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Detalle procedemento
MR710A
Ayudas proyectos de cooperación LEADER. PDR de Galicia 2014-2020. Submedida 19.3
Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong
Consellería del Medio Rural
1. Esta resolución tiene el objeto de convocar, en relación con la medida 19 (Leader) del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR), con cargo a las anualidades 2018 y 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones que corresponden con la submedida 19.3 del PDR (cooperación).
2. Esta convocatoria está sometida a las bases reguladoras de las ayudas para la preparación y realización de proyectos de cooperación entre grupos de desarrollo rural (submedida 19.3 de la medida Leader), cofinanciadas con el Feader en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR), que se publicaron mediante la Resolución del director general de Agader de 30 de julio de 2018 (DOG núm. 153, de 10 de agosto).
Los grupos de desarrollo rural (GDR) seleccionados por el Consejo de Dirección de Agader, de 16 de noviembre de 2016, al amparo del Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader, de 10 de febrero de 2016, por el que se aprueban las bases reguladoras para la selección de estrategias de desarrollo local, para la selección y reconocimiento de los grupos de desarrollo rural como entidades colaboradoras en la gestión de la medida Leader de Galicia y para la concesión de la ayuda preparatoria, cofinanciada con el Feader en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convoca el correspondiente proceso de selección, publicado mediante la Resolución de 11 de febrero de 2016, del director general de Agader (DOG núm. 42, de 2 de marzo).
Obligaciones de los beneficiarios.
1. Son obligaciones de los beneficiarios las establecidas, con carácter general, en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En particular, las previstas en los artículos 10, 11 y 29 de estas bases reguladoras y en la resolución de concesión de las ayudas. En particular, los beneficiarios de la ayuda tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actuación que fundamentó la concesión de la ayuda, de conformidad con la documentación presentada en la solicitud y con las condiciones señaladas en la resolución de concesión.
b) Garantizar la permanencia de las inversiones y el cumplimiento de la finalidad del proyecto durante al menos 5 años a contar desde la fecha de notificación de la resolución de pago final del proyecto.
c) Comunicar a la Subdirección de Relaciones con los GDR, a través del grupo coordinador o, en su caso, del grupo coordinador específico para Galicia, cualquier eventualidad que pueda alterar o dificultar el desarrollo de las actuaciones subvencionadas, con el fin de que pueda modificarse el contenido o la cuantía de la resolución, que, en todo caso, necesitará autorización de la Dirección General de Agader. La comunicación deberá realizarse, como máximo, en el plazo de un mes desde que el beneficiario tenga conocimiento de la eventualidad.
d) Facilitar a la Administración autonómica, estatal o comunitaria la información que ésta solicite sobre la actuación subvencionada, conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y al artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
e) Comunicar de inmediato a la Subdirección de Relaciones con los GDR de Agader y, en todo caso, con anterioridad a la justificación, cualquier subvención, ayuda o ingresos que para la misma finalidad y de cualquier origen haya solicitado o le haya sido concedida o pagada.
f) Someterse a las medidas de control y fiscalización que lleve a cabo Agader, así como al control financiero de la Intervención General de la Comunidad Autónoma o de otros órganos de control nacionales o comunitarios.
g) Justificar la realidad de los gastos o inversiones realizadas mediante los documentos correspondientes en los plazos y condiciones que se determinen en estas bases y en las convocatorias, facilitando el acceso de los técnicos para la comprobación material de las inversiones realizadas.
h) Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.
i) Comprometerse a llevar la contabilidad relacionada con el proyecto de cooperación según la normativa vigente que le sea aplicable.
j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos, junto con sus intereses de demora, en los supuestos previstos en la normativa aplicable.
k) Cualquier otra obligación impuesta a los beneficiarios en la normativa nacional o autonómica aplicable, en la convocatoria o en la resolución de concesión.
l) Llevar un sistema de contabilidad separado o bien un código contable adecuado para todas las transacciones relativas a la operación subvencionada.
m) Proporcionar a la autoridad de gestión, a los evaluadores designados o a otros organismos en los que dicha autoridad hubiera delegado, toda la información necesaria para poder realizar el seguimiento y evaluación completo del proyecto de cooperación.
