Guía de procedimientos y servicios
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ED010A
Comisión de servicios del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
1. Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de adscripción de forma temporal, en comisión de servicios, a tareas propias de su cuerpo en plazas distintas del destino que se ocupa y para las que esté habilitado, al personal funcionario de carrera y al personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral (procedimiento ED010A).
2. También podrá solicitar esta adscripción el personal funcionario de carrera en expectativa de destino, el personal nominado funcionario en prácticas, el personal que superó el procedimiento selectivo correspondiente y está pendiente de ser nominado funcionario en prácticas y el personal funcionario interino docente dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
3. Esta adscripción temporal en comisión de servicios estará supeditada a la existencia de plaza vacante o necesidad de profesorado para el curso académico correspondiente y que le corresponda la adjudicación de una plaza de las solicitadas de acuerdo con los criterios establecidos en la regulación de la adjudicación de destinos provisionales para el curso académico que corresponda.
4. La adscripción provisional al personal que superó el procedimiento selectivo y está pendiente de ser nominado funcionario en prácticas se realizará inmediatamente después de la adjudicación de destinos provisionales al personal funcionario de carrera.
5. La adscripción provisional al personal funcionario interino docente se realizará después de la adjudicación de destinos provisionales al personal que ese año superó el procedimiento selectivo para ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y estará, además, supeditada a que le corresponda prestar servicios en función del número de plazas ofertadas de la especialidad y del número de orden en la adjudicación de la persona funcionaria docente interina.
Podrá solicitar adscripción temporal a tareas propias de su cuerpo, en régimen de comisión de servicios por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, a distinta localidad, en su caso, de su centro de destino:
a) El personal funcionario de los cuerpos docentes regulados en la Ley orgánica de educación, dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que se encuentre en situación de servicio activo, de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7 de esta orden.
b) El personal que superó el procedimiento selectivo de ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y esté pendiente de ser nominado funcionario en prácticas por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
c) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que se encuentre en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Servizo de Profesorado de Educación Infantil e Primaria
Edificio Administrativo San Caetano s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544482/981545440/981957825/981545495/981544487
Fax: 881999241
Email: persoal.primaria@edu.xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Servizo de Profesorado de Ed. Secundaria, de Formación Profesional e de Réxime Especial
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545406 / 981545407 / 981545408 / 981545409
Fax: 981545484
Email: persoal.secundaria@edu.xunta.es
Plazo de presentación: CERRADO
02/07/2018 00:00 - 26/07/2018 23:59
Este plazo es sólo para las personas que superen el procedimiento selectivo, en base al artículo 7.2 de la Orden de 23 de febrero de 2018 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes (...) (DOG nº 48, de 8 de marzo) /
El plazo es de dos días hábiles desde que se publica la relacion de personas aprobadas por el tribunal correspondiente.
1. Tipo I) Tener un hijo o hija menor de cuatro años, o tener y convivir con un hijo o hija menor de ocho años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
Tipo II) Tener dos hijos o hijas menores de seis años, o tener y convivir con dos hijos o hijas menores de diez años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
Tipo III) Tener tres hijos o hijas menores de doce años, o tener y convivir con tres hijos o hijas menores de dieciséis años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
La edad de los hijos o hijas se computará el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se efectúa la solicitud.
Podrá, asimismo, efectuarse la solicitud cuando exista embarazo a término final con anterioridad al mes de marzo del año siguiente a aquel en el que se presenta la solicitud. En el caso de adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, la edad se computará desde la resolución judicial o administrativa.
2. Tener, en su caso, destino definitivo a una distancia superior a 60 km de la localidad de residencia.
3. Haber solicitado, de reunir los requisitos, excepto casos excepcionales que serán valorados por la comisión de valoración, plaza en el último concurso de traslados para la localidad o localidades en las que se solicita la comisión de servicios.
4. Cuando ambos cónyuges o pareja de hecho sean personal docente, sólo una de las dos personas podrá solicitar la comisión de servicios.
5. Podrán solicitar esta comisión las dos personas progenitoras en los supuestos de custodia compartida en virtud de sentencia judicial.
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Ámbito Autonómico
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Orden de 23 de febrero de 2018 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de esta consellería, en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral (DOG nº 48 del 8 de marzo de 2018).
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Orden de 3 de abril de 2018 por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2018 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de esta consellería, en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral (código de procedimiento ED010A) (Diario Oficial de Galicia número 48, de 8 de marzo) (DOG nº 69 del 10 de abril de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
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