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Detalle procedemento
ED110A
Convocatoria de becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
Se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y con sometimiento a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de dos becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas (ED110A) en los centros de estudios gallegos emplazados en las universidades que se relacionan:
Destino:Université de la Sorbonne Nouvelle,París III/Localidad:París/País:Francia/Inicio:1.10.2018/Final:30.9.2021
Destino:Universidad de Sâo Paulo/Localidad:Sâo Paulo/País:Brasil/Inicio:1.1.2019/Final:31.12.2021
Duración.
El programa de formación de las personas seleccionadas tendrá una duración máxima de tres (3) años.
La fecha prevista de incorporación será el 1.10.2018, en el caso de la plaza de Francia, y el 1.1.2019 en el caso de la plaza de Brasil.
Las fechas de finalización serán, en todo caso, el 30.9.2021 y el 31.12.2021, respectivamente.
1. Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
– Estar en posesión de la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
– No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.
– No superar los 35 años de edad en la fecha de final de la presentación de solicitudes.
– No encontrarse incluidas en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
– Titulación académica:
• Podrá solicitar cualquiera de las plazas ofertadas quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
- Licenciatura en Filología Gallega.
- Licenciatura en Filología Románica, siempre que la primera o segunda lengua románica elegida fuera el gallego.
- Grado en Lengua y Literatura Gallegas.
- Grado en Estudios de Gallego y Español.
- Grado en Gallego y Portugués: Estudios Lingüísticos y Literarios.
• Podrá solicitar la plaza de Francia quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
- Licenciatura en Traducción e Interpretación, siempre que, como mínimo, acredite 27 créditos en materias de gallego y 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se encuentre el lectorado solicitado o, en vez de estos, 21 créditos en materias de inglés.
- Grado en Traducción e Interpretación, siempre que, como mínimo, acredite 30 créditos en materias de gallego y 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se localice el lectorado solicitado o, en vez de estos, 21 créditos en materias de inglés.
2. También podrán participar los lectores o lectoras que, antes de rematar el período máximo de estancia, se hayan visto obligados a cesar en su condición por causas ajenas a su voluntad, siempre que esta circunstancia no derivara de la resolución de un procedimiento de tipo disciplinario.
Las personas adjudicatarias quedan obligadas a:
a) Acreditar que superaron el Curso de formación de profesores de gallego o, en su defecto, comprometerse a asistir y a superar dicho curso en la edición que les indique la Secretaría General de Política Lingüística. No cumplir con lo previsto en este apartado dará lugar a la aplicación de lo estipulado en el artículo 20.
b) Comunicar a la Secretaría General de Política Lingüística el desarrollo de actividades ajenas al objeto de esta convocatoria que puedan influir o comprometer su actuación.
c) Reintegrar los importes de las becas indebidamente percibidos.
d) Facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.
e) Obtener, en su caso, los permisos pertinentes para una estancia legal en el país de destino, para lo cual deben realizar los trámites oportunos y asumir los gastos correspondientes.
f) Asistir a las actividades de formación a que sean convocadas desde la Secretaría General de Política Lingüística.
g) Dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad que se establecen en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, modificado por el artículo 30.2 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Secretaría Xeral da Lingua
Subdirección Xeral de Política Lingüística
Rúa de San Roque, 2
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544435
Fax: 981544424
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Gabinete de Normalización Lingüística da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184720
Fax: 981544785
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Gabinete de Normalización Lingüística de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294162
Fax: 982294152
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Gabinete de Normalización Lingüística de Ourense
R/ Concello, 11
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386659
Fax: 988386600
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Gabinete de Normalización Lingüística de Pontevedra
R/ Fernández Ladreda, 43 - 8º andar
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805971
Fax: 986805045
Plazo de presentación: CERRADO
26/05/2018 00:00 - 25/06/2018 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Quedan excluidas aquellas personas que sean lectores o lectoras de lengua, literatura y cultura gallegas, o que lo hubiesen sido en su momento, excepto en los supuestos de cobertura provisional previstos en el artículo 18 de esta Orden.
