Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PR961A
Ayudas a Deportistas Gallegos de Alto Nivel (DGAN).
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
Esta convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a apoyar a los/as deportistas gallegos/as que participaron en los XX.OO./XX.PP. de Río 2016 y al resto de deportistas con reconocimiento por la Secretaría General para el Deporte como Deportistas Gallegos/as de Alto Nivel (DGAN) en los años 2015, 2016 o 2017, que habían conseguido los resultados requeridos en el apartado 6 de estas bases, en las competiciones internacionales y/o nacionales de sus respectivas especialidades y pruebas deportivas.
Podrán ser personas beneficiarias de esta convocatoria los/as deportistas que cumplan los requisitos establecidos en este apartado, así como los criterios establecidos en el apartado 6.4 de estas bases, pudiendo acogerse a una de las siguientes dos líneas de las ayudas:
1. Ayudas Olímpicos/las-Paralímpicos/las en Río 2016:
a) Haber participado representando el equipo olímpico/paralímpico español en los pasados XXOO/XXPP de Río 2016.
b) Estar reconocido/la por la Secretaría General para el Deporte, como Deportista Gallego/a de Alto Nivel en los años 2015, 2016 o 2017. En caso contrario, deberá acreditarse alguno de los tres supuestos siguientes: haber nacido en Galicia o haber residido durante su etapa de formación deportiva en Galicia o tener vecindad administrativa en Galicia desde al menos el 1 de enero del año anterior al año de valoración de resultados.
c) No estar cumpliendo sanción disciplinaria o administrativa en materia deportiva de carácter grave o muy grave.
2. Ayudas DGAN:
a) Estar reconocido/la por la Secretaría General para el Deporte, como Deportista Gallego/a de Alto Nivel en los años 2015, 2016 o 2017.
b) Acreditar el nivel deportivo exigido en la modalidad practicada conforme al apartado 6.4.1. y/o conseguir la puntuación necesaria en la aplicación del baremo establecido en el punto 6.4.2. de estas bases, en el caso de que se le aplique.
c) No estar cumpliendo sanción disciplinaria o administrativa en materia deportiva de carácter grave o muy grave.
No podrán obtener a condición de persona beneficiaria los/as solicitante en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Fundación Deporte Galego
Rúa Madrid 2-4. Edificio EGAP 2ª pranta
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996373
Plazo de presentación: CERRADO
21/10/2017 00:00 - 30/10/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Las bases se podrán consultar en la sede de la Fundación Deporte Galego, o en la web deporte.xunta.gal.
Las personas interesadas deberán aportar también obligatoriamente en todos los casos con la solicitud (Anexo I), la siguiente documentación:
Anexo II. Certificado de la Federación. Obligatorio en todos los casos. No serán admitidos aquellos anexos 2-certificado de la federación que aun siendo originales o escaneados vengan con las casillas de verificación y resultados cubiertos de forma manual o no sean firmados por la/el secretaria/o y presidenta/e o carezcan del cuño oficial de la federación.
Anexo III. Autorización de representación. Únicamente en los casos en los que la persona solicitante otorgue facultades de representación a otra persona inicialmente ajena a la solicitud. En el caso de personas menores de edad, documento acreditativo de la patria potestad o tutela (copia del libro de familia o cualquier otro documento que lo acredite).
En aquellos solicitantes que opten la línea 1. Ayudas Olímpicos/as-Paralímpicos/as en Río 2016 y no habían tenido el reconocimiento DGAN en vigor en los años 2015, 2016 o 2017, también deberán presentar alguno de los siguientes documentos complementarios, según sea el caso:
Documento acreditativo de haber nacido en Galicia: Partida de nacimiento, copia del libro de familia o cualquier otro documento oficial que lo acredite.
Certificado de haber residido en Galicia durante su etapa de formación deportiva.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
La documentación complementaria se presentará preferentemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Fundación podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en el Registro de la Fundación Deporte Gallego (Polígono de las Fontiñas, Calle de Madrid, 2-4 (Planta 2ª). 15781. Santiago de Compostela. La Coruña). Además de en el registro de la Fundación, también se podrá realizar por correo, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 16.4.b. (de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas). La presentación de la documentación complementaria en lugar distinto del señalado será causa de rechazo o exclusión.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud deberá indicarse el código PR961A y el órgano responsable del procedimiento (FUNDACIÓN DEPORTE GALLEGO), el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
Comprobación de datos.
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
DNI/NIE de la persona solicitante.
DNI/NIE de la persona representante.
Certificado de empadronamiento. Sólo en aquellas solicitudes que se acojan a la línea 1. Ayudas Olímpicos/as-Paralímpicos/as en Río 2016, en los que se tenga que acreditar la vecindad administrativa en Galicia por no tener el reconocimiento DGAN en vigor en 2015, 2016 y 2017.
Certificación positiva expedida por la Tesorería General da Seguridade Social correspondiente, acreditativa de que la persona solicitante se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que acredita que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Consejería de Hacienda (Junta de Galicia) en la que se tenga constancia que no tiene deudas pendientes de naturaleza tributaria con la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro
correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados
datos podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las/os deportistas solicitante interesadas/presentarán la solicitud (Anexo I) preferentemente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en formato papel original en el Registro de la Fundación Deporte Gallego (Polígono de las Fontiñas, Calle de Madrid, 2-4. Planta 2ª. 15781. Santiago de Compostela. La Coruña). Además de en el registro de la Fundación, también se podrá realizar por correo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4.b. (de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas). La presentación de las solicitudes en lugar distinto del señalado será causa de rechazo o exclusión.
Para la presentación de las solicitudes de forma electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365), habilitándose un enlace en la Guía de procedimientos y servicios con el código PR961A.
Plazo de resolución: Hasta el 31 de diciembre de 2017
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Anuncio de 10 de octubre de 2017 sobre la convocatoria de ayudas a deportistas gallegos/as de alto nivel, ayudas DGAN 2017 (DOG nº 200 del 20 de octubre de 2017).
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BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A DEPORTISTAS GALLEGOS/AS DE ALTO NIVEL “AYUDAS DGAN 2019”
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Resolución de 1 de marzo de 2018, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se hace pública la lista de deportistas reconocidos/as como deportistas gallegos/as de alto nivel por el procedimiento iniciado en noviembre de 2017, así como las solicitudes desestimadas y la causa (DOG nº 52 del 14 de marzo de 2018).
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