2. Los bienes subvencionados quedarán afectos a la operación subvencionada un mínimo de cinco años desde la resolución del pago final, salvo que existan plazos de mayor amplitud aplicables en el ámbito de la Xunta de Galicia para proyectos determinados, caso en el que se aplicarán éstos. En caso de que se subvencionen gastos de los que resulten estudios, publicaciones u otros de naturaleza similar, se garantizará el acceso de cualquiera interesado a su contenido durante un período mínimo de tres años contados desde la fecha de la resolución del pago final del expediente. En este sentido, Agader podrá en cualquier momento requerir al beneficiario que facilite su entrega con la finalidad de la publicación en la web de Agader.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (AGADER)
Subdirección de Relacións cos Grupos de Desenvolvemento Rural
Lugar da Barcia 56, Laraño
15897 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547362
Cita previa no teléfono 981 54 73 62
Plazo de presentación: CERRADO
10/10/2018 00:00 - 15/11/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (DOG) hasta el 15 de noviembre de 2018.
La solicitud de ayuda se presentará según el modelo normalizado establecido en la Resolución del director general de Agader de 30 de julio de 2018 (DOG núm. 153, de 10 de agosto).
Para ser beneficiarios de estas ayudas, los Grupos deberán cumplir los requisitos siguientes: l
a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado cómo con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y con la seguridad social y no tener deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Comprometerse a destinar las dotaciones financieras asignadas exclusivamente a la preparación y realización de las actividades de cooperación.
c) Disponer de los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada, tanto técnica como económicamente, las tareas correspondientes.
d) Participar a título de coordinador o cooperante, de acuerdo con los artículos 10 y 11 de este anexo, en un proyecto de cooperación seleccionado de acuerdo con estas bases reguladoras en el marco de la submedida 19.3 del PDR de Galicia 2014-2020.
e) No haber rescindido el Convenio de Colaboración firmado por Agader, ya sea de mutuo acuerdo o por acuerdo de la Agader debido la grave irregularidad en el ejercicio de las funciones que como Grupo le son propias.
f) Cumplir el resto de condiciones que prevén las bases reguladoras y las convocatorias.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Para cada proyecto de cooperación se presentará una sola solicitud de ayuda, junto con el proyecto de cooperación y el documento vinculante. La solicitud será suscrita por el grupo coordinador, o por el grupo coordinador específico para Galicia, en su caso, en su propio nombre y en representación de los grupos cooperantes que reúnan los requisitos para ser beneficiarios. La solicitud de ayuda se dirigirá a Agader, según modelo normalizado que se incorpora a estas bases reguladoras como anexo IV que, en todo caso, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. El plazo de presentación será el que determine la convocatoria.
En el caso de proyectos de cooperación interterritoriales o trasnacionales, la información presentada en la solicitud de ayuda corresponderá a la parte del proyecto cuya ejecución esté previsto que efectúen los grupos de la Comunidad Autónoma de Galicia participantes.
El impreso de solicitud de ayuda incluirá las declaraciones responsables sobre los aspectos que se relacionan a continuación, que el grupo coordinador, a través de su representante, ratificará mediante la firma de la solicitud:
a) Que la cuenta bancaria que recoge el impreso de solicitud donde se debe ingresar el importe de la ayuda pertenece al beneficiario de la ayuda.
b) Que los grupos solicitantes no están sometidos a las causas que impidan adquirir esa condición, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c) Que las copias aportadas durante cualquier fase del procedimiento reproducen de manera fehaciente los documentos originales correspondientes.
d) Que cuantos datos figuran en la solicitud son ciertos y que se compromete con la Administración, en el momento y forma en que esta indique, a aportar la documentación necesaria para la resolución de su solicitud.
