136 del 19 de julio de 2021).
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Resolución de 24 de septiembre de 2021 por la que se da publicidad de la modificación de la Resolución de 5 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria y se convocan para el curso académico 2021/22 (DOG nº 189 del 30 de septiembre de 2021).
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Resolución de 29 de septiembre de 2021 por la que se da publicidad de la modificación de la Resolución de 5 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria y se convocan para el curso académico 2021/22 (DOG nº 191 del 4 de octubre de 2021).
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