Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
PR949A
Subvenciones a federaciones deportivas gallegas, clubs y sociedades anónimas deportivas gallegas, para la adquisición de equipamientos deportivos.
Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong, Empresas y profesionales
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
La concesión de ayudas para la adquisición de equipamientos deportivos por federaciones, clubes y sociedades anónimas deportivas
1. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras los clubes deportivos gallegos, sociedades anónimas deportivas y las federaciones deportivas gallegas.
2. Estas entidades, además de los requisitos generales establecidos en la normativa de subvenciones, deberán reunir los siguientes requisitos:
– Figurar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Xunta de Galicia a la fecha de publicación de la convocatoria anual de subvenciones.
– Tener actualizados sus estatutos a las disposiciones vigentes en materia deportiva.
3. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Secretaría Xeral para O Deporte
Subdirección Xeral de Plans e Programas
Servizo de Fomento e Xestión Deportiva
Rúa Madrid 2-4 2ª planta Edificio EGAP
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996362/ 881996364/ 881996360/ 881996337
Email: subdireccion-plans-programas.pr@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
06/06/2025 00:00 - 07/07/2025 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Según lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el registro electrónico de cada Administración u organismo se regirá, a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.
Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo III) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria.
Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud (anexo III), según lo dispuesto en la base 7ª, la siguiente documentación:
a) Certificación del acuerdo del órgano colegiado competente de la entidad deportiva (anexo IV), en la que conste la relación de equipamiento para el que se solicita la subvención y el presupuesto de gasto.
b) Memoria justificativa (anexo V).
c) Acreditación de la representación, en su caso (anexo X).
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad representante.
d) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Atriga.
g) Consulta de concesión de subvenciones y ayudas.
h) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
i) Consulta de concesiones por la regla de minimis.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Orden de 21 de mayo de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la adquisición de equipamientos deportivos y se procede a su convocatoria para el año 2025 (DOG nº 106 del 5 de junio de 2025).
-
Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la adquisición de equipamientos deportivos y se procede a su convocatoria para el año 2025 (DOG nº 106 del 5 de junio de 2025).
-
Información de la convocatoria de Deporte Gallego.
-
Otros procedimientos relacionados
Modificación o baja en el Registro de Instalaciones Deportivas de Galicia.
Abierto todo el año
Remisión de la declaración responsable para el inicio de la formación de personal entrenador en período transitorio (Orden ECD/158/2014)
Abierto todo el año
Remisión de la documentación necesaria para el reconocimiento oficial de la formación de personal entrenador en período transitorio (Orden ECD/158/2014)
Abierto todo el año
Autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Abierto todo el año