Para la valoración de sus méritos, conforme a lo establecido en el anexo II, los candidatos presentarán la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de su identidad (en el caso de solicitantes extranjeros).
b) Currículo, en el que deben figurar todos los méritos alegados.
c) Justificantes de los méritos alegados en el currículo (en el mismo orden en el que aparezcan relacionados en este).
d) Para cada destino solicitado, proyecto didáctico de docencia en prácticas aplicable a la universidad solicitada, que incluirá como primer apartado la explicación de los motivos de su solicitud.
La extensión del proyecto didáctico no deberá superar las 25 páginas, mecanografiadas con un interlineado de espacio y medio, tipo de letra no superior a 14 puntos y presentadas en formato A4.
e) En el caso de titulaciones universitarias expedidas por universidades fuera de España, copia de la titulación universitaria exigida en el artículo 6 o de la acreditación de que fue solicitada.
f) En relación con la titulación exigida (nacionales o extranjeros), original o copia compulsada de la certificación académica personal, en la cual debe constar la nota media del expediente académico, calculada en función de lo dispuesto en la Resolución de 15 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Diario Oficial de Galicia número 188, de 30 de septiembre).
Los méritos alegados en el currículo se justificarán mediante documento original o copia compulsada, si se utiliza la vía presencial, y de la forma indicada para la documentación complementaria en el supuesto de presentación electrónica. Los justificantes se dispondrán a continuación del currículo, en el mismo orden en que aparezcan relacionados en este.
No se valorará ningún mérito que no conste explícitamente en el currículo o que, en el caso de figurar, no se justifique adecuadamente o se haga fuera del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de publicaciones, se justificarán mediante copia simple de la obra, a la cual se añadirán, en su caso, la portada, la contraportada, la hoja que contenga el ISBN, ISSN o depósito legal y el índice. En el caso de publicaciones extensas, se recomienda la entrega de originales, que se devolverán una vez que se resuelva la convocatoria.
Los justificantes de los méritos redactados en un idioma distinto a los oficiales en Galicia, para ser valorados, deberán acompañarse de una traducción a alguno de estos e incluirán al pie una declaración responsable firmada con una leyenda que haga constar que se trata de una traducción fiel del documento original.
No será necesario presentar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo con la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos que se vaya a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Las copias de los documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.
En la presentación de la documentación se guardará el siguiente orden: solicitud, documento acreditativo de la identidad (en su caso), titulación académica, certificación académica personal, currículo, justificantes de los méritos alegados en este (en el mismo orden en que aparezcan relacionados en él) y proyecto(s) didáctico(s).
La documentación anterior que se presente de forma no electrónica se aportará sin ningún tipo de encuadernación que dificulte o impida su manipulación.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) Título/s universitario/s (en el caso de titulaciones expedidas por universidades españolas).
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro habilitado en el modelo de solicitud y aportar los documentos correspondientes.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado recogido como anexo I en esta orden. El formulario de la solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.gal, y en la página web de la Secretaría General de Política Lingüística en la dirección http://www.lingua.gal/portada
Las personas interesadas podrán solicitar uno o dos destinos que deberán relacionar en el anexo I por orden de preferencia.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 4 de mayo de 2018 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de dos becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas (DOG nº 99 del 25 de mayo de 2018).
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Extracto de la Orden de 4 de mayo de 2018 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de dos becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas (DOG nº 99 del 25 de mayo de 2018).
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Resolución de 13 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se adjudica una beca de formación en un lectorado de lengua, literatura y cultura gallegas, convocada mediante la Orden de 4 de mayo de 2018 (DOG nº 183 del 25 de septiembre de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
Red de dinamización lingüística.
Abierto todo el año
Homologación de cursos por la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Abierto todo el año
Inicio de actividad, cese de actividad y modificación de la actividad de formación del personal encargado de la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de: instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis, prácticas de tatuaje, micropigmentación, piercing y otra práctica de decoración corporal que implique la perforación de la piel, mucosa o tejidos. y aparatos de bronceado artificial mediante radiaciones ultravioleta.
Abierto todo el año
Inicio de cursos para el personal encargado de la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de: instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis, prácticas de tatuaje, micropigmentación, piercing y otras prácticas de decoración personal que impliquen la perforación de la piel, mucosas o tejidos, y manejo de aparatos de bronceado artificial mediante radiaciones ultravioleta.
Abierto todo el año