Guía de procedimientos y servicios

SA206A

Elección de personal médico de familia, pediatra y personal de enfermería de atención primaria en el sistema público de salud de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Sanidad

Sobre el procedimiento
El objeto del presente decreto es la regulación del procedimiento para el ejercicio del derecho a la libre elección de personal médico de familia, pediatra y personal de enfermería en atención primaria y de centro o complejo hospitalario para un problema de salud nuevo, en el Sistema público de salud de Galicia.

Ámbito de la libre elección.

1. A efectos de este decreto, el ámbito de elección se extiende a:

a) Profesionales de medicina de familia, pediatría, enfermería y matrones/matronas de todos los centros de atención primaria del Servicio Gallego de Salud.

b) Centros hospitalarios de la red pública del Servicio Gallego de Salud para un problema de salud nuevo.

2. La elección de facultativo/a de atención primaria de un centro conlleva la asignación del hospital de referencia, y no impide la elección de un hospital distinto para un problema de salud nuevo.

3. No están incluidos en la libre elección la atención de urgencia, la atención domiciliaria, el transporte sanitario programado y los servicios de apoyo de atención primaria excepto la elección de matrón/matrona.

Personas aseguradas o beneficiarias incluidas en el ámbito de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y disponer de tarjeta sanitaria en vigor del Servicio Gallego de Salud.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de A Coruña e Cee

Xerencia Da Área Sanitaria de A Coruña e Cee

R/ Xubias de Arriba, 84

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981178010

Fax: 981178012

Email: gerencia.chuac@sergas.es

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Ferrol

Avda. Residencia, s/n - Hospital Arquitecto Marcide

15405  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981334003

Fax: 981334015

Email: xerencia.xestion.integrada.ferrol@sergas

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Lugo, a Mariña e Monforte de Lemos

Xerencia Da Área Sanitaria de Lugo, a Mariña e Monforte de Lemos

Rúa Doutor Ulises Romero, 1

27003  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982296120

Fax: 982295611

Email: xerencia.lugo@sergas.es

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Ourense, Verín e O Barco de Valdeorras

Xerencia Da Área Sanitaria de Ourense, Verín e O Barco de Valdeorras

Ramón Puga, 52

32005  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988385548

Fax: 881547058

Email: xerencia.Ourense@sergas.es

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Pontevedra e O Salnés

Xerencia Da Área Sanitaria de Pontevedra e O Salnés

Avenida de Vigo, 16

36001  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986800103

Fax: 986800004

Email: secretariaxerencia.pontevedra@sergas.es

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Santiago de Compostela e Barbanza

Xerencia Da Área Sanitaria de Santiago e Barbanza

Travesía da Choupana, s/n

15706  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981950960

Fax: 981950900

Email: xerencia.xxisantiago@sergas.es

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Área Sanitaria de Vigo

Xerencia Da Área Sanitaria de Vigo

Rúa Pizarro, 22

36204  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986816016

Fax: 986816029

Email: xerencia.chuvi@sergas.e

Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Sanidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Desde el 21.04.2015 para la libre elección de personal médico de familia y pediatría de atención primaria. Para la libre elección de enfermería desde el 20.08. 2015 y para elección de centro o complejo hospitalario desde el 20.10.2015.

1. Para el ejercicio del derecho de libre elección previsto en este decreto, la persona debe ser asegurada o beneficiaria incluida en el ámbito de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y disponer de tarjeta sanitaria en vigor del Servicio Gallego de Salud.

2. En el caso de menores de edad no emancipados o personas con declaración de incapacidad, el derecho a la libre elección les corresponderá a los padres, tutores o representantes legales, de conformidad con la legislación vigente.

  • Junto con la solicitud se presentará:

    • a) Copia del documento nacional de identidad o número de identidad de extranjero, en caso de no autorizar su consulta.

    • b) En su caso, la documentación que acredite la legitimación de la persona que ostente la representación del/de la solicitante.

    • c) Cualquier otra documentación que a juicio de la persona solicitante se considere adecuada.

  • La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre.

  • La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a traves del formulario normalizado que figura como anexo I, disponible en el portal web del Servicio Gallego de Salud (https://www.sergas.es) y accesible tambien desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://www.sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

    Dicha solicitud telemática podrá ser efectuada además en el propio centro de salud en el que preste servicio el/la profesional o profesionales elegidos/as cuando las personas usuarias no dispongan de los medios tecnicos para realizar la presentación electrónica.

  • La tramitación de la solicitud le corresponderá a la estructura organizativa de gestión integrada (EOGI) a la que pertenece el centro de salud, y deberá de tener en cuenta los requerimientos y condicionantes establecidos en los artículos 3 y 8 de este Decreto.

Después de presentar

Plazo de resolución: Treinta (30) días naturales

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 55/2015, de 26 de marzo, por el que se regula el ejercicio del derecho a la libre elección de personal médico de familia, pediatra y personal de enfermería en atención primaria, y de centro o complejo hospitalario por un problema de salud nuevo, en el Sistema público de salud de Galicia (DOG nº 73 del 20 de abril de 2015).

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