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PR770N
Bolsas de formación práctica para personas tituladas superiores universitarias y en formación profesional en asuntos relacionados con la Unión Europea.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
Para realizar este trámite presencialmente debes imprimir el siguiente modelo y presentarlo en una oficina.
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Puedes cubrir el formulario en linea e imprimirlo una vez cubierto. Podrás guardar los avances y continuar en otro momento utilizando las opciones "Guardar" y "Recuperar".
Estas bases regulan las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia la concesión de seis bolsas de formación práctica, cinco dirigidas a personas licenciadas o poseedoras de grado universitario y una dirigida a personas técnicas superiores de formación profesional en Secretariado o Asistencia a la dirección, para la realización de prácticas en asuntos europeos en las oficinas de la Fundación Galicia Europa en Santiago de Compostela y en Bruselas durante el año 2018.
Las bolsas se distribuirán de la siguiente manera:
1. Cuatro (4) bolsas estarán destinadas a personas tituladas universitarias para la formación en el seguimiento de los asuntos relacionados con las instituciones comunitarias y con sus políticas así como con la captación de financiación comunitaria y gestión de proyectos europeas, en las que se valorarán preferentemente las siguientes titulaciones: grado o licenciatura en Derecho, Dirección y Gestión Pública, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales y Ciencias Económicas. De estas cuatro bolsas, dos estarán destinadas en la oficina de la FGE de Bruselas y otras dos en la de Santiago de Compostela.
Las personas aspirantes expresarán en la solicitud de admisión de la convocatoria su preferencia por el lugar de desarrollo de las bolsas. Esta preferencia se tendrá en cuenta, sin perjuicio de la potestad de la FGE de valorar la idoneidad de las personas beneficiarias para cualquiera de los destinos, en función de los conocimientos lingüísticos y de la formación académica.
2. Una (1) bolsa estará destinada a personas tituladas universitarias para la formación en comunicación e información de las políticas comunitarias, de las actividades de la FGE y de la presencia de Galicia en los organismos europeos, con destino en la oficina de Bruselas. Las personas candidatas a esta bolsa deberán estar en posesión del grado o licenciatura en Periodismo o Comunicación Audiovisual o Publicidad y Relaciones Públicas.
3. Una (1) bolsa estará destinada a personas técnicas superiores de formación profesional para la realización de prácticas con destino en la oficina de Bruselas que deberán estar en posesión de la titulación de Técnica/o superior en Secretariado o en Asistencia a la dirección.
El programa formativo se desarrollará a lo largo del año 2018 con una duración máxima de 11 meses, contados desde la fecha de la incorporación de las personas becarias.
Para poder ser beneficiario de las bolsas deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que se incluye como anexo II de esta orden, que irá acompañada de los documentos que se especifican en el artículo 7 de las bases reguladoras.
Las personas aspirantes sólo podrán presentarse a una de estas modalidades de bolsa.
El objetivo de la bolsa es que las personas beneficiarias ahonden en el conocimiento de la UE realizando prácticas de aprendizaje y familiarizándose con el funcionamiento de sus instituciones, de las políticas comunitarias, del marco financiero y de los diversos programas de cooperación nombradamente en aquellos sectores más vinculados con Galicia, con el fin de favorecer su acceso al mercado laboral, además de ofrecerles la posibilidad de integrarse en un contorno multicultural y multilingüe.
Personas licenciadas o poseedoras de grado universitario y personas técnicas superiores de formación profesional en Secretariado o Asistencia a la dirección.
Además de las obligaciones previstas por el artículo 11 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las personas seleccionadas quedan obligadas por la aceptación de la bolsa a:
1. Aceptar en todos sus terminos esta resolución. La comprobación de datos no ajustada a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá suponer la denegación o revocación de la ayuda.
2. Acreditar que se dispone de un seguro de asistencia sanitaria, de accidentes y de repatriación en caso de accidente o enfermedad, con cobertura internacional para las personas becarias destinadas en el exterior y vigencia por el período de duración de la bolsa, o bien acreditar por cualquier medio admitido en derecho disponer de dicha cobertura.
3. Comenzar el disfrute de la bolsa dentro del plazo que se señala en cada caso y desarrollar su cometido sin que ningún otro compromiso anterior o futuro lo impida o dificulte.
4. Mantener un comportamiento que en ningún caso implique un perjuicio para los intereses de la Xunta de Galicia ni para la imagen exterior de Galicia.
5. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Relacións Exteriores e coa Unión Europea
Subdirección Xeral de Relacións coa Unión Europea
Rúa do Hórreo, 61
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541018
Plazo de presentación: CERRADO
29/12/2017 00:00 - 29/01/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo espira lo último del mes.
Podrán optar a la concesión de estas bolsas las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de terminar el plazo de presentación de solicitudes:
1. Nacionalidad: tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
2. Ser natural de Galicia, o ser hijo/hija de gallegos o acreditar residencia en Galicia desde antes del 1 de enero de 2015.
3. Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos, todos ellos obtenidos con posterioridad al 31 de diciembre de 2010:
3.1. Para las bolsas de formación en el seguimiento de los asuntos relacionados con las instituciones comunitarias y con sus políticas así como con la captación de financiación comunitaria y gestión de proyectos europeas: título universitario superior (licenciatura o grado).
3.2. Para la bolsa de formación en comunicación e información de las políticas comunitarias, de las actividades de la FGE y de la presencia de Galicia en los organismos europeos: grado o licenciatura en Periodismo, Comunicación Audiovisual o Publicidad y Relaciones Públicas.
3.3. Para la bolsa dirigida a titulados de formación profesional: título de Técnica/o superior en Secretariado o Técnica/el superior en Asistencia a la dirección.
4. No haber disfrutado anteriormente de otra bolsa de la FGE en convocatorias anteriores, excepto que en la convocatoria del año inmediatamente anterior fuera llamado de la lista de reserva y disfrutara de la bolsa por un período de tiempo no superior a cuatro meses.
5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del objeto de esta bolsa.
Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
Copia del pasaporte en el caso de nacionales de la Unión Europea residentes fuera de España y que no posean NIE.
Copia del libro de familia o documento equivalente para aquellos solicitantes que pretendan acreditar a la filiación de progenitores gallegos.
Copia de la certificación del expediente académico universitario o de Formación Profesional. En el primer caso, deberá presentarse certificación expedida por la universidad en la que conste la nota media del expediente, calculada según el sistema establecido en el Real decreto 1125/2003; en el segundo, certificación del expediente académico expedido por el centro educativo en el que conste la nota media del expediente calculada según lo establecido en la Orden de 12 de julio de 2011, por la que se regulan el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.
Convalidación por la Administración educativa española, en el caso de presentar un título extranjero.
Justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación correspondiente (en el caso de no estar en posesión del título universitario o de Formación Profesional).
Curriculum Vitae, preferentemente en formato Europass.
Copia de los títulos acreditativos del nivel de idiomas según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
Relación de méritos puntuables conforme al anexo V. Copia de los documentos acreditativos de los méritos alegados. Si no son acreditados documentalmente se tendrán en cuenta. Los documentos presentados en lengua distinta al español, gallego, inglés, francés o portugués deberán acompañarse de una traducción jurada.
En ningún caso se aportará documentación relativa a méritos no susceptibles de valoración.
La persona solicitante firmará las siguientes declaraciones responsables:
En el anexo II: Solicitud
Declaración de que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se presentan son ciertos.
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.
No estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Estar al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia de conformidad con el artículo 11 del Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En el anexo III: en el caso de resultar beneficiaria de la bolsa, aceptación o renuncia de su concesión
En el anexo IV, en el caso de resultar beneficiaria de la bolsa, declaración responsable de:
Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.
No encontrarse incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Estar al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia de conformidad con el artículo 11 del Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
No tener ingresos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria o percepción de prestación o subsidio por desempleo.
Que en relación con otras ayudas concedidas o solicitadas, no haber solicitado ni tener concedida ninguna otra subvención, ayuda o ingreso para este mismo proyecto y conceptos para los los cuales solicita la bolsa.
Que cumple con el requisito establecido en el artículo 5.4 de las bases reguladoras de esta Orden.
En el anexo V: relación de méritos puntuables de la persona solicitante.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los puntos anteriores, podrá requerirse al solicitante para que proporcione cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones resulten necesarios para la tramitación y resolución del procedimiento.
Comprobación de datos.
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos de la persona solicitante incluidos en los siguientes documentos elaborados por las Administraciones Públicas:
DNI o NIE.
Datos de residencia.
Título oficial universitario o de formación profesional.
Título Celga 3 o 4 expedido por la Xunta de Galicia.
En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365)
Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
La documentación complementaria se presentará preferentemente por vía electrónica. También podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud deberá indicarse el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Relación de méritos (Anexo V)
- Solicitud (Anexo II)
Plazo de resolución: Seis meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase de instrucción
- Acepatcion o renuncia (Anexo III)
- Declaración responsable (Anexo IV)
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 1 de diciembre de 2017 por la que se autoriza a la Fundación Galicia Europa a conceder subvenciones y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de bolsas de formación práctica dirigidas a personas tituladas superiores universitarias y en formación profesional en asuntos relacionados con la Unión Europea (DOG nº 244 de 27 de diciembre de 2017).
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Anuncio de 20 de diciembre de 2017 por el que se convocan seis becas, cinco dirigidas a personas tituladas superiores universitarias y una en formación profesional, para la realización de prácticas en asuntos relacionados con la Unión Europea para el año 2018 (DOG nº 245 de 28 de diciembre de 2017).
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Para realizar este trámite presencialmente debes imprimir el siguiente modelo y presentarlo en una oficina.
Utiliza la opción "DESCARGAR PDF IMPRESIÓN" para imprimirlo.
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Plazo abierto: 09/04/2026 00:00 - 08/05/2026 23:59
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Plazo abierto: 07/02/2026 00:00 - 15/05/2026 23:59
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