Guía de procedimientos y servicios

ED311F

Premios extraordinarios en las enseñanzas profesionales de música, danza, artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 07/09/2018 00:00 - 08/10/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

La presente orden tiene por objeto convocar premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales para el alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2017/18, en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Número y características de los premios.

1. Se podrán conceder hasta seis premios extraordinarios, con la siguiente distribución: 3 en la modalidad de Música, 1 en la modalidad de Danza y 2 en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño. No se podrá conceder más de un premio por especialidad en la modalidad de Música o por familia profesional en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño.

2. La dotación para los premios será de 5.100 euros, con cargo a la partida presupuestaria 10.50.423A.480.1 de los presupuestos del año 2018, que se distribuirán entre los premiados en la misma cuantía, y que no podrá sobrepasar los 850 euros por premio. Estas cuantías estarán sujetas a las retenciones que legalmente les correspondan.

3. El alumnado que obtenga el premio extraordinario, además de la dotación económica, recibirá un diploma acreditativo y el/la secretario/a del centro público donde esté depositado el expediente académico anotará en él la distinción y lo hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.

4. Los/las alumnos/as que obtengan el premio extraordinario de enseñanzas artísticas profesionales podrán concurrir, previa inscripción, al correspondiente premio nacional.

5. Estos premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales son compatibles con cualquier otro premio, incluidos los premios nacionales de enseñanzas artísticas profesionales.

El alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2017/18, en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Aprendizaxe Permanente, Ensinanzas Artísticas, Idiomas e Deportivas

Servizo de Ensinanzas de Réxime Especial e Aprendizaxe Permanente

San Caetano, s/n - Bloque 2, 2º Andar

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546556

Fax: 981546551

Email: sxeefp@edu.xunta.es

https://www.edu.xunta.es

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

07/09/2018 00:00 - 08/10/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

1. Podrá optar a los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

Modalidad A: Música.

a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Música en el curso 2017/18 en centros públicos o privados autorizados de enseñanzas profesionales de Música de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Música. A estos efectos, las asignaturas convalidadas no se tendrán en cuenta. En el caso de que el/la alumno/a hubiera ingresado en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dicho curso.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá hacerlo sólo como candidato o candidata de manera individual, realizando la interpretación como solista con acompañamiento de la agrupación que precise, en su caso. Además, deberá presentar tres copias de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en el cual el/la aspirante interprete tres piezas (obras o fragmentos de obra) de diferentes estilos, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de enseñanzas profesionales de Música, con una duración máxima de 15 minutos entre las tres piezas. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interpreta tanto en la solicitud como en el soporte, respetando el orden de interpretación. Asimismo, deberá adjuntar un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).

Modalidad B: Danza.

a) Haber finalizado un ciclo formativo de grado superior de Danza en el curso 2017/18, en centros públicos o privados autorizados de las enseñanzas profesionales de Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Danza. A estos efectos, las asignaturas convalidadas no serán tenidas en cuenta. En caso de que el/la alumno/a ingresara en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dicho curso.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar tres copias de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en el que el/la aspirante interprete, con el acompañamiento que precise en su caso, dos obras de la especialidad, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de las enseñanzas profesionales de Danza, con una duración máxima de 15 minutos entre las dos obras. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interprete tanto en la solicitud como en el soporte, respetando el orden de interpretación. Asimismo, deberá adjuntar un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).

Modalidad C: Artes Plásticas y Diseño.

a) Haber finalizado un ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2017/18, en centros públicos o privados autorizados de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media final igual o superior a 8,75 en el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño cursado. La nota media final se obtendrá de la media aritmética de las calificaciones de los módulos que tengan expresión numérica, sin que se tengan en cuenta en dicho cálculo las calificaciones de «apto», «exento» o «convalidado». En el cálculo de la nota media no se incluirá la calificación del proyecto integrado o proyecto final.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá presentar, además, la memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior por el que concurre, en formato PDF, AVI o MPEG con un tamaño máximo de 20 MB y un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).

2. No estar incurso/a en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de dicha ley, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago alguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Con la solicitud a la que se hace referencia en el artículo 4 de esta orden se entregará, en su caso, la siguiente documentación:

1. Certificación académica de los estudios objeto de baremo, en la cual se refleje la calificación final de las distintas modalidades, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la director/a del centro público en el que esté el expediente académico.

2. Documentación en soporte informático, según corresponda a las respectivas modalidades:

a) Tres copias de vídeo en formato AVI o MPEG en soporte DVD (enseñanzas profesionales de Música y Danza).

b) Memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño por el que concurre, en formato PDF, AVI o MPG (tamaño máximo 20 MB).

3. Listado de los méritos que se desee alegar relacionados con la modalidad correspondiente, donde consten expresamente la actividad y organismo convocante (anexo II de la solicitud).

4. Acreditación de los méritos alegados mediante documento original o copia, donde consten expresamente la actividad y el organismo convocador.

La documentación complementaria podrá presentarse preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que se presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o el representante deberán mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

En el caso de que algunos de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante supere los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permite su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con los documentos que se presentan, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable.

En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si el/la solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá presentarlo de forma presencial a través de cualquiera de los registros habilitados. La persona interesada deberá mencionar el código y órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante, sólo en el caso de actuar por medio de representante.

c) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente del pago con la Consellería de Hacienda.

2. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los datos citados, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de los/las solicitantes.

2. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,

https://sede.xunta.gal

3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

4. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en el anexo I de esta orden. A estos efectos, los registros de los centros educativos no se consideran incluidos dentro de las dependencias enumeradas en dicho artículo.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cuatro meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 27 de agosto de 2018 por la que se convocan los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2017/18 (DOG nº 170 de 6 de septiembre de 2018).

    • Extracto de la Orden de 27 de agosto de 2018 por la que se convocan los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2017/18 (DOG nº 170 de 6 de septiembre de 2018).

    • Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se designan los miembros y se hace pública la composición del jurado de selección que analizará y valorará las solicitudes de las personas aspirantes a los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza, y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2017/2018 (DOG nº 186 del 28 de septiembre de 2018).

    • Resolución de 31 de diciembre de 2018 por la que se publica la concesión de los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2017/18, convocados por la Orden de 27 de agosto de 2018 (Diario Oficial de Galicia de 6 de septiembre) (DOG nº 23 del 1 de febrero de 2019).

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