Guía de procedimientos y servicios

ED550A

Reserva de plaza, cambio de un centro a otro al que se está adscrito.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Cerrado

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Desarrollar el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Cuando los puestos escolares disponibles en el centro de adscripción sean suficientes para satisfacer la demanda existente se publicará en el tablón de anuncios de este centro y se le comunicará al centro o centros de origen.

En este caso, la reserva adquirirá carácter vinculante y será incompatible con la presentación de solicitud de admisión en otro centro, salvo renuncia expresa y por escrito presentada en el centro de adscripción antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes de admisión.

La presentación de la solicitud de admisión en otro centro estando vinculado por reserva tendrá la consideración prevista en el artículo 34.1.b) de la orden del 12 de marzo de 2013 a los efectos de pérdida de la prioridad.

Este alumnado deberá formalizar la matrícula en tiempo y forma en el centro de adscripción.

Alumnos de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Centros

SAN CAETANO S/N

15711  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546516

Subdirección Xeral de Centros
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

Reserva de plaza en el centro de origen: del 11 de enero al 8 de febrero de cada año natural. Cuando el último día del plazo no sea lectivo, se prorrogará automáticamente hasta el día lectivo inmediato siguiente. Los plazos para la tramitación de los procedimientos de matrícula del alumnado para el próximo curso son los que se indican a continuación: - Formalización de matrícula en educación infantil y primaria: 20-30 de junio (Anexo III-1) - Formalización de matrícula en ESO y Bachillerato: 25 de junio-10 de julio (Anexos III-2 y III-3, respectivamente) - Plazo extraordinario de matrícula en ESO y Bachillerato: 1-10 septiembre (Anexos III-2 y III-3, respectivamente).

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta orden los procedimientos de admisión del alumnado en enseñanzas de formación profesional y de régimen especial.

Cuando en el centro de adscripción el número de puestos escolares disponibles no sea suficiente para satisfacer la demanda existente, se comunicará esta circunstancia al alumnado afectado mediante su publicación en el tablero de anuncios del centro de adscripción y del centro o centros de origen.

El alumnado afectado deberá presentar la solicitud de admisión en el centro de adscripción en la forma y dentro del plazo establecidos en esta orden, y posteriormente presentarán la documentación justificativa de los criterios de baremo en el plazo señalado en el apartado 6 de la Orden de modificación.

  • Solicitud según el Anexo I de la Orden.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 254/2012, de 13 de diciembre, por el que se regula la admisión de alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (DOG nº 245 del 26 de diciembre de 2012).

    • Orden de 12 de marzo de 2013 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (DOG nº 53 del 15 de marzo de 2013).

    • Corrección de errores. Orden de 12 de marzo de 2013 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (DOG nº 79 del 24 de abril de 2013).

    • Orden de 25 de enero de 2017 por la que se modifica la Orden de 12 de marzo de 2013 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (DOG nº 22 del 1 de febrero de 2017).

    • Orden dde 18 de diciembre de 2020 por la que se modifica la Orden de 12 de marzo de 2013 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado en centros docentes sustentados con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (DOG nº 256 del 22 de diciembre de 2020).

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