Guía de procedimientos y servicios

ED431B

Ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del SUG - GPC.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2020 - Plazo cerrado: 19/05/2020 00:00 - 25/05/2020 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que, por su producción científica y su actividad de I+D, muestran potencial de crecimiento hasta convertirse en grupos de referencia del Sistema gallego de I+D+i.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas de las modalidades B las entidades señaladas a continuación y las destinarán a sus grupos de investigación, reconocidos como tales por las distintas entidades, y al personal investigador que proceda, que cumplan en la fecha de publicación de esta convocatoria los requisitos establecidos en el artículo 4 y en el apartado 2 del anexo II.

a) Las universidades del SUG.

b) Los organismos públicos de investigación de Galicia.

c) Las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos y Fundación Biomédica Galicia Sur). En el caso de los institutos de Investigación Sanitaria IDIS e INIBIC y de los centros del ámbito del Servicio Gallego de Salud que gestionen sus actividades de investigación mediante las citadas fundaciones, podrán solicitar las ayudas de la presente convocatoria a través de estas entidades.

d) Los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y del IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Promoción Científica e Tecnolóxica Universitaria

Servizo de Planificación e Estruturación da Investigación

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881999541

Fax: 881999135

Email: sxu@edu.xunta.es

Subdirección Xeral de Universidades
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

18/02/2020 00:00 - 17/03/2020 23:59

19/05/2020 00:00 - 25/05/2020 23:59

Se reabre el plazo de solicitudes durante los restantes 5 días naturales que contarán desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Ser un grupo de investigación reconocido por la entidad solicitante que cumpla los criterios siguientes:

a) Tener, en la fecha de publicación de la convocatoria, por lo menos tres (3) investigadores/as. Cada investigador/a únicamente podrá formar parte de la composición de un grupo en el ámbito de esta convocatoria.

b) Cumplir, como mínimo, cuatro de los siguientes requisitos de actividad en el período de 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2019:

b.1) Tener ingresos medios anuales por actividades de I+D: superiores a 80.000 € (o superior a 40.000 € cuando se trate de grupos de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades o Ciencias Sociales y Jurídicas).

b.2) Proyectos competitivos activos en el período: por lo menos dos (2) proyectos de importe superior a 15.000 € cada uno o por lo menos un (1) proyecto de importe superior a 50.000 €.

b.3) Contratos o convenios con empresas o instituciones: por lo menos dos (2) contratos o convenios, de importe superior a 15.000 € cada uno.

b.4) Artículos en publicaciones incluidas en SCOPUS o Web of Science: por lo menos tres (3) publicaciones. En el caso de los grupos de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas, se considerarán artículos en publicaciones ERIH, IN-REC, IN-RECJ, DICE y LATINDEX.

b.5) Libros publicados: por lo menos dos (2) (solo para grupos de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades o Ciencias Sociales y Jurídicas, siempre que sea autor/a individual o coautor/a entre un máximo de tres (3) autores/as).

b.6) Tesis dirigidas/codirigidas y leídas: por lo menos dos (2) tesis para los grupos del SUG y por lo menos una (1) para el resto de entidades ajenas al SUG.

b.7) Patentes en explotación en las que la entidad solicitante sea titular: por lo menos una (1) patente (o dos (2) registros de propiedad intelectual de software o dos (2) registros de variedades vegetales).

b.8) Empresas creadas a partir de resultados de investigación del grupo: por lo menos una (1) empresa. Podrán ser empresas creadas antes de 1 de enero de 2017, siempre que tengan actividad probada desde esa fecha hasta el momento de la solicitud.

b.9) Participación, como socio/a o líder, en proyectos de programa marco de la UE: por lo menos una (1) participación.

b.10) Para las solicitudes del SUG: haber sido beneficiario de las ayudas a grupos de referencia competitiva de la convocatoria del año 2016 o grupos con potencial de crecimiento en la convocatoria del año 2017 del Programa de consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas del SUG.

