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ED114A
Pruebas para la obtención del certificado de lengua gallega: niveles Celga 1, 2, 3 y 4.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
Convocar las pruebas para la obtención de los certificados acreditativos de los niveles de lengua gallega Celga 1, 2, 3 y 4, en el año 2018.
Fechas de realización de las pruebas.
– Celga 4:
Prueba escrita: 26 de mayo de 2018.
Prueba oral: 26 y 27 de mayo de 2018.
– Celga 3:
Prueba escrita: 2 de junio de 2018.
Prueba oral: 2 y 3 de junio de 2018.
– Celga 2: 9 de junio de 2018.
– Celga 1: 10 de junio de 2018.
Estas fechas podrán cambiarse por razones de fuerza mayor o para la mejor administración de las pruebas.
Si el número de aspirantes no permitiese la realización de la totalidad de las pruebas orales en el día señalado en esta resolución, la Comisión Central de Evaluación determinará el día o días en que tendrá lugar dicha evaluación oral, que serán debidamente publicitados en la página web de la Secretaría General de Política Lingüística (http://www.lingua.gal).
Las personas mayores de dieciséis años o que los cumplan en el año natural de la convocatoria, nacionales o extranjeras.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Secretaría Xeral da Lingua
Subdirección Xeral de Política Lingüística
Rúa de San Roque, 2
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996313
Fax: 881996306
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña
Praza Luís Seoane, s/n
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184701
Fax: 981184629
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294162
Fax: 982294152
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Ourense
Rúa do Concello, 11
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386082
Fax: 988386079
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Departamento Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Pontevedra
R/ Fernández Ladreda, 43, 8º andar
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805188
Fax: 986805937
Plazo de presentación: CERRADO
14/03/2018 00:00 - 13/04/2018 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación señalada en los puntos sexto y séptimo de la Resolución del 6 de marzo de 2018 será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
- Las personas que deseen inscribirse en las pruebas Celga deberán cubrir el formulario de solicitud, según el modelo ED114A, que se publica como anexo I de esta resolución, y abonar la tasa que se indica en la convocatoria.
- Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % que las imposibilite para acreditar alguna de las destrezas comunicativas (comprensión oral, expresión oral, comprensión escrita, expresión escrita) podrán solicitar la exención de la realización de la prueba o pruebas referidas a esas destrezas.
De ser necesario algún tipo de ayuda para la realización de las pruebas debido a una discapacidad, la persona indicará en su solicitud el apoyo concreto que precisa (lectura fácil –para personas con discapacidad intelectual–, más tiempo, mayor tamaño de letra...).
En todo caso, la Secretaría General de Política Lingüística valorará si el tipo de discapacidad alegado da lugar a la exención y/o al apoyo solicitados.
Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Justificante del pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen.
b) Copia del certificado de discapacidad en el caso de que éste fuese emitido por una Administración distinta de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.
No será necesario presentar este documento si ya fue presentado con anterioridad. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó el citado documento.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
DNI o NIE de la persona solicitante.
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
Certificado de discapacidad emitido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario de solicitud y presentar los documentos correspondientes.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En el caso de que alguno de los documentos que se vaya a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediento a la carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Ámbito Autonómico
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Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) (DOG nº 146 del 30 de julio de 2007).
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Orden de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) (DOG nº 34 del 19 de febrero de 2014).
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Resolución de 6 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se convocan las pruebas para la obtención de los certificados de lengua gallega, niveles Celga 1, 2, 3 y 4, en el año 2018 (DOG nº 51 del 13 de marzo de 2018).
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Resolución de 2 de mayo de 2018, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se modifica la Resolución de 6 de marzo de 2018 por la que se convocan las pruebas para la obtención de los certificados de lengua gallega, niveles Celga 1, 2, 3 y 4, en el año 2018 (DOG nº 89 del 9 de mayo de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
Red de dinamización lingüística.
Abierto todo el año
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Convocatoria de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas.
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