Guía de procedimientos y servicios

CT143A

Premio CGAC de investigación y ensayo sobre arte contemporánea

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2020 - Plazo cerrado: 30/06/2020 00:00 - 30/09/2020 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

Sobre el procedimiento

1. En cumplimiento de su objetivo de promover el conocimiento y el acceso del público al arte contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, el CGAC viene desarrollando un importante trabajo editorial en el ámbito del arte contemporáneo, recogiendo y documentando tanto sus actividades y exposiciones como su colección.

2. Teniendo en cuenta la escasez actual de canales especializados en Galicia para publicar textos sobre arte contemporáneo, el Premio CGAC de investigación y ensayo sobre arte contemporáneo tiene por objeto contribuir a la investigación y producción de pensamiento en arte contemporáneo, a través de la presentación de trabajos que sean inéditos y redactados en lengua gallega.

Podrá optar a este premio cualquier persona física, mayor de edad, que presente textos inéditos escritos en gallego conforme a la normativa vigente, en relación con labores de investigación y producción de pensamiento en arte contemporáneo.

Obligaciones de la persona beneficiaria, compatibilidad y reintegro

1. La persona beneficiaria queda obligada a someterse a las acciones de control, comprobación e inspección que efectuará la Consellería de Cultura y Turismo, a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, o a otros órganos de la Administración del Estado, a aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y demás obligaciones establecidas en el artículo 11 de la citada Ley 9/2007.

2. El premio será compatible con cualquier subvención o ayuda para la misma finalidad.

3. Procederá la revocación de la subvención, así como el reintegro total o parcial de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora, en los casos y en los términos previstos en los artículos 32 y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Dirección Xeral de Cultura

Centro Galego de Arte Contemporánea CGAC

Xerencia do Centro Galego de Arte Contemporánea CGAC

R/ Valle Inclán, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546614 / 981546615

Email: xerencia.cgac@xunta.gal

http://cgac.xunta.gal

Centro Galego de Arte Contemporánea CGAC
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

30/06/2020 00:00 - 30/09/2020 23:59

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de estas bases y convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 30 de septiembre de 2020.

- No podrán resultar premiados los participantes, en quien concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

- Los textos a presentar serán de tema libre, sobre aspectos del arte contemporáneo, tendrán un carácter divulgativo y, en la medida de lo posible, se evitará la utilización de un lenguaje y una estructura excesivamente académica. La extensión de los originales abarcará entre 150.000 y 450.000 caracteres, incluidos espacios. En la portada del texto se indicará exclusivamente el título y/o lema. No deberá figurar ningún dato que pueda identificar a la persona participante y, por lo tanto, que rompa el anonimato. El incumplimiento de este aspecto provocará la exclusión del proceso.

- Teniendo en cuenta que las personas que pueden optar a este premio tienen capacidad y medios suficientes para la presentación electrónica, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de la presentación electrónica. A los efectos, se considera como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Para presentar las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación necesaria para la tramitación del procedimiento

1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Una copia del texto.

b) Documentación acreditativa de la representación de la persona que firma como solicitante.

No será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A los efectos, se considera como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.

4. En caso de que los documentos a presentar de forma electrónica superen los tamaños máximos establecidos o tengan un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada. La información actualizada sobre los tamaños máximos y los formatos admitidos se puede consultar en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante.

b) Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la AEAT.

c) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

d) Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Atriga.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Dos meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 16 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del III Premio CGAC de investigación y ensayo sobre arte contemporáneo y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 127 de 29 de junio de 2020).

    • Extracto de la Orden de 16 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del III Premio CGAC de investigación y ensayo sobre arte contemporáneo y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 127 de 29 de junio de 2020).

    • Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Cultura, por la que se da publicidad de la concesión del III Premio CGAC de investigación y ensayo sobre el arte contemporáneo del año 2020 (DOG nº 255 del 21 de diciembre de 2020).

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