Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
BS304A
Concierto con entidades juveniles y otras entidades públicas o privadas, para el uso de campamentos y albergues juveniles de la administración gallega.
Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong, Ciudadanos, Entidades locales
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
La Consellería de Política Social convoca la presente oferta de uso de sus instalaciones juveniles para la Campaña de verano del presente año –que comprende del 15 de junio al 30 de septiembre–, en los términos que se establecen en esta orden y de acuerdo con la distribución de plazas que se recoge en el anexo I.
Servicios ofertados y duración de los turnos.
El uso de las instalaciones ofertadas supondrá disponer:
a) De los servicios de agua, gas, electricidad y alimentación en régimen de pensión completa.
b) Del material (excepto el correspondiente a las actividades que la entidad o grupo vaya a realizar en la instalación) que, en el caso de los campamentos, incluye también las tiendas de campaña, colchones y mantas.
c) Gerencia y personal de servicio.
La duración de los turnos y las instalaciones ofertadas serán las recogidas en el anexo I de esta orden.
El primer servicio de alimentación será la comida del día de la incorporación y el último, el desayuno del día siguiente al último día de estancia concedido.
1. Las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y las escuelas de tiempo libre, debidamente constituidas y legalizadas.
2. Los consejos locales y municipales de juventud.
3. Corporaciones locales.
4. Otras entidades públicas o privadas que realicen actividades con la juventud.
5. Grupos de jóvenes no asociados/as que organicen actividades de tiempo libre sin ánimo de lucro y, en todo caso, a los efectos de realización de un programa de actividades para un mínimo de 15 personas. Una persona integrante del grupo asumirá el papel de representante de éste y, como tal, será responsable del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiario, le corresponden. Será necesario que el grupo tenga una denominación que lo identifique.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense
Avda. da Habana, 81 baixo
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386120 / 988386116
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña
CC. Elviña - Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881240 / 881881241
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27001 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294224 / 982294251
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Instituto da Xuventude de Galicia
Edificio Administrativo San Lázaro, 3º andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999025
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo
Concepción Arenal, 8, 1º andar
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817078 / 986817781
Plazo de presentación: CERRADO
18/04/2017 00:00 - 02/05/2017 23:59
15 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
1. A cumplir los requisitos exigidos en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y se actualiza la normativa vigente en materia de juventud.
2. A observar las normas de régimen interno de la instalación de la que sean adjudicatarios/as, así como las indicaciones de la persona responsable de ésta en lo referente a aquellos aspectos no recogidos expresamente en las citadas normas.
3. A responder de los actos que se realicen en las instalaciones concedidas y de las consecuencias que de ello se deriven, así como de toda responsabilidad civil derivada de cualquier acto. Las actividades que desarrolle el grupo no tienen la consideración de actividades propias de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por lo que los riesgos, accidentes y daños derivados de las actividades que realice la entidad o grupo serán responsabilidad exclusiva de dicha entidad o del grupo adjudicatario.
4. A abonar el importe de los desperfectos que se produzcan en el material y en los equipamientos de la instalación durante el período de uso de ésta.
5. En el caso de que se quieran utilizar las piscinas de la instalación adjudicada, cada entidad deberá disponer de sus propios/as socorristas.
Presentación de solicitudes.
a) Solicitudes presentadas por entidades locales, otras entidades, asociaciones y escuelas de tiempo libre:
Las solicitudes deberán presentarse únicamente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
b) Solicitudes presentadas por grupos de jóvenes no asociados/as:
Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal. Para presentar las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en los artículos 14.1 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
En el número de plazas solicitadas se incluirán las correspondientes a las personas integrantes del equipo de animación, en caso de que la instalación se solicite para el desarrollo de actividades de tiempo libre. Asimismo, incluirá a las personas que acompañen a los jóvenes en calidad de responsables de éstos, u otro personal que vaya a estar en la instalación durante el período solicitado.
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos en poder de las administraciones públicas. Sólo en caso de oposición expresa a dicha consulta en el modelo de solicitud, las personas interesadas deberán adjuntar la copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad o grupo solicitante. En caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas su presentación.
En el supuesto de presentación electrónica obligatoria, la documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos por la sede electrónica o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación del mismo de forma presencial dentro de los plazos previstos en la forma prevista en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos se puede consultar en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
En el supuesto de presentación electrónica o presencial, la documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas que estén obligadas a presentar electrónicamente su solicitud deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. En el caso de las personas que no estén obligadas a presentar electrónicamente su solicitud, estos modelos se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Recibida la resolución, los/las beneficiarios/as están obligados/as, en el plazo de 10 días:
a) A ingresar, en concepto de reserva de plazas, el 25 % del importe correspondiente a las plazas adjudicadas. Dicha cantidad no será reintegrable, ni descontada en el siguiente pago, en el caso de que decayese la adjudicación realizada por incumplimiento de las obligaciones expresadas en este artículo, si la entidad adjudicataria anulase la reserva de utilización de la instalación, redujese el número de usuarios/as previstos/as o los días de uso solicitado.
b) A presentar de modo electrónico la siguiente documentación, dirigida al Servicio de Juventud y Voluntariado de la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social correspondiente a la provincia en la que esté la instalación adjudicada:
Breve proyecto de actividades a realizar.
Acreditación de la persona que suscribió la solicitud como representante de la entidad o grupo solicitante.
Justificante del abono del 25 % expresado anteriormente.
En el caso de grupos de jóvenes no asociados/as, esta documentación se deberá presentar preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en los artículos 14.1 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución: Dos meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 7 de abril de 2017 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de esta consellería en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2017 (DOG nº 73 del 17 de abril de 2017).
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Otros procedimientos relacionados
Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de escuelas de tiempo libre.
Abierto todo el año
Inclusión en el censo de entidades juveniles.
Abierto todo el año
Expedición de títulos de enseñanzas impartidas en las escuelas de tiempo libre.
Abierto todo el año
Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de actividades al aire libre.
Abierto todo el año