b.11) Para las solicitudes ajenas al SUG: haber sido beneficiario o haber participado en el desarrollo de proyectos financiados en el programa Feder-Interconecta, Conecta-Pyme o en otras actividades financiadas por la Gain entre los años 2016 y 2019, o haber sido beneficiario de las ayudas a grupos de referencia competitiva de la convocatoria del año 2016 o grupos con potencial de crecimiento en la convocatoria del año 2017 del Programa de consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados ED431C (anexo VI) para la modalidad de grupos de referencia competitiva, ED431B (anexo VII) para grupos con potencial de crecimiento, ED431F (anexo VIII) para proyectos de personal investigador con trayectoria excelente, en el caso de solicitudes presentadas por una universidad del SUG, o IN607A (anexo VI bis) para la modalidad de grupos de referencia competitiva, IN607B (anexo VII bis) para grupos con potencial de crecimiento e IN607D (anexo VIII bis) para proyectos de personal investigador con trayectoria excelente, en el caso de solicitudes presentadas por las demás entidades solicitantes, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

2. Cada grupo de investigación únicamente podrá ser presentado como candidato por una entidad y a una de las modalidades descritas, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos.

Documentación complementaria.

Además de la documentación señalada en las bases de la convocatoria, se deberá aportar la siguiente documentación:

1. Certificado de la composición del grupo emitido por la entidad solicitante, indicando el código y/o denominación del grupo. La composición certificada será la completa del grupo en la fecha de publicación de esta orden de convocatoria. En esta certificación y para los grupos del SUG se hará constar, de manera específica, los miembros del grupo que pertenecen a campus periféricos y, en el caso de entidades ajenas al SUG, el personal investigador de centros periféricos de la entidad solicitante localizados en las provincias de Lugo u Ourense, así como en la comarca de Ferrolterra.

2. Certificado de ingresos de I+D competitivos obtenidos por el grupo de investigación computados de acuerdo con lo señalado en los artículos 2 y 4 de la convocatoria, obtenidos por el grupo de investigación, expedido por la entidad solicitante.

3. Memoria descriptiva de la estrategia de investigación, estructuración y consolidación que va a seguir el grupo y que justifica la necesidad de esta ayuda. El formato obligatorio de esta memoria se encuentra en la dirección web http://www.edu.xunta.gal y http://gain.xunta.gal y deberá ir firmada por el coordinador o coordinadora del grupo de investigación.

Documentación complementaria necesaria parla la tramitación del procedimiento

1. Las personas interesadas deberán aportar (además de la que se especifica en cada anexo para cada modalidad de ayuda) la siguiente documentación:

– Certificados emitidos por la entidad a la que pertenece el grupo o personal investigador, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los anexos I, II y III de esta orden, correspondiente a la modalidad de ayuda solicitada. Una vez superado el proceso de selección, la Secretaría General de Universidades o la Gain podrán requerir los comprobantes de los méritos certificados de las solicitudes seleccionadas. En caso de detectarse falsedad en algún mérito, el órgano instructor correspondiente adoptará las oportunas medidas legales. La referencia de los contenidos mínimos obligatorios de estos certificados están en las direcciones web http://www.edu.xunta.gal y http://gain.xunta.gal

– En su caso, certificación firmada por la persona representante legal de la entidad solicitante de que se cuenta con toda la documentación exigida por la legislación para la investigación con animales.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la subsanarán.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona representante de la entidad solicitante.

b) Certificado acreditativo de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

c) Certificado acreditativo de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.

d) Certificado acreditativo de estar al corriente en el pago a la Agencia Tributaria de Galicia.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en los formularios de inicio y aportar dichos documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 28 de septiembre de 2020, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se conceden las ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (DOG nº 202 de 6 de octubre de 2020).

    • Orden de 12 de junio de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se redistribuyen las anualidades y se modifican los plazos de justificación en diversas convocatorias de ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, como consecuencia de la situación creada por la evolución de la pandemia COVID-19 (DOG nº 127 de 29 de junio de 2020).

    • Resolución de 12 de mayo de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se acuerda la continuación de la tramitación de los procedimientos de las convocatorias abiertas conjuntas (DOG nº 95 de 18 de mayo de 2020).

    • Orden de 13 de marzo de 2020 por la que se suspenden plazos de las convocatorias abiertas conjuntas de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (DOG nº 55 de 20 de marzo de 2020).

    • Orden de 31 de diciembre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (códigos de procedimiento ED431C, IN607A, ED431B, IN607B, ED431F y IN607D) (DOG nº 32 de 17 de febrero de 2020).

    • Extracto de la Orden de 31 de diciembre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (códigos de procedimiento ED431C, IN607A, ED431B, IN607B, ED431F y IN607D) (DOG nº 32 de 17 de febrero de 2020).

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