Junto con la solicitud de ayuda, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la representación de la entidad solicitante.
b) Descripción y resumen del proyecto con el contenido mínimo que se detalla en el anexo II.
c) Un documento vinculante, con el contenido mínimo que se detalla en el anexo III, que esté suscrito por el Grupo coordinador, los Grupos cooperantes y en su caso, las entidades colaboradoras.
d) Desglose de los gastos por cada Grupo participante y por concepto de gasto.
e) En su caso convenios con terceros.
f) Cualquier otra documentación que se considere de interés para la descripción y valoración del proyecto.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona representante.
b) NIF de la entidad solicitante.
c) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
d) Certificado de estar al corriente del pago de deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
e) Certificado de estar al corriente del pago de deudas tributarias con la AEAT.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase posterior a la solicitud
- Solicitude de pago (Anexo IX)
- Desistencia (Anexo VI)
- Declaración de otras ayudas (Anexo V)
- Renuncia (Anexo VII)
- Relación de equipamientos subvencionados (Anexo XII)
- Solicitude de modificación (Anexo VIII)
- Declaración sobre las ofertas solicitadas y elegidas (Anexo XI)
- Relación de ofertas solicitadas y elegidas (Anexo X)
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 30 de julio de 2018 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agencia Gallega de Desarrollo Rural de 30 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la preparación y realización de proyectos de cooperación entre grupos de desarrollo rural, al amparo de la medida Leader (submedida 19.3), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOG nº 153 del 10 de agosto de 2018).
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Resolución de 24 de septiembre de 2018 por la que se convocan subvenciones para la ejecución de proyectos al amparo de la submedida 19.3 (cooperación en el ámbito de Leader), de la medida Leader del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, para las anualidades 2018 y 2019, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (DOG nº 193 do 9 de octubre de 2018).
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Extracto de la Resolución de 24 de septiembre de 2018 por la que se convocan subvenciones para la ejecución de proyectos al amparo de la submedida 19.3 (cooperación en el ámbito de Leader), de la medida Leader del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, para las anualidades 2018 y 2019, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (DOG nº 193 del 9 de octubre de 2018).
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Corrección de errores. Resolución de 30 de julio de 2018 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agencia Gallega de Desarrollo Rural de 30 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la preparación y realización de proyectos de cooperación entre grupos de desarrollo rural, al amparo de la medida Leader (submedida 19.3), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOG nº 215 del 12 de noviembre de 2018).
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Resolución de 31 de mayo de 2021 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 24 de septiembre de 2018 por la que se convocan subvenciones para la ejecución de proyectos al amparo de la submedida 19.3 (cooperación en el ámbito de Leader), de la medida Leader del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, para las anualidades 2018 y 2019, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (DOG nº 107 del 8 de junio de 2021).
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Resolución de 6 de julio de 2022 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 28 de junio de 2022, por el que se modifica el Acuerdo de 30 de julio de 2018 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la preparación y realización de proyectos de cooperación entre grupos de desarrollo rural, al amparo de la medida Leader (submedida 19.3), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOG nº 134 del 14 de julio de 2022).
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Corrección de errores. Resolución de 6 de julio de 2022 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 28 de junio de 2022, por el que se modifica el Acuerdo de 30 de julio de 2018 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la preparación y realización de proyectos de cooperación entre grupos de desarrollo rural, al amparo de la medida Leader (submedida 19.3), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOG nº 139 del 21 de julio de 2022).
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Otros procedimientos relacionados
Inscripción en el registro de entidades con servicios de asesoramiento o gestión de Galicia.
Abierto todo el año
Declaración responsable para la prestación de servicios como entidad identificadora.
Abierto todo el año
Autorización de veterinario/a para expedición de autorizaciones de traslado de animales
Abierto todo el año
Autorización y registro de establecimientos distribuidores y dispensadores de medicamentos veterinarios y establecimientos elaboradores de autovacunas de uso veterinario.
Para realizar este trámite presencialmente debes imprimir el siguiente modelo y presentarlo en una oficina.
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Abierto todo el año