Guía de procedimientos y servicios

ED421A

Ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del sistema universitario de Galicicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 23/08/2018 00:00 - 01/10/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar los gastos derivados de la matrícula en el curso académico 2018/19 de personas desempleadas con titulación universitaria matriculadas en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Cuantía de la ayuda.

1. La cuantía de la ayuda cubrirá el importe de las materias matriculadas por primera vez, hasta un máximo de 60 créditos, del máster universitario oficial según los precios públicos establecidos en el anexo del Decreto 68/2018, de 21 de junio, por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos en las universidades del Sistema universitario de Galicia para el curso académico 2018/19 (DOG núm. 128, de 5 de julio).

Para los incluidos en el punto 1.2 del anexo del decreto la cuantía máxima asignada será de 835,8 euros para los del epígrafe A) y de 591 euros para los del epígrafe B).

Para los incluidos en el punto 1.3 del anexo del decreto la cuantía máxima asignada será de 1.881,6 euros para los del epígrafe A) y de 1.296,6 euros para los del epígrafe B).

2. La ayuda sólo alcanzará para la realización de un único máster universitario.

3. Quedan excluidas del importe de la ayuda las exenciones y bonificaciones del pago de las tasas a las que tuviera derecho la persona beneficiaria.

4. El reparto de la ayuda se efectuará en función de los criterios de evaluación previstos en el artículo 12 de esta orden hasta agotar la asignación presupuestaria o su incremento, en su caso.

Personas desempleadas con titulación universitaria matriculadas en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y la obligación de:

a) Informar al órgano que concede la ayuda de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.

b) Facilitar toda la información que le sea requerida por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, así como de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

c) Acreditar mediante certificación que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura dentro del anexo I de esta orden, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007.

d) Seguir durante el curso académico los estudios en los que se encuentre matriculada y no anular la matrícula.

e) Concurrir a examen y superar, como mínimo, 30 créditos de los matriculados en convocatoria ordinaria y extraordinaria.

f) Remitir a la Secretaría General de Universidades antes del 15 de agosto de 2019, una vez finalizado el curso, una certificación o extracto del expediente académico de los estudios cursados.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Universidades

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544430

Fax: 981545422

http://www.edu.xunta.es

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

23/08/2018 00:00 - 01/10/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia hasta el 1 de octubre de 2018.

Podrán solicitar estas ayudas las personas tituladas universitarias que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar en situación de desempleo en la fecha de publicación de la solicitud.

b) Haber finalizados los estudios universitarios que le dan acceso a los estudios del máster universitario con anterioridad al 1 de enero de 2016.

c) Estar matriculado en el curso académico 2018/19 en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia, de un mínimo de 60 créditos excluidos los créditos reconocidos, convalidados o adaptados.

d) No estar incluidos en los casos de exención total de matrícula previstos en el artículo 12 del Decreto 68/2018, de 21 de junio (DOG núm. 128, de 5 de julio), por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos en las universidades del Sistema universitario de Galicia para el curso académico 2018/19.

e) No haber disfrutado de esta ayuda en convocatorias anteriores.

1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar por medio de representante.

b) Certificado de la vida laboral actualizada a la fecha de presentación de la solicitud.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la enmienda.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone de él

Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

1. DNI o NIE de la persona solicitante.

2. DNI o NIE de la persona representante, sólo en el caso de actuar por medio de representante.

3. Título universitario oficial español que le da acceso al máster.

4. Certificado de la universidad correspondiente en el que deberá figurar el máster universitario oficial en el que está matriculada la persona solicitante, los créditos matriculados en el curso académico 2018/19, excluidos los reconocidos, convalidados y adaptados y el importe de los créditos abonados por el/la alumno/a.

5. Un informe de períodos de inscripción como demandante de empleo expedido por la correspondiente oficina de empleo del Servicio Público de Empleo de Galicia, que determinará el número de días de inscripción ininterrumpida hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

6. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

7. Estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

8. Estar al corriente del pago con la Consellería de Hacienda.

Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, al tener las personas incluidas en el ámbito subjetivo las competencias técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma admitidos por la sede electrónica y enviada por el procedimiento electrónico establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en el caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

2. Las solicitudes serán suscritas electrónicamente por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone de él.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 6 de agosto de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2018/19 (DOG nº 159 de 22 de agosto de 2018).

    • Extracto de la Orden de 6 de agosto de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2018/19 (DOG nº 159 de 22 de agosto de 2018).

    • Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se hace pública la resolución de ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2018/19 (DOG nº 245 del 26 de diciembre de 2018).

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