Guía de procedimientos y servicios

SA550B

Comunicación de modificación de datos en el registro gallego sanitario de empresas y establecimientos alimentarios (REGASA)

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Cerrado

Consellería de Sanidad

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Crear el Registro Gallego Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios, en adelante Regasa, que tiene como finalidad la protección de la salud pública y de los intereses de los/las consumidores/as, facilitando el control oficial de las empresas y establecimientos sometidos a inscripción, así como regular el procedimiento para la inscripción, modificación y cancelación registral de las empresas y establecimientos alimentarios en el citado registro. Se trata de un procedimiento afectado por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo relativa a los servicios en el mercado interior.

El Regasa tendrá carácter autonómico, existiendo un registro unificado para todo el ámbito de la comunidad autónoma.

El Regasa será complementario del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, adscrito a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y respetará el carácter de registro unificado de ámbito estatal que a este último atribuye el artículo 1.2 del Real decreto 191/2011, de 18 de febrero, por el que el mismo se regula.

La modificación o cancelación registral podrá practicarse de oficio cuando se constate la inexactitud de los datos de la inscripción, el cese definitivo de la actividad de las empresas y establecimientos o, en su caso, la imposición de una sanción, por la comisión de una infracción grave, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.

En todo caso, dicha modificación se pondrá de manifiesto a las personas interesadas o, en su caso, a sus representantes, que podrán alegar y presentar las justificaciones y documentos que estimen pertinentes.

Empresas o establecimientos alimentarios con sede, domicilio, agencia o que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña

R/ Durán Loriga, 3-7ª

15003  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981155800

Fax: 981155801

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo

R/ Montevideo, 9

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982292127

Fax: 982292115

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense

Avda. Zamora, 13

32005  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988066372

Fax: 988066302

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra

Fernández Ladreda, nº 43 - 1ª planta

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986885860

Fax: 986885802

Dirección Xeral de Saúde Pública
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

A partir de los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

a) Que el operador económico tenga sede, domicilio, agencia o ejerza actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Que la actividad que realice consista exclusivamente en manipular, transformar, envasar, almacenar o servir alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, o a colectividades, así como cuando estos abastezcan a otros establecimientos de estas mismas características y se trate de una actividad marginal en términos tanto económicos como de producción respecto de la realizada por aquéllos, que lleve a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No serán objeto de asiento en el Regasa las empresas y establecimientos alimentarios que tengan la obligación de estar inscritos en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, regulado por el Real decreto 191/2011, de 18 de febrero, los locales o establecimientos de venta ambulante, como carpas, puestos y vehículos de venta ambulante, establecimientos de temporada, locales utilizados principalmente como vivienda privada, locales utilizados ocasionalmente para servir comidas y máquinas expendedoras.

  • La comunicación de modificación de cualquiera de los datos de información obligatoria o del cese definitivo de actividad de los establecimientos, según el modelo recogido en el anexo II de este decreto, se dirigirá a la autoridad competente en materia de sanidad de cada provincia por razón del lugar de su localización.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 204/2012, de 4 de octubre, por el que se crea el Registro Gallego Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios (DOG nº 205 del 26 de octubre de 2012)

  • Ámbito Estatal
    • Real decreto 191/2011, del 18 de febrero, sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (BOE nº 57 del 8 de marzo de 2011).

  • Ámbito Europeo
    • Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DOUE nº 376 de 27 de diciembre de 2006)

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

SA440A

Inicio de actividad, modificación de datos declarados o cese total de actividad de una empresa funeraria, tanatorio, velatorio o crematorio.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

SA441A

Traslado mortuorio.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

SA442A

Diligenciado de libros de registro para una empresa funeraria, tanatorio, velatorio, crematorio o cementerio.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

SA451A

Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos.

Tramitar en línea

Abierto todo el año