Guía de procedimientos y servicios

PR461B

Inscripción en el proceso selectivo unitario policia local.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 21/07/2018 00:00 - 21/08/2018 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

1 El objeto del proceso selectivo es cubrir 39 plazas de los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno de acceso libre, subgrupo C1.

2. El número, denominación y características de las plazas que se convocan en este proceso selectivo se especifica en el anexo II de esta orden.

3. El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales; en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que la desarrolla; en la Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de la policía local, y el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local.

Personas aspirantes a los Cuerpos de la Policia Local.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Formación en Seguridade Pública

Avenida da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206110

Email: formacion.agasp@xunta.gal

http://agasp.xunta.gal

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

21/07/2018 00:00 - 21/08/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución de 13 de julio de 2018.

Las personas interesadas en participar en este proceso deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima establecida en el artículo 56.1.c) del Real decreto legislativo 5/2015.

c) Tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres.

d) Estar en posesión del título de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

e) Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B.

f) No haber sido condenado/a por delito doloso ni separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada.

Será aplicable, sin embargo, el beneficio de la rehabilitación conforme a las normas penitenciarias y administrativas, que el/la aspirante deberá acreditar mediante el correspondiente documento oficial.

g) Compromiso por escrito de portar armas durante el servicio y, en su caso, llegar a utilizarlas en los casos y circunstancias legalmente establecidos.

h) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias de los cuerpos de la policía local.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Las personas interesadas deberán aportar con su solicitud la siguiente documentación:

    • a) Justificante del ingreso de la tasa, con el sello de la entidad bancaria con indicación de la fecha.

    • b) Copia del título, en su caso, de familia numerosa, en el supuesto de que no fuese expedido por la Xunta de Galicia.

    • c) Certificado de estudios de lengua gallega (Celga 4 o equivalente) expedido por el centro de estudios donde el/la solicitante cursó el bachillerato, en su caso.

  • Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

    • a) DNI o NIE de la persona solicitante.

    • b) DNI o NIE de la persona representante.

    • c) Certificado de inexistencia de antecedentes penales.

    • d) Situación de desempleo.

    • e) Título de familia numerosa, en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.

    • f) Certificado de estudios de lengua gallega (Celga 4 o equivalente) sólo cuando sea expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal y que es el anexo I de esta orden.

Opcionalmente se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

  • La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

  • El domicilio que figure en las solicitudes se considerará como el único válido a los efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/de la aspirante tanto el error en su consignación como la comunicación a la Academia Gallega de Seguridad Pública de cualquier cambio en el mismo. Lo mismo será aplicable a los otros medios de comunicación posibles, como los teléfonos de contacto y el correo electrónico.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Tasas.

  • Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso selectivo, se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 31,18 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Para el ingreso de la tasa se empleará un impreso de autoliquidación como el señalado en el anexo VII con los códigos para su formalización facilitados en el mismo.

La no presentación de este impreso de autoliquidación, en el que deberá figurar la fecha y sello de la entidad bancaria, con el formulario de solicitud en el proceso selectivo determinará la exclusión en dicho proceso de la persona aspirante.

Se podrá también realizar el pago por internet en las entidades financieras autorizadas. Para esto, deberán acceder a la oficina tributaria, a través de la web de la Agencia Tributaria de Galicia (www.atriga.gal). En este supuesto, una vez efectuado el pago, se imprimirá el justificante de haber abonado la tasa (modelo 730) que será lo que se presente con la solicitud.

En ambos supuestos, la presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Exención y bonificación en el abono de la tasa.

Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

  • a) Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

  • a) Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.

  • b) Las personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la siguiente documentación o autorizando a la Administración a comprobar la misma.

- Copia del título oficial de familia numerosa, de carácter común o especial.

- Certificación negativa de la percepción actual de prestación/subsidio por desempleo y antigüedad como demandante de empleo expedida por el Servicio Público de Empleo.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 211 del 30 de octubre de 2008).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Corrección de errores.-Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2009).

    • Decreto 60/2010, de 8 de abril, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos (DOG nº 75 del 22 de abril de 2010).

    • Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2010).

    • Corrección de errores.-Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 98 del 26 de mayo de 2010).

    • Ley 9/2016, de 8 de julio, por la que se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 131 del 12 de julio de 2016).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 4 de julio de 2018 por la que se convoca el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno de acceso libre (DOG nº 134 del 13 de julio de 2018).

    • Resolución de 13 de septiembre de 2018 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre (DOG nº 181 del 21 de septiembre de 2018).

    • Orden de 3 de octubre de 2018 por la que se nombra el tribunal que deberá cualificar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de la policía local, categoría de policía, turno de acceso libre (DOG nº 195 del 11 de octubre de 2018).

    • Resolución de 23 de octubre de 2018, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre, convocado mediante la Orden de 4 de julio de 2018, por la que se hacen públicos la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio (DOG nº 205 del 26 de octubre de 2018).

    • Resolución de 22 de octubre de 2018 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre (DOG nº 205 del 26 de octubre de 2018).

    • Resolución de 26 de noviembre de 2018, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre, convocado por la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se hacen públicas las fechas, las horas y los lugares de realización del segundo y tercer ejercicio (DOG nº 230 del 3 de diciembre de 2018).

    • Resolución de 7 de enero de 2019, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre, convocado por la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se hace pública la fecha, la hora y los lugares de realización del cuarto ejercicio (DOG nº 10 del 15 de enero de 2019).

    • Resolución de 4 de febrero de 2019 del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno libre, convocado mediante la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se hacen públicos la fecha, la hora y los lugares de realización del quinto ejercicio (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2019).

    • Resolución de 13 de marzo de 2019 del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de la policía local, categoría de policía, turno de acceso libre, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo y la lista de reserva (DOG nº 52 del 14 de marzo de 2019).

    • Resolución de 14 de marzo de 2019 por la que se convoca para elección de plaza a las personas que superaron el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno de acceso libre, convocado por la Orden de 4 de julio de 2018 (DOG nº 53 del 15 de marzo de 2019).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 13 de julio de 2018, de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, referente a la convocatoria de plazas de Policía Local en distintos ayuntamientos (BOE nº 175 de 20 de julio de 2018).

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